En Panamá, los empleadores enfrentan varias obligaciones fiscales y responsabilidades de nómina.
Impuestos del Empleador
- Seguro Social: Los empleadores contribuyen con el 12.25% del salario de cada empleado. No hay límite en el monto imponible.
- Impuesto de Seguro Educativo: Los empleadores contribuyen con el 1.5% del salario de cada empleado. No hay un monto máximo imponible.
- Seguro de Riesgos Profesionales: Las tasas varían según la clasificación de riesgo de la industria, desde el 1% hasta el 7% del salario del empleado. El empleador paga el monto total.
Deducciones del Empleado
- Seguro Social: Se retiene el 9.75% del salario del empleado. No hay límite en el monto imponible.
- Impuesto de Seguro Educativo: Se retiene el 1.25% del salario del empleado. No hay un monto máximo imponible.
- Impuesto sobre la Renta: Se retiene basado en una escala progresiva que varía del 0% al 25%.
Impuestos Corporativos
- Impuesto sobre la Renta Corporativa (CIT): La tasa estándar es del 25% de los ingresos netos.
- Pagos Estimados de Impuestos: Pagaderos en tres cuotas—junio, septiembre y diciembre—con un pago final debido con la declaración anual (dentro de los 90 días posteriores al cierre del año fiscal, con una posible extensión de un mes).
- Impuesto sobre Remesas de Sucursales: 10%, agregado a la tasa estándar del CIT.
- Impuesto sobre Ganancias de Capital: Generalmente 10%. Se aplican reglas específicas a transacciones inmobiliarias, incluyendo un posible impuesto del 2% sobre transferencias inmobiliarias y un pago anticipado del 3% sobre el impuesto a la renta.
Administración y Cumplimiento Tributario
- Año Fiscal: Del 1 de enero al 31 de diciembre.
- Reporte de Nómina: El informe Lista de Empleados y Salarios Percibidos (Nómina 03) se debe entregar antes del 31 de mayo del año siguiente.
Otras Obligaciones del Empleador
- Cumplimiento del Salario Mínimo: Adherirse a las leyes de salario mínimo establecidas en Panamá.
- Pago de Horas Extras: Cumplir con las regulaciones sobre el cálculo y pago de horas extras.
- Tiempo Libre Pagado: Proveer el tiempo de vacaciones, licencias por enfermedad y días festivos legalmente mandatados.
- Bono del Décimo Tercer Mes: Un salario adicional mensual es habitual y, a menudo, requerido por ley o acuerdos colectivos.
Por favor, tenga en cuenta que esta información es actual al día de hoy, 5 de febrero de 2025, y puede cambiar debido a actualizaciones legislativas u otros factores.
En Panamá, tanto los empleadores como los empleados tienen obligaciones fiscales, incluyendo el impuesto sobre la renta, contribuciones a la seguridad social y el impuesto sobre seguro educativo.
Impuesto sobre la Renta
El impuesto sobre la renta en Panamá se aplica a residentes y no residentes, con tasas que dependen de los niveles de ingreso. Los primeros US$11,000 de ingreso anual están exentos de impuestos. Las ganancias entre US$11,000 y US$50,000 se gravan a una tasa del 15%. Cualquier ingreso que exceda los US$50,000 se grava al 25%. A día de hoy, 5 de febrero de 2025, estas cifras están vigentes, pero pueden estar sujetas a cambios.
- Deducciones: Las parejas casadas que presentan una declaración conjunta pueden deducir US$800. Los pagos de intereses hipotecarios sobre propiedades en Panamá son deducibles hasta un máximo de US$15,000 anuales.
Impuesto de Seguridad Social
El impuesto de seguridad social es un componente clave de la red de seguridad social de Panamá, cubriendo bienestar, salud y otros programas. Tanto los empleadores como los empleados contribuyen a este sistema basado en la remuneración del empleado. Tenga en cuenta que, aunque se cree que esta información es precisa a día de hoy, las tasas y regulaciones pueden cambiar.
- Contribución del Empleado: Los empleados contribuyen con el 9.75% de su salario bruto.
- Contribución del Empleador: Los empleadores contribuyen con el 12.25% del salario bruto del empleado.
Impuesto sobre Seguro Educativo
Este impuesto apoya el sistema de educación pública de Panamá. Los empleadores retienen una parte del salario del empleado y contribuyen un porcentaje adicional.
- Contribución del Empleado: Los empleados contribuyen con el 1.25% de su salario.
- Contribución del Empleador: Los empleadores contribuyen un 1.5% adicional sobre la contribución del empleado.
Otros Impuestos y Consideraciones
- Impuesto al Valor Agregado (ITBMS): Panamá tiene un Impuesto al Valor Agregado (ITBMS) del 7%, que aumenta al 10% para alcohol y hoteles, y al 15% para tabaco.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles: Los propietarios en Panamá están sujetos a un impuesto sobre bienes inmuebles, con tasas que van del 1.75% al 2.1% del valor catastral de la propiedad.
- Impuesto sobre Ganancias de Capital: La transferencia de bienes raíces y valores está sujeta al impuesto sobre ganancias de capital. Las tasas y regulaciones específicas varían dependiendo de la naturaleza de la transacción.
- Impuesto de Retención: Panamá emplea un sistema de retención de impuestos sobre ciertos pagos, como dividendos, intereses, regalías y honorarios por servicios técnicos.
Es importante que tanto empleadores como empleados se mantengan actualizados sobre las últimas regulaciones fiscales en Panamá. Se recomienda consultar con un profesional en impuestos para obtener orientación personalizada.
En Panamá, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), conocido como ITBMS (Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios), se aplica a la venta de bienes, prestación de servicios e importaciones.
Tasas de IVA
- Tasa Estándar: 7% se aplica a la mayoría de los bienes y servicios.
- Tasas Mayores: 10% en bebidas alcohólicas y alojamientos en hoteles; 15% en productos de tabaco.
- Tasa Cero: 0% se aplica a exportaciones, ciertos productos alimenticios, medicamentos y productos farmacéuticos. Los exportadores pueden recuperar el ITBMS pagado en insumos.
Registro
- Umbral: Las empresas cuyo ingreso bruto anual supere los US$36,000 deben registrarse para el ITBMS.
- Empresas No Residentes: No existe umbral; el registro es obligatorio al realizar cualquier suministro gravable en Panamá.
Presentación y Pago
- Frecuencia: Se requiere la presentación mensual para la mayoría de las empresas. Los profesionales que prestan servicios pueden optar por presentaciones trimestrales con la aprobación de la autoridad fiscal.
- Plazo: Las declaraciones y pagos del ITBMS deben realizarse antes del día 15 del mes siguiente al período de reporte.
- Método: Los métodos de presentación y pago son tanto en papel como en línea después de solicitar y recibir un ID NIT para los procedimientos fiscales en línea.
Bienes y Servicios Exentos
Ciertos bienes y servicios están total o parcialmente exentos del ITBMS. Los suministros parcialmente exentos a menudo no permiten recuperar el ITBMS de insumos.
- Exenciones Totales: Exportaciones, productos alimenticios básicos, medicinas, periódicos, combustibles (excluyendo aceites y lubricantes). Materiales educativos como libros, cuadernos y lápices. Transacciones dentro de zonas francas y algunos depósitos aduaneros.
- Exenciones Parciales: Cuidado de la salud, educación (además de los suministros exentos listados), electricidad, seguros y servicios financieros.
Retención de IVA
Panamá utiliza un sistema de retención en ciertas situaciones. Las entidades gubernamentales y los grandes contribuyentes (compras gravables anuales que exceden los US$5 millones) actúan como agentes de retención. Estos agentes son responsables de deducir un porcentaje del ITBMS en las facturas de sus proveedores y remitirlo directamente a las autoridades fiscales, específicamente el 50% del monto del ITBMS facturado.
Facturación
- Requisitos: Las facturas en papel son obligatorias, incluyendo los detalles del proveedor y cliente, números de impuestos, fecha del suministro, número único de factura, descripción, montos convertidos (si están en moneda extranjera), tasa de IVA, monto cobrado y monto bruto.
- Facturación Electrónica: La factura electrónica no es actualmente obligatoria, pero se reconoce como una herramienta valiosa y está bajo consideración para el futuro.
- Prescripción del ITBMS: Cinco años desde el último día del mes en que venció el impuesto.
- ID de Contribuyente (RUC): Al registrarse, las empresas reciben un número de identificación fiscal único (RUC - Registro Único de Contribuyentes), crucial para todas las actividades relacionadas con impuestos.
Nota: Esta información es actual al 5 de febrero de 2025 y podría estar sujeta a cambios en las regulaciones fiscales panameñas. Se recomienda consultar con un asesor fiscal para situaciones específicas.
Panamá ofrece una variedad de incentivos fiscales diseñados para atraer inversión y estimular el crecimiento económico. Estos incentivos varían dependiendo de la industria específica, ubicación y actividad.
Incentivos Fiscales Corporativos
- Régimen EMMA: Las empresas con licencia EMMA que operan en áreas económicas especiales designadas se benefician de una tasa preferencial de impuesto sobre la renta corporativa del 5% en actividades relevantes.
- Régimen de Zona Franca: Los negocios en Zonas Francas designadas, como la Zona Libre de Colón, están exentos del impuesto sobre la renta sobre las ganancias generadas por ventas a países extranjeros.
- Área Económica Especial Panamá Pacífico: La Ley 41 de 2004 ofrece beneficios fiscales, incluyendo exenciones de impuestos indirectos (aranceles de importación, transferencias de bienes muebles, prestación de servicios, etc.) y algunos impuestos directos para actividades incentivadas específicas. Las actividades incentivadas incluyen sedes y servicios para empresas multinacionales, operaciones de back-office, centros de llamadas, procesamiento de datos y servicios de información digital, e investigación y desarrollo.
- Ciudad del Saber: Las empresas que operan dentro de esta área están exentas del impuesto sobre la renta, aranceles de importación e ITBMS (Impuesto sobre el Valor Agregado).
- Régimen de Sedes de Empresas Multirregionales (SEM): La Ley 41 de 2007 proporciona beneficios fiscales, incluyendo exenciones tanto para la empresa como para los empleados extranjeros que trabajan exclusivamente para la entidad SEM.
- Incentivos Turísticos (Ley 122 de 2019, extendida hasta el 31 de diciembre de 2025): Los inversionistas que desarrollan productos turísticos son elegibles para créditos fiscales. Esto incluye la promoción de la construcción de marinas, muelles, aeropuertos e instalaciones para turismo médico y actividades al aire libre. Los beneficios incluyen exoneración de impuestos de importación para productos de construcción (hasta cinco años) y productos operativos (hasta diez años), exoneración de impuestos sobre edificaciones hoteleras (hasta 15 años), exoneración de impuestos sobre inversiones en aeropuertos y muelles (15 años), exoneraciones del impuesto sobre la renta, entre otros.
Otros Incentivos Fiscales
- Agricultura: Los ingresos provenientes de actividades agrícolas están exentos del impuesto sobre la renta si los ingresos brutos anuales son menores a USD 350,000.
- Pequeñas Empresas: Las pequeñas empresas (excluyendo aquellas que requieren una licencia de operación comercial) están exentas de impuestos sobre dividendos y complementarios.
Exenciones Fiscales y Tarifas Reducidas para Actividades Específicas
Ciertas actividades pueden calificar para exenciones del impuesto sobre la renta, ITBMS, y otros impuestos, así como tarifas reducidas del impuesto sobre dividendos.
Sistema de Impuestos Territoriales
Panamá opera un sistema de impuestos territoriales. Los ingresos generados fuera de Panamá generalmente no están sujetos al impuesto sobre la renta panameño, lo que lo hace atractivo para inversionistas y negocios internacionales.
Por favor, tenga en cuenta que esta información es vigente al 5 de febrero de 2025, y puede estar sujeta a cambios. Es esencial consultar con un asesor fiscal para obtener la información más actualizada y específica sobre incentivos fiscales en Panamá.