En Perú, los empleadores enfrentan diversas obligaciones fiscales relacionadas con la nómina, la seguridad social y otras contribuciones.
Obligaciones del Empleador
- Retención del Impuesto a la Renta: Los empleadores retienen el impuesto a la renta de los salarios de los empleados mensualmente, basado en una escala progresiva. Se aplica una deducción de 7 UIT antes de calcular el impuesto. Las tasas para 2025, utilizando el valor actualizado de la UIT de PEN 5,150, son:
- Hasta 5 UIT (PEN 25,750): 8%
- De 5 a 20 UIT (PEN 25,751 - PEN 103,000): 14%
- De 20 a 35 UIT (PEN 103,001- PEN 180,250): 17%
- De 35 a 45 UIT (PEN 180,251 - PEN 231,750): 20%
- Más de 45 UIT (PEN 231,751+): 30%
- Contribuciones a la Seguridad Social (ESSALUD): Los empleadores contribuyen con el 9% del salario de cada empleado al sistema nacional de salud (ESSALUD o EPS). Las empresas agrícolas contribuyen con una tasa reducida del 6%.
- Contribuciones al Fondo de Pensiones: Los empleadores retienen y remiten las contribuciones de pensiones de los empleados. Los empleados contribuyen con el 13% para el Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o alrededor del 12.5% para el Sistema Privado de Pensiones (AFP).
- Compensación por Tiempo de Servicios (CTS): Los empleadores contribuyen con el 9.72% del salario del empleado a la CTS, un fondo de compensación accesible bajo ciertas condiciones como despido o renuncia.
- Seguro de Vida: Los empleadores generalmente brindan seguro de vida obligatorio para los empleados, con primas que varían según la póliza.
- Asignación Familiar: Para empleados con hijos menores de 18 años (o hasta 24 si cursan estudios superiores), los empleadores pagan una asignación mensual del 10% del salario mínimo (PEN 1,130 en 2025), resultando en una asignación de PEN 113.
- Informe T-Registro: Los empleadores deben registrar las contrataciones y desvinculaciones de empleados con la SUNAT (autoridad tributaria) a través del sistema T-Registro, proporcionando detalles como ID del empleado, puesto, tipo de contrato, fecha de inicio y motivo de salida.
- AFPnet para Fondos de Pensiones: Los empleadores deben registrarse en AFPnet para gestionar electrónicamente las contribuciones de pensiones si utilizan un administrador de fondos de pensiones privados (AFP).
- Declaración Anual de Impuestos: Los empleadores deben presentar una declaración anual de impuesto a la renta en la primera semana de abril, resumiendo las retenciones y pagos del año.
Consideraciones Adicionales
- Empleados No Domiciliados: Los empleados extranjeros que trabajan en Perú por menos de 183 días se consideran no domiciliados y se les aplica un impuesto fijo del 30% sobre la renta de fuente peruana. No se aplican deducciones.
- 13º y 14º Sueldo: Los empleadores pagan dos meses adicionales de salario, uno en julio y otro en diciembre.
Esta información es vigente al 5 de febrero de 2025 y puede estar sujeta a cambios. Se recomienda consultar con un profesional de impuestos para situaciones específicas.
En Perú, los empleadores deben deducir varios impuestos y contribuciones de los salarios de los empleados y remitirlos a las agencias gubernamentales correspondientes. Este resumen cubre las deducciones clave para 2025. Tenga en cuenta que, a fecha de hoy, 5 de febrero de 2025, algunas de las tasas y cifras oficiales para 2025 pueden no estar finalizadas, por lo que estos valores representan los últimos disponibles y están sujetos a cambios.
Impuesto a la Renta
- Tasas Progresivas: El impuesto a la renta se retiene según una escala progresiva. El valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para 2025 es de PEN 4,600, aunque esto necesita una confirmación adicional.
- Tramos Impositivos (basados en las tasas de 2024, pendientes de actualizaciones de 2025):
- Hasta 5 UIT: 8%
- De 5 a 20 UIT: 14%
- De 20 a 35 UIT: 17%
- De 35 a 45 UIT: 20%
- Más de 45 UIT: 30%
Seguro Social (Essalud)
- Contribución del Empleado: Aunque el empleado no ve esto directamente como una deducción, constituye una parte de su paquete total de compensación que el empleador paga a Essalud (9% del salario del empleado, hasta un monto máximo basado en la UIT vigente).
Fondo de Pensiones (AFP)
- Contribución del Empleado: Los empleados contribuyen entre el 12.50% y 13.00% de su salario a la AFP elegida. El empleador retiene y remite esta contribución.
Deducciones Adicionales
- Deducción Estándar: Los residentes tienen derecho a una deducción estándar de 7 UIT contra ingresos de empleo o trabajo autónomo, más 3 UIT adicionales para otros gastos personales, los cuales pueden necesitar documentación adecuada para su validación. Esto permanece constante para 2025, a la espera de posibles cambios legislativos.
- Otras Deducciones: Existen disposiciones para deducciones relacionadas con contribuciones benéficas, limitadas a un porcentaje del ingreso neto imponible.
Obligaciones del Empleador
- Además de retener y remitir las contribuciones de los empleados, los empleadores pagan las contribuciones a Essalud para sus empleados y pueden enfrentar obligaciones relacionadas con los pagos de la 13ª y 14ª mensualidades.
- Los empleadores pueden beneficiarse de deducciones al contratar empleados de entre 18 y 29 años (50% del salario del empleado, sujeto a condiciones específicas), y por gastos relacionados con Investigación y Desarrollo, aunque los detalles requieren más consulta.
Consideraciones Importantes
- Unidad Impositiva Tributaria (UIT): La actualización anual del valor de la UIT es crucial para todos los cálculos, y los montos precisos necesitarán confirmación de fuentes oficiales una vez publicados.
- Ajuste de Fin de Año: Un ajuste de fin de año concilia cualquier impuesto a la renta pagado en exceso o insuficientemente.
- Cumplimiento: Los empleadores deben adherirse a los requisitos de reporte del T-Registro y utilizar el sistema AFPnet para las contribuciones de pensiones.
Esta información es para orientación general y refleja nuestro mejor entendimiento al 5 de febrero de 2025. Es vital consultar recursos oficiales o asesoría legal para situaciones específicas y regulaciones de 2025 actualizadas una vez que se anuncien oficialmente.
En Perú, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), conocido localmente como Impuesto General a las Ventas (IGV), se aplica a la mayoría de los bienes y servicios.
Tasas del IVA y Aplicación
- La tasa estándar del IVA es del 18%, compuesta por un 16% de IGV y un 2% de Impuesto de Promoción Municipal (IPM). Esto se aplica a la mayoría de los bienes y servicios.
- Se aplica una tasa del 0% a las exportaciones de bienes y servicios.
Registro del IVA
- No hay un umbral de registro. Las empresas deben registrarse en la SUNAT (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria) y obtener un RUC (Registro Único de Contribuyentes) antes de realizar su primera operación sujeta a impuestos. Esto se aplica tanto a empresas residentes como no residentes.
- Los proveedores no residentes de servicios digitales a consumidores en Perú también deben registrarse, recaudar y remitir el IVA.
Declaración y Pago del IVA
- Las declaraciones del IVA (Formulario 119) se presentan mensualmente, entre el 7 y el 16 día hábil del mes siguiente.
- La presentación puede realizarse en línea o en persona en bancos autorizados.
- Los grandes contribuyentes también deben presentar una declaración anual complementaria (Declaración Anual de Operaciones con Terceros).
- El pago del IVA vence al mismo tiempo que la declaración. Los pagos pueden realizarse en PEN o USD.
- Los proveedores de servicios digitales no residentes deben presentar una declaración separada de IVA (Formulario Virtual N° 0623 - IGV - Economía Digital) dentro de los 10 días hábiles después del mes de la obligación tributaria.
Bienes y Servicios Exentos
Varios bienes y servicios están exentos de IVA. Estos incluyen ciertos alimentos (por ejemplo, pescado, crustáceos, moluscos, papas frescas o refrigeradas, frijoles, alcachofas), transporte público (excluyendo ferrocarril y aéreo), transporte internacional de carga, espectáculos culturales en vivo y servicios financieros específicos como los intereses de créditos transferidos a empresas de securitización.
IVA para Servicios Digitales (Vigente a partir del 1 de diciembre de 2024)
- Se aplica un IVA del 18% a los servicios digitales prestados por no residentes a consumidores en Perú.
- Los proveedores no residentes deben registrarse para el IVA y recaudar el impuesto.
- Si el proveedor no se registra, los facilitadores de pago (bancos, compañías de tarjetas de crédito) se vuelven responsables de retener el IVA.
- Los servicios afectados incluyen software, acceso a redes sociales, servicios de streaming, publicaciones en línea, publicidad, subastas en línea, acceso a sitios web y capacitación en línea.
- El IVA soportado generalmente se puede recuperar, sujeto a reglas específicas y requisitos de documentación. El IVA soportado en compras de USD 1,000 o más es deducible/reembolsable solo si el pago se realizó a través del sistema bancario.
- Existe un sistema de recuperación anticipada del IVA soportado para empresas con inversiones sustanciales (más de USD 2 millones) y una etapa preoperativa.
Esta información es vigente al 5 de febrero de 2025 y está sujeta a cambios. Se recomienda consultar con un profesional en impuestos para situaciones específicas.
Perú ofrece varios incentivos fiscales para promover sectores y actividades específicas a partir del 5 de febrero de 2025. Estos incentivos pueden reducir significativamente las cargas fiscales y mejorar los rendimientos. Tenga en cuenta que estas regulaciones pueden estar sujetas a cambios.
Investigación y Desarrollo (I+D)
Perú proporciona deducciones fiscales sustanciales para gastos relacionados con la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación tecnológica.
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Tasas de Deducción: Las empresas con ingresos netos que no superen las 2,300 Unidades Impositivas Tributarias (aproximadamente US$2,996,000 al 2022) pueden deducir:
- 240% de los gastos de I+D calificables si el proyecto se realiza directamente por el contribuyente o por un centro de I+D peruano.
- 190% si el proyecto se lleva a cabo a través de un centro de I+D no peruano.
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Para las empresas que superan el umbral de las 2,300 Unidades Impositivas Tributarias:
- Deducción del 190% para proyectos ejecutados por el contribuyente o un centro de I+D peruano.
- Deducción del 160% para proyectos ejecutados por un centro de I+D no peruano.
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Vencimiento: Este incentivo es válido hasta el 31 de diciembre de 2025.
Sector Energético
- Depreciación Acelerada: Las empresas que invierten en generación de electricidad utilizando recursos hidráulicos u otras fuentes renovables pueden beneficiarse de la depreciación acelerada. Se aplica una tasa global de depreciación anual de hasta el 20% a maquinaria, equipo y obras de construcción. Este beneficio se ha extendido hasta el 31 de diciembre de 2030.
Exención de Ganancias de Capital e Intereses
Las ganancias de capital y los intereses obtenidos de valores emitidos por el gobierno peruano están exentos del impuesto sobre la renta. Esta exención se ha ampliado para incluir:
- Operaciones de recompra de valores emitidos por el gobierno peruano.
- Enajenación de unidades en fondos cotizados en bolsa (ETFs) que replican el rendimiento de una cartera de valores emitidos por el Gobierno de Perú.
Sector de Hospitalidad (IGV)
Se aplica una tasa reducida del IGV al sector de la hospitalidad, incluidos hoteles y restaurantes. El porcentaje exacto reducido no fue proporcionado por la fuente.
Zonas Económicas Especiales (ZEE)
Las empresas que operan dentro de ZEE designadas disfrutan de varios beneficios fiscales y aduaneros:
- Exención del impuesto sobre la renta, IGV, impuesto de promoción municipal y otros impuestos (excluyendo contribuciones laborales).
- Exención de derechos e impuestos de importación para bienes extranjeros que permanezcan dentro de la ZEE.
- Elegibilidad para acuerdos comerciales firmados por Perú (si se cumplen los criterios de origen).
Pagos a Plazos de Impuestos
Está disponible un régimen especial de pago a plazos para deudas tributarias vencidas hasta el 31 de diciembre de 2023. El plazo para solicitar este régimen se ha extendido hasta el 28 de febrero de 2025. Este programa permite a las empresas elegibles pagar sus obligaciones tributarias pendientes en cuotas, aliviando su carga financiera. Los términos exactos no estaban disponibles en la fuente.
Industria Textil y de Confecciones
Existe un régimen especial de depreciación para maquinaria y equipo adquiridos en 2024 y 2025. Se aplica una tasa máxima de depreciación del 33.33%. En 2026, la maquinaria y el equipo se pueden depreciar a una tasa del 25%, y en 2027 en adelante, se aplica una tasa del 16.67%.
Consideraciones Adicionales
- Drawback: Los exportadores pueden recuperar parte o la totalidad de los aranceles aduaneros pagados sobre insumos importados utilizados en la producción de exportación. La tasa de drawback es del 3% del valor FOB del producto exportado.
- Recuperación Anticipada del IGV: Las empresas en fase pre-operativa con proyectos significativos pueden solicitar la recuperación anticipada del IGV sobre bienes de capital. Esto requiere un acuerdo de inversión con el ministerio correspondiente.
- Estos resúmenes no constituyen asesoramiento fiscal oficial. Consulte con un profesional tributario para obtener orientación específica.