Calculadora de costos laborales para Puerto Rico
Calcule sus costos completos de contratación para empleados de Puerto Rico, incluyendo impuestos sobre la nómina, contribuciones a la seguridad social, beneficios para empleados y honorarios de gestión. Esta calculadora salarial proporciona estimaciones precisas de costos para empleadores, para tomar decisiones de contratación informadas.
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Contribuciones fiscales del empleador
| Tipo de impuesto | Tarifa (Empleador) | Base |
|---|---|---|
| FICA - Seguridad Social | 6.2% | Los primeros $176,100 de salarios |
| FICA - Medicare | 1.45% | Todos los salarios |
| FUTA (Ley Federal de Impuestos de Desempleo) | 0.6% | Los primeros $7,000 de salarios |
| SUTA (Ley Estatal de Impuestos de Desempleo) | 1.40% – 5.40% (2.90% para nuevos empleadores) | Varía |
Presentación y Cumplimiento
- El Formulario 941 (Impuesto Federal sobre la Renta, Seguridad Social, Medicare) se presenta trimestralmente, el último día del mes siguiente al cierre del trimestre (30 de abril, 31 de julio, 31 de octubre, 31 de enero).
- El Formulario 499 R-1 (Impuesto sobre la Renta retenido en Puerto Rico) se presenta trimestralmente, antes del 15 del mes siguiente al cierre del trimestre (15 de abril, 15 de julio, 15 de octubre, 15 de enero).
- El Formulario 940 (Impuesto Federal de Desempleo) se presenta anualmente, antes del 31 de enero.
En Puerto Rico, las deducciones de impuestos de los empleados consisten en impuestos federales y estatales sobre la renta, Seguridad Social y Medicare, junto con otras posibles deducciones como las de planes de jubilación y cuotas sindicales.
Impuestos Federales
- Seguridad Social: 6.2% de las ganancias hasta un máximo de $184,500 para 2026.
- Medicare: 1.45% de todas las ganancias. Se aplica un impuesto adicional de Medicare del 0.9% a las ganancias por encima de $200,000 para declarantes individuales, $250,000 para declarantes conjuntos y $125,000 para personas casadas que presentan por separado.
- Impuesto Federal sobre la Renta: La retención se determina por el formulario W-4 del empleado e involucra tramos fiscales que van desde 0% hasta 37%.
Impuesto sobre la Renta en Puerto Rico
- Retención: Basada en el Formulario 499 R-4, utilizando cualquiera de los métodos de porcentaje o de tramos salariales.
- Tarifas y Tramos: Se aplican tasas progresivas, que van desde 0% para ingresos hasta $9,000 hasta 33% para ingresos superiores a $61,500. Existe una exención de la retención del impuesto sobre la renta para empleados de 16 a 26 años en los primeros $40,000 de salarios gravables.
- Deducciones: Las deducciones detalladas están disponibles para contribuciones caritativas (hasta el 50% del ingreso bruto ajustado), gastos educativos (intereses de préstamos estudiantiles, aportaciones a IRA educativas), gastos médicos (por encima del 6% del ingreso bruto ajustado), intereses hipotecarios (hasta $35,000 o 30% del AGI, lo que sea menor), y pérdidas por casualty. No hay deducción estándar. Las exenciones personales son de $3,500 por individuo, $7,000 para parejas casadas que presentan conjuntamente y $2,500 por cada dependiente. También está disponible una exención adicional para veteranos de $1,500. Las contribuciones a planes de retiro (IRAs puertorriqueñas hasta $5,000) también son deducibles.
Otras Deducciones
- Cuotas sindicales: Deducibles si están estipuladas en un acuerdo colectivo.
- Servicios médicos sin fines de lucro: Se permiten deducciones por cuotas a asociaciones médico-hospitalarias sin fines de lucro.
- Bonos de Ahorro: Se permiten deducciones por la compra de Bonos de Ahorro de EE. UU. o de Puerto Rico.
- Pagos a cooperativas de crédito: Se permiten deducciones por pagos a cooperativas de crédito.
- Contribuciones caritativas: Hasta un 3% del salario anual del empleado puede deducirse por contribuciones voluntarias, sujetas a ciertas restricciones.
- Planes de jubilación: Las contribuciones a cuentas de retiro individuales (IRAs) y al Sistema de Administración de Pensiones ("Sistema de Retiro") son deducibles.
Plazos y Procedimientos
- Formulario 499 R-4: Los empleados completan este formulario para declarar exenciones y determinar la retención.
- Formulario SC 4809: Los empleadores registran su número de identificación ante el Departamento de Hacienda de Puerto Rico usando este formulario.
- Fecha de vencimiento de la declaración de impuestos: El 15 de abril es la fecha límite general, con una prórroga disponible hasta el 15 de octubre.
- Alivio fiscal: Debido a severas tormentas e inundaciones a partir del 13 de agosto de 2024, el IRS extendió varias fechas límite hasta el 3 de febrero de 2025. Esto incluye pagos estimados trimestrales y algunas fechas límite de impuestos sobre la nómina y de impuestos especiales.
Impuestos del Employer of Record
Los empleadores también tienen obligaciones fiscales que incluyen:
- Ley de Impuestos de Desempleo Federal (FUTA): 6% de los primeros $7,000 de los salarios de cada empleado, con un crédito potencial de hasta el 5.4% por impuestos de desempleo estatales pagados.
- Ley de Impuestos de Desempleo Estatal (SUTA): Se aplican tasas variables.
- Seguro de Compensación por Accidentes Laborales: Los empleadores son responsables de este seguro.
- Retención: Los empleadores deben retener todos los impuestos aplicables y remitirlos a las autoridades correspondientes.
Esta información es vigente a partir del 17 de febrero de 2026 y podría cambiar en el futuro debido a actualizaciones legislativas. Debes consultar a un profesional de impuestos para asesoramiento personalizado.



