Operar en Haití requiere una comprensión exhaustiva del panorama fiscal local, que abarca obligaciones tanto para los empleadores como para los empleados. El sistema implica contribuciones a fondos de seguridad social y la retención del impuesto sobre la renta de los salarios de los empleados. Navegar estas obligaciones con precisión es crucial para que las empresas aseguren el cumplimiento y eviten posibles sanciones.
Los empleadores que operan en Haití son responsables de gestionar y remitir diversos impuestos y contribuciones en nombre de sus empleados. Esto incluye contribuciones a los esquemas nacionales de seguridad social y fondos de capacitación profesional, calculados en base a los salarios de los empleados. Estas obligaciones del empleador son distintas de las cantidades retenidas de los salarios de los empleados, pero forman parte del costo de empleo en general.
Obligaciones de Seguridad Social del Employer of Record y Impuesto sobre la Nómina
Los empleadores en Haití deben contribuir a varios programas sociales. Las principales contribuciones se realizan a la Oficina Nacional de Seguro de Vejez (ONA) y al Instituto Nacional de Capacitación Profesional (INFP). Estas contribuciones generalmente se calculan como un porcentaje del salario bruto del empleado, hasta un cierto límite. Tanto los empleadores como los empleados contribuyen a la ONA, mientras que las contribuciones al INFP son principalmente responsabilidad del empleador.
Aquí están las tasas de contribución típicas:
| Tipo de contribución | Tasa del empleador | Tasa del empleado | Base de cálculo |
|---|---|---|---|
| ONA | [Tasa ONA del Empleador]% | [Tasa ONA del Empleado]% | Salario Bruto (hasta el límite) |
| INFP | [Tasa INFP del Empleador]% | 0% | Salario Bruto (hasta el límite) |
Nota: Es posible que apliquen límites específicos para las contribuciones a la ONA y al INFP, y estos están sujetos a revisión periódica.
Estas contribuciones deben calcularse y pagarse mensualmente a las entidades gubernamentales correspondientes.
Requisitos de Retención del Impuesto sobre la Renta
Los empleadores están obligados a retener el impuesto sobre la renta (Impôt sur le Revenu - IR) de los salarios de sus empleados bajo el sistema de Pague Como Gana (PAYE). La cantidad de impuesto a retener depende del ingreso gravable del empleado, que se calcula considerando cualquier deducción o asignación aplicable. Haití emplea un sistema de tasas progresivas, lo que significa que los niveles de ingreso más altos se gravan a tasas superiores.
Se espera que las tasas del impuesto sobre la renta para 2025 sigan un sistema de tramos basado en el ingreso gravable anual. Los empleadores suelen calcular la retención mensual en base a los tramos fiscales anuales divididos entre doce.
Aquí un ejemplo de posibles tramos del impuesto sobre la renta (las tasas y los umbrales están sujetos a confirmación oficial para 2025):
| Ingreso gravable anual (HTG) | Tasa de impuestos |
|---|---|
| Hasta [Umbral 1] | 0% |
| [Umbral 1] a [Umbral 2] | [Tasa 1]% |
| [Umbral 2] a [Umbral 3] | [Tasa 2]% |
| [Umbral 3] en adelante | [Tasa 3]% |
Los empleadores deben calcular con precisión la retención mensual de impuestos para cada empleado y remitir las cantidades recaudadas a la Dirección General de Impuestos (DGI) antes de la fecha límite.
Deducciones y Asignaciones en el Impuesto sobre la Renta
Los empleados en Haití pueden ser elegibles para ciertas deducciones y asignaciones que reducen su ingreso gravable antes de aplicar el cálculo del impuesto sobre la renta. Aunque los detalles específicos pueden variar, las asignaciones comunes podrían incluir una asignación personal básica. Las deducciones por ciertas contribuciones sociales obligatorias, como la parte del empleado en las contribuciones a la ONA, suelen ser deducibles a efectos del impuesto sobre la renta.
La naturaleza exacta y los montos de estas deducciones y asignaciones están definidos por la ley fiscal haitiana y deben ser aplicados por el empleador al calcular el ingreso mensual gravable del empleado para la retención.
Plazos de Cumplimiento y Reporte Fiscal
Cumplir con los plazos estrictos es esencial para el cumplimiento fiscal en Haití. Los empleadores tienen obligaciones mensuales tanto en contribuciones a la seguridad social (ONA, INFP) como en retenciones de impuesto sobre la renta (IR).
- Presentaciones y pagos mensuales: Típicamente, las declaraciones y pagos mensuales tanto de impuestos sobre la nómina (ONA, INFP) como de la retención del impuesto sobre la renta (IR) deben hacerse antes del 15° día del mes siguiente. Por ejemplo, los impuestos retenidos y las contribuciones correspondientes a enero deben presentarse y pagarse antes del 15 de febrero.
- Informe anual: Los empleadores también están obligados a presentar declaraciones anuales que resumen la remuneración total pagada a los empleados y los impuestos retenidos y contribuciones realizadas durante el año calendario. La fecha límite para este informe anual suele ser unos meses después del fin del año fiscal (31 de diciembre).
El incumplimiento de estos plazos puede resultar en sanciones, intereses y posibles auditorías por parte de las autoridades fiscales.
Consideraciones fiscales especiales para Trabajadores y Empresas Extranjeras
Las personas extranjeras que trabajan en Haití y las empresas extranjeras que emplean personal allí enfrentan consideraciones fiscales específicas. Los individuos no residentes pueden estar sujetos a impuestos sobre la renta en sus ingresos de fuente haitiana, posiblemente a tasas diferentes o con reglas distintas de retención en comparación con los residentes. La determinación de residencia a efectos fiscales se basa en factores definidos por la ley haitiana.
Las empresas extranjeras sin un establecimiento permanente en Haití, pero que emplean personal local, aún pueden tener obligaciones como empleador, a menudo requiriendo registro con las autoridades haitianas relevantes (DGI, ONA, INFP) para cumplir con responsabilidades en impuestos sobre la nómina y retenciones. Las empresas también deben considerar las implicaciones de cualquier tratado de doble imposición existente, aunque Haití tiene un número limitado de estos acuerdos. Entender estos requisitos específicos es vital para que las entidades extranjeras operen de manera compliant.
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