Logotipo de Rivermate
Flag of Puerto Rico

Licencia en Puerto Rico

Políticas de Vacaciones y Permisos

Conozca los derechos y las políticas sobre las licencias de los empleados en Puerto Rico.

Puerto Rico leave overview

Gestionar las licencias y vacaciones de los empleados en Puerto Rico requiere una comprensión clara de las leyes laborales y regulaciones locales. Estas leyes establecen estándares mínimos para varios tipos de licencia, incluyendo vacaciones, licencia por enfermedad y días festivos públicos, garantizando que los empleados reciban el tiempo libre y la compensación requeridos. Los empleadores que operan en Puerto Rico deben cumplir con estos requisitos para mantener la conformidad legal y apoyar a su fuerza laboral de manera efectiva.

Navegar por las especificidades de las tasas de acumulación, las reglas de uso y las obligaciones de pago para diferentes tipos de licencia es crucial para los empleadores. Esta guía describe los aspectos clave de las políticas de vacaciones y licencias en Puerto Rico, brindando información esencial para administrar su fuerza laboral de acuerdo con las leyes locales.

Licencia anual de vacaciones

Los empleados en Puerto Rico tienen derecho a acumular licencia de vacaciones según sus horas trabajadas. La tasa mínima de acumulación está establecida por ley, y los empleadores deben permitir a los empleados utilizar este tiempo acumulado bajo condiciones específicas.

  • Tasa de acumulación: Los empleados acumulan licencia de vacaciones a una tasa mínima de uno y un cuarto (1,25) días por mes si trabajan 115 horas o más en un mes. Para empleados que trabajan menos de 115 horas pero al menos 20 horas por semana, la tasa de acumulación es de medio día por mes (0,5 días).
  • Acumulación máxima: La cantidad máxima de licencia de vacaciones que un empleado puede acumular generalmente está limitada a la de dos años de acumulado.
  • Uso: Los empleados pueden solicitar usar el tiempo de vacaciones acumulado, y generalmente los empleadores deben conceder la solicitud, siempre que no perturbe indebidamente las operaciones.
  • Pago: El tiempo de vacaciones utilizado por los empleados debe pagarse a su tarifa salarial regular. Al terminar la relación laboral, la licencia acumulada y no utilizada debe pagarse al empleado.
Categoría de empleado Acumulación mínima mensual (Días)
Trabajando 115+ horas/mes 1.25
Trabajando 20+ pero < 115 horas/mes 0.5

Días festivos públicos

Puerto Rico observa una serie de días festivos públicos oficiales a lo largo del año. Los empleados generalmente tienen derecho a tiempo libre en estos días, a menudo con reglas específicas respecto al pago si trabajan.

Aunque las fechas exactas de algunos días festivos pueden variar ligeramente cada año, los siguientes son los días festivos públicos comúnmente observados en Puerto Rico:

  • Año Nuevo
  • Día de Reyes (Epifanía)
  • Día de Martin Luther King, Jr.
  • Aniversario de Eugenio María de Hostos
  • Día de los Presidentes
  • Día de la Abolición de la Esclavitud
  • Viernes Santo
  • Aniversario de José de Diego
  • Día de los Caídos
  • Día de la Independencia (EE.UU.)
  • Aniversario de Luis Muñoz Rivera
  • Día del Trabajo
  • Día de Colón / Día de la Raza
  • Día de los Veteranos
  • Día del Descubrimiento de Puerto Rico
  • Día de Acción de Gracias
  • Navidad

Se aplican reglas específicas para el pago en días festivos, a menudo requiriendo pago de prima (por ejemplo, doble tiempo) si los empleados deben trabajar en un día oficial.

Licencia por enfermedad

La legislación de Puerto Rico también establece derechos mínimos de licencia por enfermedad para los empleados.

  • Tasa de acumulación: Los empleados acumulan licencia por enfermedad a una tasa mínima de un día por mes si trabajan 115 horas o más en un mes. Para empleados que trabajan menos de 115 horas pero al menos 20 horas por semana, la tasa de acumulación es de medio día por mes (0,5 días).
  • Acumulación máxima: La cantidad máxima de licencia por enfermedad que un empleado puede acumular generalmente está limitada a 15 días por año. La licencia por enfermedad no utilizada típicamente se acumula de un año a otro hasta un límite determinado.
  • Uso: Los empleados pueden usar licencia por enfermedad por enfermedad personal, lesión o citas médicas. Los empleadores pueden requerir certificación médica para ausencias que excedan cierta duración (por ejemplo, dos días consecutivos).
  • Pago: La licencia por enfermedad se paga a la tarifa salarial regular del empleado. A diferencia de la licencia de vacaciones, la licencia por enfermedad acumulada y no utilizada generalmente no requiere ser pagada al terminar la relación laboral, a menos que lo especifique la política de la empresa o un acuerdo colectivo.
Categoría de empleado Acumulación mínima mensual (Días)
Trabajando 115+ horas/mes 1
Trabajando 20+ pero < 115 horas/mes 0.5

Licencia parental

La ley en Puerto Rico proporciona protecciones y derechos relacionados con la licencia parental, principalmente para maternidad, pero también con consideraciones para paternidad y adopción.

  • Licencia de maternidad: Las empleadas tienen generalmente derecho a ocho semanas de licencia de maternidad pagada. Esta licencia típicamente incluye cuatro semanas antes de la fecha prevista de parto y cuatro semanas después, aunque esto puede ajustarse en función de la necesidad médica o preferencia de la empleada, siempre que en total sean ocho semanas. En casos de complicaciones, se puede conceder una extensión de hasta 12 semanas. La licencia de maternidad se paga al 100% del salario regular de la empleada, a menudo mediante una combinación de contribuciones del empleador y beneficios por discapacidad del gobierno.
  • Licencia de paternidad: Aunque no tan extensa como la de maternidad, los padres pueden tener derecho a un breve período de licencia (por ejemplo, uno o dos días) alrededor del nacimiento de un hijo, frecuentemente cubierto bajo políticas generales de licencia o beneficios específicos de la empresa.
  • Licencia por adopción: Los empleados que adoptan un niño también pueden tener derecho a licencia, similar en duración a la de maternidad, para vincularse con el niño recién colocado. Los derechos específicos pueden variar.

Otros tipos de licencia

Además de las categorías principales, los empleados en Puerto Rico pueden tener derecho a otros tipos de licencia en circunstancias específicas o según las políticas de la empresa.

  • Licencia por duelo: Aunque no es estrictamente requerida por la ley, muchos empleadores ofrecen unos días de licencia pagada o no pagada después de la muerte de un familiar cercano.
  • Licencia por servicio de jurado: A los empleados generalmente se les debe conceder licencia para cumplir con el servicio de jurado, y los empleadores no pueden penalizarlos por cumplir con este deber cívico. La paga durante el servicio de jurado puede variar según la política del empleador o requisitos legales específicos.
  • Licencia por testimonio: Similar al servicio de jurado, los empleados pueden recibir licencia si son citados a comparecer como testigos en un tribunal.
  • Licencia por estudio / sabática: Estos tipos de licencia generalmente no son requisitos legales, pero pueden ser ofrecidos por los empleadores como un beneficio para el desarrollo del empleado o periodos extendidos de descanso, a menudo bajo criterios y términos específicos.

Contrata a los mejores talentos en Puerto Rico a través de nuestro servicio de Employer of Record

Reserva una llamada con nuestros EOR expertos para obtener más información sobre cómo podemos ayudarte en Puerto Rico.

martijn
terry
lucas
sonia
james
harvey
daan

Reserve una llamada con nuestros expertos de EOR para saber más sobre cómo podemos ayudarle en Puerto Rico.

Con la confianza de más de 1.000 empresas en todo el mundo.

G24.9/5 on G2
Trustpilot4.8/5 on Trustpilot
Capterra4.8/5 on Capterra
Google4.6/5 on Google
Martijn
Daan
Harvey

¿Listo para expandir su equipo global?

Programa una demostración