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Permisos de trabajo y visados en Estados Unidos de América

Permisos de trabajo y requisitos de visa

Aprenda a patrocinar permisos de trabajo y visados para empleados en Estados Unidos de América

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Estados Unidos sigue siendo uno de los centros de negocios más dinámicos del mundo, atrayendo empresas y talento a nivel global. Con su economía sólida, sectores tecnológicos y de investigación líderes, y una escena vibrante de startups, muchos empleadores buscan contratar a nacionales extranjeros calificados o transferir empleados existentes a EE. UU. para impulsar el crecimiento. Sin embargo, la ley de inmigración de EE. UU. es compleja y está en constante evolución.

Las empresas que pasan por alto los requisitos de visa corren el riesgo de consecuencias graves: los trabajadores extranjeros que aceptan empleo no autorizado pueden enfrentarse a multas, prisión y deportación, mientras que los empleadores que violen las reglas de autorización laboral pueden incurrir en sanciones severas o perder la capacidad de patrocinar visas. Por estas razones, es vital que cualquier empleador que contrate o reubique personal internacional comprenda los requisitos de inmigración y autorización laboral en EE. UU. de antemano.

Más allá del cumplimiento, obtener la visa adecuada para EE. UU. ayuda a garantizar que una nueva contratación pueda comenzar a trabajar sin problemas y mantenerse legalmente empleado a largo plazo. Con la preparación adecuada, los empleadores pueden evitar retrasos y multas, y ofrecer a los empleados internacionales un buen comienzo. Esta guía cubre los aspectos esenciales de la autorización laboral en EE. UU., incluyendo quién necesita una visa, tipos de visas, obligaciones del empleador y mejores prácticas para la reubicación.

¿Quién Necesita una Visa o Permiso de Trabajo en EE. UU.?

Primero, es crucial entender quién debe tener autorización para trabajar en EE. UU. Los ciudadanos estadounidenses (por nacimiento o naturalización) tienen derecho ilimitado a trabajar, al igual que los residentes permanentes legales (titulares de Green Card) con una Green Card válida como prueba de su estatus. En contraste, prácticamente todos los demás nacionales extranjeros necesitan autorización explícita para trabajar.

Esto significa poseer ya sea una visa de trabajo adecuada para EE. UU. o un Documento de Autorización de Empleo (EAD) emitido por USCIS. Por ejemplo, alguien con una visa temporal de no inmigrante (como H-1B o L-1) solo puede trabajar si su empleador tiene una petición válida y la visa está aprobada. Los titulares de visas dependientes (H-4, L-2) pueden, en ocasiones, obtener un EAD para trabajar, pero solo después de recibirlo.

De manera similar, los estudiantes con visa F-1 generalmente no pueden trabajar, salvo mediante la Capacitación Práctica Opcional (OPT), que requiere aprobación separada. Prácticamente, cualquier empleado que no sea ciudadano estadounidense o titular de Green Card debe ser patrocinado para una visa de trabajo en EE. UU. o poseer otro estatus autorizado antes de comenzar cualquier trabajo, incluso a tiempo parcial. La ley de EE. UU. prohíbe trabajar con una visa de turista o sin autorización adecuada, lo que puede acarrear sanciones importantes.

Los empleadores en EE. UU. deben verificar la autorización laboral de cada nuevo contratado completando el Formulario I-9, revisando documentos de identidad y elegibilidad de empleo (por ejemplo, pasaporte, Green Card, EAD). No completar correctamente la verificación del I-9 o contratar knowingly trabajadores no autorizados viola la Ley de Reforma y Control de Inmigración (IRCA) y puede resultar en multas, sanciones penales y suspensión de contratos con el gobierno.

USCIS enfatiza que los empleadores deben verificar la identidad y autorización de cada nuevo contratado sin discriminar por ciudadanía u origen nacional. Muchas empresas utilizan E-Verify, un sistema electrónico de verificación del I-9, especialmente en programas STEM OPT donde la participación es obligatoria. En esencia, si el trabajador no es ciudadano o residente permanente, el empleador en EE. UU. debe gestionar una visa de trabajo o permiso calificado antes de comenzar el empleo en EE. UU.

Resumen de las Visas de Trabajo en EE. UU. que los Empleadores Deben Conocer

EE. UU. ofrece numerosas categorías de visas para empleo, pero los empleadores suelen utilizar unas pocas clasificaciones basadas en el rol del trabajador y su nacionalidad. Esta sección proporciona una visión general de los principales tipos de visas en EE. UU. relevantes para contratar o transferir empleados extranjeros.

Todas las visas siguientes generalmente requieren patrocinio del empleador en EE. UU., salvo donde se indique lo contrario.

Visa H-1B para Ocupaciones Especializadas en EE. UU.

La visa H-1B de no inmigrante es para profesionales en ocupaciones especializadas que requieren al menos una licenciatura (o equivalente) en un campo específico. Las ocupaciones comunes H-1B incluyen ingenieros, especialistas en TI, científicos, docentes y contadores. El empleador en EE. UU. debe presentar una petición I-129 junto con una Solicitud de Condiciones Laborales (LCA) para el puesto.

Si se aprueba, la visa en EE. UU. se concede inicialmente por hasta tres años y puede extenderse otros tres, para un máximo de seis años. Las extensiones más allá de seis años son a menudo posibles si hay una solicitud de Green Card pendiente. La visa H-1B es de "doble intención", permitiendo al trabajador buscar residencia permanente simultáneamente. Sin embargo, las visas H-1B están sujetas a un cupo anual, y la mayoría de los empleadores deben participar en una lotería cada año para contratar nuevos H-1B.

Visa L-1 de Transferencia Intracompany para EE. UU.

La visa L-1 en EE. UU. permite a las empresas transferir empleados existentes a EE. UU. Tiene dos subtipos: L-1A para ejecutivos y gerentes, y L-1B para empleados con conocimientos especializados sobre los productos o procesos de la empresa. Para calificar, el empleado debe haber trabajado para la empresa (o una filial) fuera de EE. UU. durante al menos un año continuo en los últimos tres años.

El L-1A aplica a quienes dirigen la organización o un departamento, mientras que el L-1B cubre a quienes poseen conocimientos avanzados o propietarios sobre las operaciones de la empresa. La petición la presenta el empleador mediante un formulario I-129 en nombre del empleado. La apertura de una oficina nueva tiene requisitos adicionales, como espacio físico y un plan de negocios. La vigencia inicial del L-1A es de hasta tres años y puede extenderse hasta un total de siete años, mientras que el L-1B también comienza con tres años, pero solo puede renovarse hasta un máximo de cinco años. Los cónyuges de los trabajadores L-1 obtienen estatus L-2 y pueden solicitar autorización laboral en EE. UU.

Visa O-1 para Personas de Habilidad Extraordinaria en EE. UU.

La visa O-1 en EE. UU. es para personas que poseen "habilidad extraordinaria" o logros destacados. Esto incluye O-1A para ciencia, educación, negocios o atletismo, y O-1B para artes, entretenimiento o cine/TV. Un empleador o agente debe presentar una petición I-129 demostrando el reconocimiento sostenido del individuo a nivel nacional o internacional, mediante premios, publicaciones o contribuciones importantes.

La visa en EE. UU. se concede en períodos de hasta uno o tres años, generalmente con concesiones iniciales de tres años y posibles extensiones de un año. La O-1 es específica para un empleador (o agente), requiere documentación sólida y es más selectiva, pero no tiene un cupo anual.

Visa TN USMCA para Profesionales en EE. UU.

Bajo el acuerdo comercial USMCA (antes NAFTA), ciudadanos canadienses y mexicanos en ciertas ocupaciones profesionales pueden obtener estatus TN en EE. UU. Las profesiones elegibles incluyen contadores, ingenieros, abogados, farmacéuticos, científicos y docentes. Para calificar, el solicitante debe ser ciudadano de Canadá o México, tener un título universitario o credenciales apropiadas para la profesión, y contar con una oferta de trabajo en EE. UU. a tiempo completo o parcial.

Los ciudadanos canadienses solicitan el estatus TN en la frontera con la aduana de EE. UU., sin necesidad de visa, mientras que los mexicanos solicitan en un consulado estadounidense. El estatus TN se concede en incrementos de hasta tres años y puede renovarse indefinidamente. El empleador en EE. UU. debe demostrar que el trabajo cumple con un rol profesional del USMCA y proporcionar una carta de empleo detallada.

Visa de Inversionista/Empleado con Tratado E-2 en EE. UU.

La visa E-2 en EE. UU. es para inversionistas y empleados de empresas de países con tratado. Si un empresario o inversionista extranjero de un país con tratado realiza una inversión sustancial en un negocio en EE. UU., puede obtener el estatus E-2. Por extensión, empleados esenciales de ese negocio, también del país con tratado, pueden obtener visas E-2 para trabajar allí.

Los requisitos clave incluyen nacionalidad del país con tratado, una inversión sustancial en una empresa real y con fines de lucro en EE. UU. (suficiente para gestionar el negocio y no solo para subsistencia marginal), y la intención de dirigir o desarrollar la empresa. No hay un umbral fijo en dólares para "sustancial", pero debe ser proporcional al tipo de negocio y suficiente para el éxito. Las visas E-2 se conceden en períodos de hasta dos años y pueden renovarse indefinidamente mientras la empresa opere.

OPT F-1 (Capacitación Práctica Opcional) para EE. UU.

Los estudiantes internacionales en EE. UU. con visas F-1 pueden trabajar en su campo de estudio por un tiempo limitado tras graduarse. A través del OPT, un estudiante calificado puede obtener hasta 12 meses de autorización laboral en EE. UU. relacionada con su especialidad. En ciertos campos STEM (ciencia, tecnología, ingeniería, matemáticas), está disponible una extensión única de 24 meses, totalizando hasta 36 meses de OPT.

Mientras que la autorización OPT se concede al estudiante, el empleador tiene obligaciones mínimas más allá de tratar al trabajador OPT como a cualquier otro empleado. Para STEM OPT, el empleador debe usar el sistema E-Verify y apoyar un plan de capacitación. Los estudiantes no pueden usar OPT para trabajos no relacionados y el OPT previo a la graduación está limitado a medio tiempo durante la escuela.

Visa J-1 para Visitantes de Intercambio en EE. UU.

La visa J-1 en EE. UU. cubre diversos programas de intercambio gestionados por patrocinadores designados por el gobierno, incluyendo pasantías, programas de formación, investigadores, profesores y médicos (entrenamiento médico). Cada categoría tiene reglas específicas de elegibilidad y patrocinio; en general, el titular J-1 debe participar en un programa aprobado con una organización patrocinadora en EE. UU., y el trabajo está limitado a los términos del programa.

Por ejemplo, un investigador J-1 puede enseñar o realizar investigaciones en una universidad, mientras que un pasante J-1 trabaja en un programa de formación. Las visas J-1 suelen ser válidas por la duración del programa según se indica en el formulario DS-2019. Nota importante: algunas categorías J-1 imponen un requisito de residencia en el país de origen por dos años. Estos visitantes de intercambio deben regresar a su país por un período acumulado de dos años antes de cambiar de estatus o solicitar otras visas en EE. UU., a menos que obtengan una exención. Los empleadores deben verificar este requisito, ya que afecta futuras opciones de patrocinio.

Green Card por Empleo (EB-2/EB-3) para EE. UU.

Para el patrocinio de residencia permanente en EE. UU. de un empleado extranjero, las obligaciones del empleador son sustanciales. Primero, deben ofrecer un trabajo permanente a tiempo completo. Luego, deben obtener una Determinación de Salario Predominante del DOL y realizar una búsqueda de empleo de buena fe para probar que no hay trabajadores estadounidenses calificados disponibles para el puesto.

Para la certificación laboral PERM (el primer paso), el empleador debe publicar anuncios de reclutamiento y colocar avisos durante al menos 30 días para demostrar que no hay solicitantes estadounidenses calificados. Una vez finalizado el reclutamiento, el empleador presenta el formulario ETA 9089. Si el DOL certifica el PERM, el empleador presenta el formulario I-140 ante USCIS. USCIS requiere prueba de capacidad de pago del salario ofrecido y de mantener los términos del empleo. La patrocinación de Green Card es un proceso de varios pasos y años, con altas tarifas de presentación y posiblemente honorarios legales.

Guía Paso a Paso para Contratar o Reubicar un Empleado Extranjero en EE. UU.

Aunque cada situación es única, el proceso general para contratar o reubicar a un trabajador extranjero en EE. UU. suele seguir estos pasos.

Evaluar el Estatus del Empleado y la Estructura de la Empresa en EE. UU.

Primero, determinar si el candidato ya está en EE. UU. o ingresará desde el extranjero, y cuál es su autorización actual. Si es ciudadano estadounidense o titular de Green Card, no se necesita visa. De lo contrario, identificar cualquier estatus actual (por ejemplo, estudiante F-1, pasante J-1) que permita trabajar, o si la empresa necesita patrocinar una nueva visa en EE. UU.

Asegurarse de que su empresa sea elegible para emplear candidatos en el extranjero: legalmente, debe tener una entidad empleadora en EE. UU. o trabajar a través de un servicio de Employer of Record antes de patrocinar una visa. Si es una empresa extranjera sin presencia en EE. UU., deberá abrir una subsidiaria en EE. UU. o contratar a través de un socio en EE. UU.

Elegir la Categoría de Visa en EE. UU. Adecuada

Según el perfil del candidato y el rol, identificar qué visa en EE. UU. encaja mejor. Considerar las funciones laborales, la educación requerida, salario, ubicación y nacionalidad. Por ejemplo, un trabajo en EE. UU. que requiere una licenciatura podría ser H-1B; un gerente intraempresa podría usar L-1A; un ingeniero canadiense podría usar TN; un investigador excepcional podría calificar para O-1.

Utilizar recursos confiables (manuales de políticas de USCIS, guías de visas gubernamentales o asesoría migratoria) para relacionar los hechos con un tipo de visa. Si parecen posibles varias visas, comparar requisitos y tiempos de procesamiento. Nota: para casos con cupo H-1B, las solicitudes suelen hacerse a principios de primavera para comenzar en octubre, y las transferencias L-1 requieren prueba de un año en el extranjero antes de presentar.

Reunir Documentación y Presentar Peticiones para Empleo en EE. UU.

Preparar la oferta de trabajo y la evidencia de apoyo para el empleo en EE. UU. Esto incluye una descripción detallada del puesto, el currículum del empleado, títulos o certificaciones, y prueba de la capacidad del empleador para pagar. Para H-1B, esto implica obtener una LCA certificada del DOL. Para Green Cards basadas en PERM, implica realizar la campaña de reclutamiento y presentar la certificación laboral.

Con la documentación lista, presentar la petición correspondiente: generalmente el formulario I-129 (Petición para Trabajador No Inmigrante) ante USCIS para visas temporales, o el formulario I-140 (Petición de Inmigrante) para la Green Card tras PERM. Enviar todas las tarifas requeridas y conservar copias de todo.

Emisión de Visa en EE. UU. o Cambio de Estatus

Una vez aprobada la petición por USCIS, el siguiente paso depende de la ubicación del empleado. Si está fuera de EE. UU., debe solicitar la visa en una embajada o consulado en su país (Formulario DS-160 en línea, entrevista y tarifas). Si ya está legalmente en EE. UU., el empleador puede presentar el formulario I-129 para cambiar de estatus en el país, evitando el proceso en el consulado, pero aún requiere aprobación de USCIS.

Tras recibir la visa en el pasaporte (o aviso de cambio de estatus de USCIS), el empleado puede ingresar a EE. UU. para comenzar a trabajar. Coordinar cuidadosamente: planificar los tiempos de procesamiento, programar citas en la embajada con anticipación y considerar alternativas en caso de retrasos.

Incorporación y Verificación de Elegibilidad en EE. UU.

Cuando el empleado extranjero llegue o comience a trabajar en EE. UU., completar el proceso del Formulario I-9 en los primeros tres días hábiles. El empleado debe presentar documentos de identidad y autorización laboral requeridos (por ejemplo, pasaporte y visa, o I-94 y aviso de aprobación I-797). Registrar estos en el I-9 y conservar el formulario (incluyendo copias de tarjetas de residente permanente o EADs).

Si el empleado tiene visa de trabajo en EE. UU. (H-1B, L-1, etc.), asegurarse de tener su I-94/I-797 que muestre el período de validez autorizado. Si tiene una solicitud pendiente de Green Card, puede presentar un I-797 o EAD. Asegurar que la nómina y beneficios estén configurados normalmente.

Requisitos de Cumplimiento del Empleador en EE. UU.

Mantener el cumplimiento legal es fundamental durante y después de contratar empleados extranjeros en EE. UU. Las obligaciones clave incluyen:

Verificación del Formulario I-9 para Empleadores en EE. UU.

La ley de EE. UU. exige verificar la identidad y autorización laboral de cada nuevo contratado. El empleador debe completar el I-9 en los tres días hábiles posteriores a la fecha de inicio del empleado, documentando los documentos revisados de identidad y elegibilidad. Este formulario debe conservarse por al menos tres años después de la contratación o un año después de que finalice el empleo, lo que ocurra primero.

Contratar knowingly a un trabajador no autorizado o no completar correctamente las verificaciones del I-9 son violaciones graves. Los empleadores deben capacitar al personal de RR. HH. en los procedimientos correctos del I-9. ICE realiza auditorías periódicas y las multas por violaciones del I-9 pueden ser severas, incluyendo multas civiles, cargos penales y suspensión de contratos con el gobierno. Muchas empresas usan E-Verify, un sistema en línea de verificación del I-9, obligatorio para algunos tipos de visa (por ejemplo, trabajadores STEM OPT y ciertos contratistas federales) y opcional en otros casos.

Solicitudes de Condiciones Laborales (LCAs) para Visas H-1B en EE. UU.

Para cada petición H-1B (y relacionadas H-1B1/E-

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