Establecer relaciones laborales conformes en México requiere un conocimiento exhaustivo de las leyes laborales del país, principalmente regidas por la Ley Federal del Trabajo - LFT. Un acuerdo de empleo bien redactado es fundamental, ya que funciona como el documento legal que detalla los términos y condiciones del empleo, protegiendo tanto al empleador como al empleado. Garantizar que estos acuerdos cumplan con todos los requisitos legales es crucial para evitar disputas y sanciones potenciales.
Tipos de acuerdos de empleo
La ley mexicana reconoce diferentes tipos de acuerdos de empleo basados principalmente en su duración. El tipo más común y legalmente preferido es el contrato de plazo indefinido. Los contratos de plazo fijo y por temporada también están permitidos, pero están sujetos a condiciones y limitaciones específicas.
| Tipo de Contrato | Descripción | Condiciones para su Uso |
| Plazo Indefinido | Sin una fecha de finalización especificada. Este es el tipo estándar y predeterminado de contrato. | Aplicable a funciones permanentes y actividades comerciales regulares. Se asume si no se acuerda explícitamente otro tipo. |
| Plazo Fijo | Con una fecha de finalización específica. | Solo permitido para necesidades temporales y específicas, como sustituir a otro empleado o para un proyecto concreto. No puede usarse para funciones permanentes. Duración limitada. |
| Por Temporada | Para trabajos que son permanentes pero discontinuos, realizados solo durante ciertas temporadas o periodos del año. | Aplicable a industrias o funciones con periodos predecibles y recurrentes de alta actividad (por ejemplo, turismo, agricultura). |
Los contratos de plazo fijo no pueden usarse para cubrir puestos permanentes ni renovarse repetidamente para evitar establecer una relación indefinida, ya que esto puede llevar a que las autoridades laborales reclasifiquen el contrato como indefinido.
Cláusulas esenciales en los contratos de empleo
La Ley Federal del Trabajo especifica la información obligatoria que debe incluirse en todo contrato de empleo por escrito para que sea considerado válido y completo. Omitir cualquiera de estos elementos puede invalidar el contrato.
Las cláusulas esenciales incluyen:
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Nombre completo, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del empleado y del empleador.
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Si el contrato es para un proyecto específico, un plazo fijo o un plazo indefinido.
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Los servicios específicos a ser prestados, descritos de la manera más clara posible.
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El lugar o lugares donde se realizará el trabajo.
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El horario de trabajo (diario y semanal).
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La forma y monto del salario.
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El día y lugar de pago del salario.
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Indicación de que el empleado será capacitado conforme a los planes y programas del empleador.
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Otras condiciones laborales, como días de descanso, días festivos, vacaciones y otros beneficios acordados por las partes.
Estas cláusulas aseguran que los aspectos fundamentales de la relación laboral estén claramente definidos y documentados, alineados con los requisitos legales.
Periodos de prueba
La ley laboral mexicana permite incluir un periodo de prueba al inicio de la relación laboral. Su propósito es que el empleador verifique que el empleado cumple con los requisitos y posee las habilidades necesarias para el puesto, y que el empleado evalúe si el trabajo cumple con sus expectativas.
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La duración máxima para un periodo de prueba estándar es de 30 días.
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Para empleados en funciones directivas, gerenciales o administrativas, o aquellos que realizan trabajos altamente especializados, el periodo de prueba puede extenderse hasta 180 días.
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El periodo de prueba debe pactarse expresamente por escrito en el contrato de empleo.
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Durante el periodo de prueba, la relación laboral puede terminarse sin responsabilidad para el empleador si éste determina que el empleado no cumple con las habilidades o aptitudes requeridas, siempre que se considere la opinión de la Comisión Mixta de Capacitación y Productividad.
Si el empleado supera con éxito el periodo de prueba, la relación laboral continúa por la duración pactada (si es a plazo fijo) o de manera indefinida (si es plazo indefinido), sumando el tiempo en el periodo de prueba para efectos de antigüedad.
Cláusulas de confidencialidad y no competencia
Los empleadores suelen buscar proteger sus intereses comerciales mediante cláusulas de confidencialidad y no competencia. En México, la aplicabilidad de dichas cláusulas, especialmente los acuerdos de no competencia después de la terminación, está limitada por el derecho constitucional a la libertad de profesión y trabajo.
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Cláusulas de Confidencialidad: Acuerdos que exigen a los empleados mantener la confidencialidad de la información de la empresa durante y después del empleo, generalmente son ejecutables, siempre que sean razonables en alcance, duración y tipo de información cubierta. Deben proteger intereses comerciales legítimos (por ejemplo, secretos comerciales, datos propios).
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Cláusulas de No Competencia (Post-terminación): Aquellas que restringen que un empleado trabaje para un competidor o inicie un negocio en competencia después de terminar su relación laboral, generalmente se consideran inaplicables en México. Los tribunales suelen ver estas restricciones como vulnerando el derecho constitucional del empleado a trabajar. Aunque puedan incluirse en los contratos, es poco probable que sean respaldadas por los tribunales laborales si se disputan por el empleado. Las cláusulas de no competencia durante el empleo sí son generalmente permitidas, ya que se relacionan con el deber de lealtad del empleado.
Debido a los desafíos en la aplicación de cláusulas de no competencia post-terminación, los empleadores suelen apoyarse más en acuerdos de confidencialidad robustos y la protección de la propiedad intelectual.
Modificación y terminación del contrato
Cualquier modificación a los términos y condiciones esenciales de un contrato de empleo, como salario, horario o funciones del puesto, generalmente requiere el consentimiento mutuo por escrito de ambas partes, empleador y empleado. Los cambios unilaterales por parte del empleador generalmente no son permitidos, a menos que la ley o un acuerdo de negociación colectiva los autoricen en ciertos casos.
La terminación de un contrato de empleo en México puede ocurrir por varias vías:
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Consentimiento Mutuo: Ambas partes acuerdan por escrito finalizar la relación.
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Renuncia: El empleado termina voluntariamente el contrato.
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Terminación con Justa Causa: El empleador termina el contrato por causas específicas listadas en el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (por ejemplo, deshonestidad, insubordinación, ausencias excesivas, daño a bienes de la empresa). Requiere notificación por escrito detallando la causa y la fecha de terminación, y su registro ante el tribunal laboral competente (o el Centro Federal/local de Conciliación y Registro Laboral, según corresponda), si no se puede entregar directamente al empleado, conservando prueba de ello. (Las referencias a las antiguas "Juntas de Conciliación y Arbitraje" solo aplican a casos antiguos iniciados bajo el sistema previo a la reforma).
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Terminación sin Justa Causa (Despido Injustificado): Si el empleador termina un empleado por motivos no listados en el Artículo 47, o no sigue el procedimiento correcto para la terminación con causa justificada, el despido se considera injustificado. En estos casos, el empleado tiene derecho a una indemnización sustancial, que generalmente incluye tres meses de salario, 20 días de salario por cada año de servicio y una prima de antigüedad (12 días de salario por año, con tope).
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Terminación por Caso Fortuito o Cierre de Empresa: Se aplican reglas específicas en estos escenarios menos frecuentes.
El cumplimiento estricto de los fundamentos legales y procedimientos para la terminación es fundamental. La inobservancia casi siempre resulta en responsabilidad del empleador por indemnización por despido injustificado.
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