Rivermate | Colombia landscape
Rivermate | Colombia

Impuestos en Colombia

399 EURpor empleado/mes

Learn about tax regulations for employers and employees in Colombia

Updated on April 23, 2025

Responsabilidades fiscales del Employer of Record

En Colombia, los empleadores navegan por diversas obligaciones fiscales para sus empleados y su negocio.

Obligaciones del Employer of Record: Impuesto sobre la Renta

  • Impuesto sobre la Renta de Sociedades: La tasa estándar del impuesto sobre la renta de sociedades es del 35%. Se aplica un sobretasa del 3%, resultando en una tasa total del 38%, a instituciones financieras con ingresos gravables que superen las 120,000 UVT (Unidad de Valor Tributario). El valor de la UVT para 2025 es COP 49,799. Por lo tanto, el umbral es COP 5,975,880,000.
  • Fechas límites para el Impuesto sobre la Renta de Sociedades 2025: Los grandes contribuyentes, clasificados como aquellos con un ingreso bruto de 92,000 UVT (COP 4,575,508,000) o más al 31 de diciembre de 2024, deben presentar y pagar en tres cuotas:
    • Primera Cuota: Entre el 11 y el 24 de febrero de 2025.
    • Segunda Cuota (y declaración): Entre el 9 y el 24 de abril de 2025.
    • Tercera Cuota: Entre el 11 y el 25 de junio de 2025.
  • Retención en la fuente: Los empleadores retienen el impuesto sobre la renta de los salarios de los empleados mensualmente. La tasa de impuesto se determina mediante un sistema progresivo que va del 0% al 39%. Los ingresos hasta 1,090 UVT (COP 54,280,910 en 2025) están exentos del impuesto sobre la renta.
  • Cambios en la retención del impuesto sobre la nómina para 2025: A partir de febrero de 2025, se eliminará el método de retención "procedimiento dos", que generalmente permitía retenciones menores. Los empleadores deben usar "procedimiento uno", basado en los ingresos mensuales reales. La opción de usar una tasa fija mensual basada en el ingreso promedio del empleado en los últimos 12 meses ya no está disponible.

Obligaciones del Employer of Record: Seguridad Social

  • Aportaciones a la Seguridad Social: Tanto empleadores como empleados contribuyen al sistema de seguridad social, cubriendo salud, pensión y riesgos laborales.
    • Salud: Los empleadores aportan el 8.5% del salario del empleado, mientras que los empleados aportan el 4%.
    • Pensión: Los empleadores aportan el 12% del salario del empleado hasta un límite de 25 veces el salario mínimo.
  • Retenciones de impuestos sobre la nómina (Aportes parafiscales): Los empleadores generalmente contribuyen con el 9% del total de la nómina mensual, distribuidos de la siguiente manera:
    • Instituto de Bienestar Familiar (ICBF): 3%
    • Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA): 2%
    • Fondo de Subsidio Familiar (Caja de Compensación Familiar): 4%
  • Exención de impuestos sobre la nómina: Los empleadores están exentos de las contribuciones al ICBF y SENA para empleados que ganen menos de diez veces el salario mínimo mensual.

Otras obligaciones del Employer of Record

  • Reportes electrónicos de nómina: Después de procesar la nómina, los empleadores deben presentar los soportes electrónicos de nómina ante la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) dentro de los diez días. También se debe presentar un certificado anual de ingresos y retenciones antes de marzo del año siguiente.
  • Declaración anual de impuestos sobre la renta para empleados: Los empleados que cumplan con ciertos criterios deben presentar una declaración anual de impuestos sobre la renta. La fecha límite es entre agosto y octubre, según los dos últimos dígitos del NIT del empleado.

Impuestos locales

Además de los impuestos nacionales, los empleadores también deben pagar impuestos locales sobre la nómina, que varían según la región específica.

Esta información está actualizada a partir del 5 de febrero de 2025 y puede estar sujeta a cambios.

Deducciones fiscales de los empleados

En Colombia, los empleadores son responsables de retener varios impuestos y contribuciones a la seguridad social de los salarios de los empleados. Estas deducciones, junto con las contribuciones del empleador, financian los programas de seguridad social y aseguran el cumplimiento de la ley tributaria colombiana.

Impuesto sobre la Renta

El impuesto sobre la renta en Colombia se calcula utilizando un sistema progresivo, lo que significa que los que más ganan pagan tasas más altas. Las tasas de impuestos varían del 0% al 41%. La tasa de impuesto aplicable depende del nivel de ingresos del empleado. El impuesto se retiene de cada cheque de pago en función del ingreso anual proyectado del empleado y se conoce como retención en la fuente.

Contribuciones a la Seguridad Social

Tanto los empleadores como los empleados contribuyen al sistema de seguridad social colombiano, que cubre atención médica, pensiones, riesgos laborales y asignaciones familiares.

  • Atención médica: Tanto empleadores como empleados contribuyen.
  • Pensión: Ambos, empleadores y empleados, contribuyen. A partir de julio de 2025, el sistema de pensiones de Colombia pasará a un modelo de múltiples pilares, requiriendo que todos los contribuyentes aporten a Colpensiones (el Administrador de Pensiones Público colombiano). Los ingresos por encima de cierto umbral también deben contribuir a un fondo de pensiones privado.
  • Riesgos laborales (ARL): Los empleadores contribuyen según el nivel de riesgo del trabajo del empleado.
  • Asignación familiar (Caja de Compensación Familiar): Los empleadores contribuyen.

Otras Deducciones y Exenciones

  • Ingresos exentos: Hasta el 25% del ingreso total anual de un empleado está exento del impuesto sobre la renta, hasta un tope mensual. A partir del 1 de enero de 2025, el tope es de COP 3,278,268 mensuales y COP 39,341,210 anuales, basado en la UVT (Unidad de Valor Tributario) de COP 49,799.
  • Deducciones: Algunas deducciones pueden reducir la base gravable, incluyendo contribuciones a fondos voluntarios de pensiones, cuentas de ahorro para vivienda (AFC), donaciones benéficas, intereses hipotecarios y gastos de salud. Existen límites en estas deducciones y, en conjunto, estas deducciones (incluyendo el 25% de ingreso exento) no pueden exceder el 40% del ingreso neto del empleado, con un tope de COP 5,561,054 mensuales y COP 66,730,660 anuales para 2025. Estos límites se ajustan anualmente en función de la UVT.
  • Dependientes: Los contribuyentes pueden deducir un monto por dependientes (niños menores de 18 años, niños entre 18 y 25 años que estudian, o niños mayores de 18 con discapacidad) hasta un valor máximo. Para 2025, la deducción máxima es de COP 1,593,568 mensuales, basada en la UVT de COP 49,799.

Obligaciones del Empleador

Los empleadores son responsables de:

  • Retención: Calcular y retener correctamente los montos de impuesto sobre la renta y seguridad social de los salarios de los empleados.
  • Pago y Reporte: Pagar los montos retenidos y las contribuciones del empleador a las autoridades correspondientes en los plazos establecidos.
  • Cumplimiento: Mantener registros precisos de nómina y cumplir con todas las leyes tributarias y laborales relevantes en Colombia.

Consideraciones importantes para 2025

  • UVT: La UVT para 2025 es de COP 49,799. Este valor se usa para calcular muchas cifras de impuestos y seguridad social.
  • Aumento del salario mínimo: El salario mínimo mensual ha aumentado a COP 1,423,500 para 2025, influyendo en los cálculos de seguridad social.
  • Reforma tributaria: Las reformas tributarias propuestas, si se aprueban, podrían afectar las futuras tasas de impuestos y deducciones. Manténgase informado sobre cualquier cambio legislativo.

Nota: Esta información se basa en el mejor conocimiento disponible hasta el 5 de febrero de 2025 y está sujeta a cambios por actualizaciones legislativas o regulatorias. Es fundamental consultar con un profesional en impuestos para obtener la información más actualizada y asesoramiento personalizado.

IVA

En Colombia, el Impuesto sobre las ventas (IVA), conocido como Impuesto sobre las ventas (IVA), es un impuesto al consumo aplicado a la mayoría de bienes y servicios.

Tarifas del IVA

  • Tarifa Estándar: 19% (Aplica a la mayoría de bienes y servicios)
  • Tarifa Reducida: 5% (Aplica a bienes y servicios específicos como ciertos alimentos, insumos agrícolas y algunos tipos de seguros)
  • Tarifa Cero: 0% (Aplica a exportaciones, ciertos alimentos y paquetes turísticos para visitantes extranjeros)

Registro del IVA

  • Empresas: Sin umbral de registro. Es obligatorio registrarse si venden bienes, prestan servicios o importan bienes, independientemente de los ingresos.
  • Personas naturales: El registro se activa cuando el ingreso bruto total supera las 3,500 UVT (Unidad de Valor Tributario) en el año en curso o anterior. La UVT para 2025 es COP 49,799. Esto significa que el umbral para 2025 es COP 174,296,500.
  • Proveedores no residentes de servicios digitales: Sin umbral de registro. Las empresas extranjeras que prestan servicios digitales a consumidores colombianos deben registrarse para el IVA. Se dispone de un esquema de retención de IVA mediante tarjeta de crédito e instituciones financieras si no se registran.

Presentación y pago del IVA

  • Frecuencia: Bimestral para grandes contribuyentes (ingresos brutos iguales o superiores a 92,000 UVT a 31 de diciembre de 2024). Los plazos exactos dependen de los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente y se publican anualmente.
  • Formulario: El formulario 325 para proveedores de servicios extranjeros debe presentarse electrónicamente.
  • Facturación electrónica: Obligatoria para la mayoría de los contribuyentes inscritos en el régimen del IVA desde noviembre de 2020.

Exenciones del IVA

Varios bienes y servicios están exentos de IVA, incluyendo:

  • Ciertos servicios médicos
  • Servicios educativos
  • Servicios de gestión de finanzas públicas
  • Conectividad a internet para ciertos grupos demográficos
  • Ciertos servicios públicos (energía, gas y agua)
  • Medicamentos
  • Exportaciones

Retención del IVA

Algunas transacciones requieren que el comprador retenga un porcentaje del IVA y lo remita a DIAN. Esto aplica a transacciones con entidades gubernamentales, proveedores no residentes y ciertas transacciones dentro del régimen común del IVA. La tasa de retención estándar es del 15%.

Impuestos al consumo adicionales

Aparte del IVA, tenga en cuenta que se aplica un Impuesto al Consumo separado a servicios de restaurantes (8%), teléfonos móviles (4%) y bienes de lujo (16%). Estos no se consideran parte del régimen del IVA.

Es importante consultar fuentes oficiales como DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) para información detallada y actualizada. Esta visión general está vigente a partir del 5 de febrero de 2025 y puede estar sujeta a cambios en las regulaciones.

Incentivos fiscales

El panorama fiscal de Colombia está en evolución, introduciendo cambios para empresas e individuos.

Impuesto sobre la Renta de Sociedades

  • Tasa General: Está en vigor una tarifa progresiva del impuesto sobre la renta de sociedades, que varía del 27% al 34% según la renta neta gravable. Esto busca aliviar la carga fiscal en pequeñas y medianas empresas.
  • Zonas de Libre Comercio: Los usuarios industriales en Zonas de Libre Comercio (ZLC) generalmente enfrentan una tasa del 20% de impuesto sobre la renta de sociedades sobre los ingresos derivados de exportaciones. Aquellos que experimenten al menos un 60% de crecimiento en ingresos en 2022 en comparación con 2019 mantienen la tasa del 20% hasta el año fiscal 2025. Sin embargo, los ingresos de actividades no exportadoras están sujetos a la tarifa estándar del impuesto sobre la renta de sociedades.
  • Impuesto Mínimo: Se aplica un nuevo impuesto mínimo del 15% a las entidades jurídicas sujetas a impuesto sobre la renta y a aquellas que operan en zonas francas. Ciertas entidades, como las en zonas económicas especiales o que operan bajo contratos de concesión, están exentas.

Impuesto sobre la Renta de Personas Naturales

  • Tasa Máxima: La tasa máxima para el impuesto sobre la renta de personas naturales y ganancias ocasionales ha sido incrementada. A partir del 13 de septiembre de 2024, hay una propuesta para aumentar la tasa marginal más alta para residentes fiscales de personas naturales del 39% al 41% para quienes tengan ingresos gravables anuales superiores aproximadamente a US$365,000 (31,000 unidades de valor tributario). Las tasas exactas aplicables en 2025 dependerán de la legislación final.
  • Exención por Ingresos Laborales: El 25% del ingreso laboral total está exento de impuestos, hasta un límite de 790 UVT (Unidad de Valor Tributario) anualmente. Esta exención se aplica después de considerar otros beneficios fiscales.
  • Alivio por Impuestos Extranjeros: Se ofrece un crédito fiscal por impuestos extranjeros pagados sobre ingresos de fuente extranjera, limitado a la obligación tributaria colombiana sobre esos ingresos. Este crédito está disponible tanto para residentes individuales como corporativos, requiere prueba del pago del impuesto extranjero y puede ser trasladado indefinidamente.

Impuesto a la Riqueza

El umbral del impuesto a la riqueza se ha reducido de 72,000 UVT a 40,000 UVT, ampliando la base de contribuyentes. También había una propuesta al 17 de septiembre de 2024 para reducir el umbral del impuesto a la riqueza personal de aproximadamente USD 836 millones a USD 460 millones, afectando a más de 75,000 contribuyentes. El umbral real para 2025 dependerá de la legislación final aprobada.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

  • Apuestas en Línea: El IVA ahora se aplica a los servicios de apuestas en línea.
  • Impuesto Especial sobre Ciertos Alimentos: Se aplica un impuesto especial a productos alimenticios ultra procesados ricos en azúcar y sodio, cubriendo producción, importación y autoconsumo. Este impuesto inicialmente es del 10%, aumentando al 15% en 2024, y al 20% a partir de 2025.
  • Devolución del IVA para Turistas: Los turistas extranjeros pueden solicitar una devolución del IVA en compras que superen las 3 UVT, con un máximo de devolución de 200 UVT por solicitud. Los turistas deben presentar los bienes comprados y las facturas electrónicas correspondientes al momento de salida. Recuerde que el valor de la UVT cambia anualmente (49.799 COP en 2025).

Impuestos Ambientales

Se ha introducido un impuesto al carbono para apoyar proyectos ambientales. Afectará a varios combustibles, incluyendo gasolina, diésel y combustible de aviación (con una exención propuesta para el archipiélago de San Andrés), y carbón. La tarifa para 2025 dependerá de los cambios propuestos para acelerar su implementación, aplicando potencialmente el 75% de la tarifa completa.

Otros Incentivos Fiscales

Existen incentivos fiscales para inversiones en energías renovables y tecnologías limpias, según lo establecido en la Ley 1715 de 2014. Por ejemplo, las empresas pueden obtener una deducción del 50% en impuestos por inversiones relacionadas al comprar bonos de transición energética. También está disponible un crédito fiscal del 30% para ciertas inversiones en proyectos científicos, tecnológicos o de formación profesional.

Administración Tributaria

  • Facturación Electrónica: Se ha incrementado el incentivo para el uso de facturación electrónica. Se proponen cambios para incentivar aún más esto aumentando la deducción por compras respaldadas con facturas electrónicas.
  • Régimen Simple de Tributación (RST): El RST fue eliminado a partir de 2025, trasladando a los contribuyentes a sistemas tradicionales.

Nota Importante: El panorama fiscal colombiano está sujeto a cambios. Las leyes y regulaciones tributarias pueden modificarse, y los detalles específicos pueden variar. Siempre es recomendable consultar con un profesional en impuestos para orientación personalizada. Esta información está actualizada a 5 de febrero de 2025.

Martijn
Daan
Harvey

¿Listo para expandir tu equipo global?

Habla con un experto