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GuyanaDetalles de Obligaciones Fiscales

Descubra las responsabilidades fiscales de empleadores y empleados en Guyana

Responsabilidades fiscales del empleador

En Guyana, los empleadores enfrentan varias obligaciones fiscales, incluyendo el impuesto sobre la renta, las contribuciones al seguro nacional y los impuestos corporativos.

Impuesto sobre la Renta (PAYE)

  • Tasas: A partir del 1 de enero de 2025, las tasas del impuesto sobre la renta son del 25% sobre ingresos imponibles de hasta GYD 260,000 por mes y del 35% sobre ingresos que superen este umbral.
  • Deducciones: Se puede deducir una asignación personal, equivalente a GYD 130,000 por mes o un tercio del salario del empleado (el que sea mayor). Las contribuciones al seguro nacional y las primas de seguro de vida/médico (hasta el menor entre el 10% de los ingresos o GYD 30,000 por mes) también son deducibles.
  • Sistema PAYE: Los empleadores retienen el impuesto sobre la renta bajo el sistema Pague-Según-Gane (PAYE).
  • Devoluciones y Pagos: Las devoluciones y pagos del PAYE deben realizarse antes del día 14 del mes siguiente. Las declaraciones anuales del impuesto sobre la renta deben presentarse antes del 30 de abril del año siguiente.

Esquema Nacional de Seguro (NIS)

  • Tasas: Los empleadores contribuyen con un 8.4% de las ganancias asegurables, mientras que los empleados contribuyen con un 5.6%. El límite de las ganancias asegurables es de GYD 280,000 por mes.
  • Pago: Las contribuciones al NIS deben realizarse antes del día 15 del mes siguiente.

Impuesto Corporativo

  • Tasas: La tasa del impuesto corporativo es generalmente del 40% de las ganancias imponibles para las empresas comerciales y del 25% para las empresas no comerciales, pero puede variar dependiendo de la naturaleza del negocio.
  • Pagos: Los impuestos corporativos se pagan en cuotas trimestrales el 15 de marzo, el 15 de junio, el 15 de septiembre y el 15 de diciembre del año fiscal. Cualquier saldo restante debe pagarse antes del 30 de abril del año siguiente.
  • Devoluciones: Las declaraciones del impuesto corporativo, junto con los estados financieros auditados, deben presentarse antes del 30 de abril posterior al cierre del año contable.

Otros Impuestos

  • Impuesto sobre Ganancias de Capital: Se aplica un impuesto del 20% sobre las ganancias netas imponibles.
  • Impuesto sobre la Propiedad: Las tasas son escalonadas, comenzando con un 0% para los primeros GYD 40,000,000, luego un 0.50% sobre los siguientes GYD 20,000,000, y un 0.75% sobre el monto restante.
  • Impuesto de Retención: Se aplica una tasa del 20% a fuentes de ingresos específicas, incluyendo dividendos, intereses, regalías y honorarios de gestión.

Esta información es vigente a partir del 5 de febrero de 2025 y puede estar sujeta a cambios. Se recomienda consultar con un asesor fiscal para obtener las regulaciones más recientes y orientación personalizada.

Deducciones fiscales del empleado

En Guyana, las deducciones de impuestos de los empleados, conocidas como Pay As You Earn (PAYE), se calculan en función de los ingresos brutos del empleado y varias deducciones y asignaciones.

Umbral y Tasas de Impuesto

  • Umbral de Impuestos: El umbral de ingresos mensual exento de impuestos es de GYD 130,000, lo que significa que las ganancias hasta esta cantidad no son gravadas. Anualmente, esto equivale a un ingreso libre de impuestos de GYD 1,560,000.
  • Bandas y Tasas de Impuesto: Un sistema escalonado está en vigor a partir del 1 de enero de 2025:
    • Primera Banda: Hasta GYD 260,000 mensuales (GYD 3,120,000 anualmente) se grava al 25%.
    • Segunda Banda: Los ingresos que excedan GYD 260,000 mensuales (GYD 3,120,000 anualmente) se gravan al 35%.

Asignaciones y Deducciones

  • Asignación Personal: Se aplica una asignación personal anual de GYD 1,200,000. Esto se considera al determinar el ingreso imponible. Los contribuyentes pueden reclamar el mayor del umbral de GYD 1,560,000 o 1/3 de su ingreso imponible.
  • Alivio para Horas Extra y Segundo Empleo: Los primeros GYD 50,000 ganados mensualmente por horas extra o un segundo empleo están exentos de impuestos.
  • Deducción por Hijo: Está disponible una deducción mensual de GYD 10,000 por hijo. Solo uno de los padres puede reclamar esta deducción por cada hijo.
  • No hay deducciones de gastos laborales disponibles contra el ingreso del empleo.

Esquema Nacional de Seguro (NIS)

  • Contribuciones del Empleado y del Empleador: Tanto los empleados como los empleadores contribuyen al NIS. Se aplican tasas específicas en función de las ganancias.
  • Tope de Ganancias: Las contribuciones son pagaderas hasta un límite especificado de ganancias mensuales y semanales.

Procedimientos y Plazos de PAYE

  • Responsabilidad del Empleador: Los empleadores son responsables de deducir el PAYE de los salarios de los empleados y remitirlo a la Autoridad Tributaria de Guyana (GRA).
  • Fecha Límite de Remesa: Los impuestos retenidos deben ser remitidos antes del 14 del mes siguiente al pago del ingreso del empleo.
  • Declaraciones Anuales de Impuestos: Los empleados deben presentar sus declaraciones anuales de impuestos antes del 30 de abril del año siguiente.

Ejemplo

Aquí hay un ejemplo simplificado asumiendo valores mensuales. Este escenario no representa todos los casos individuales posibles y puede no incluir otros gastos deducibles.

Escenario: Un empleado gana un salario mensual de GYD 300,000, trabaja horas extra ganando un adicional de GYD 60,000 y tiene un hijo.

Cálculo:

  1. Ingreso Bruto: GYD 300,000 (salario) + GYD 60,000 (horas extra) = GYD 360,000

  2. Alivio por Horas Extra: Los primeros GYD 50,000 de horas extra están exentos de impuestos, por lo que GYD 10,000 es horas extra gravables.

  3. Ingreso Imponible: GYD 300,000 (salario) + GYD 10,000 (horas extra gravables) - GYD 10,000 (deducción por hijo) = GYD 300,000

  4. Cálculo de Impuestos: En este escenario y con el propósito de demostrar las bandas de impuestos, asumamos que 1/3 del ingreso imponible es mayor que el umbral de GYD 130,000. Por tanto, los primeros GYD 100,000 serán libres de impuestos basados en el 1/3 del ingreso imponible, y la cantidad restante (GYD 200,000) está sujeta a impuestos. Los primeros GYD 260,000 estarían sujetos a la tasa impositiva del 25%, pero en nuestro escenario, GYD 200,000 cae dentro de este tramo impositivo. Por lo tanto, GYD 200,000 x 25% = GYD 50,000 (impuesto a pagar por esta banda).

Esta información es vigente al 5 de febrero de 2025 y está sujeta a cambios. Siempre consulte con un profesional de impuestos para obtener asesoramiento personalizado.

IVA

En Guyana, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se aplica a una tasa estándar del 14% sobre la mayoría de los bienes y servicios.

Tasas de IVA

  • Tasa Estándar: 14% en bienes y servicios gravables.
  • Tasa Cero: 0% en exportaciones, ciertos suministros médicos y otros bienes y servicios especificados.
  • Exentos: Algunos bienes y servicios están completamente exentos del IVA, incluyendo oro y diamantes extraídos localmente, servicios educativos, alquiler residencial y servicios financieros y médicos específicos. Además, ciertos alimentos, productos de consumo y equipos para energía renovable están exentos.

Registro de IVA

Las empresas cuyo volumen de negocios imponible anual sea igual o superior a GYD 15,000,000 (aproximadamente USD 72,500) deben registrarse para el IVA. El registro voluntario es posible para empresas por debajo de este umbral si se cumplen criterios específicos.

Presentación y Pago del IVA

Las empresas registradas están obligadas a presentar declaraciones de IVA y remitir pagos antes del día 21 del mes siguiente al periodo de declaración. Las declaraciones pueden presentarse electrónicamente a través de eServices, utilizando formularios rellenables, o manualmente en las oficinas designadas de la Autoridad Tributaria de Guyana (GRA).

Bienes y Servicios Exentos

A partir del 5 de febrero de 2025, una variedad de bienes y servicios están exentos del IVA en Guyana, abarcando artículos esenciales y sectores específicos. A continuación, algunos ejemplos:

  • Alimentos Básicos: Muchos alimentos no cocidos, incluyendo carnes, pescado y aves frescos, refrigerados y congelados.
  • Suministros y Servicios Médicos: Servicios médicos, dentales, ópticos y paramédicos específicos.
  • Servicios Educativos: Servicios educativos privados.
  • Equipos para Energía Renovable: Maquinaria y equipos utilizados para generar electricidad a partir de fuentes renovables.
  • Ciertos Productos de Consumo: Pañales, toallas sanitarias, papel higiénico, jabón, fósforos y mosquiteros.
  • Otras Exenciones: Esta no es una lista exhaustiva y existen otras exenciones específicas para ciertos vehículos, equipos deportivos y artículos utilizados en diversas industrias como la pesca y la agricultura. Para una lista actualizada y completa, consulte los recursos oficiales de la GRA.

Cambios y Propuestas Recientes

El presupuesto de Guyana para 2025 propuso la eliminación del IVA en maquinaria agrícola y generadores de electricidad de respaldo. Se espera que estas propuestas impacten a las empresas que operan en esos sectores. Además, las tasas reducidas de impuesto sobre la renta personal y el aumento del umbral de impuesto sobre la renta también entraron en vigencia el 1 de enero de 2025. Es importante consultar los recursos oficiales más actualizados para conocer el estado actual de estas propuestas.

Incentivos fiscales

Guyana ofrece una gama de incentivos fiscales diseñados para estimular el crecimiento económico y atraer inversiones. A partir del 5 de febrero de 2025, estos incentivos abarcan diversos sectores, desde manufactura y agricultura hasta energía renovable y tecnología de la información.

Incentivos Fiscales Corporativos

  • Exenciones de Aranceles y IVA: Muchas plantas, maquinaria, equipos, materias primas y materiales de embalaje utilizados en la producción están exentos de aranceles y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esto se aplica tanto a fabricantes como a pequeñas empresas.
  • Compensación de Pérdidas: Las empresas pueden compensar pérdidas de años anteriores de manera indefinida para minimizar ganancias futuras, reduciendo su carga fiscal general.
  • Depreciación Acelerada: Las empresas pueden depreciar plantas y equipos a un ritmo acelerado, permitiéndoles deducir una mayor parte del costo del activo en los primeros años de uso y, por lo tanto, reducir su ingreso imponible.
  • Repatriación de Ganancias: No hay restricciones para repatriar capital, ganancias y dividendos obtenidos en Guyana, lo que lo hace atractivo para inversionistas extranjeros.
  • Deducciones por Investigación y Desarrollo: Los gastos incurridos en investigación científica relacionada con el negocio son deducibles de impuestos.
  • Exenciones Fiscales: Las empresas "pioneras" que participen en actividades consideradas de desarrollo y con riesgo pueden calificar para exenciones fiscales por hasta diez años, potencialmente extendiéndose más allá de diez años en circunstancias excepcionales. Estas actividades deben contribuir al desarrollo de los recursos de Guyana y beneficiar al país. Sin embargo, se excluyen las operaciones de minería de oro, diamantes y petróleo.

Zonas Especiales de Inversión

El gobierno planea establecer zonas especiales de inversión en todo el país con posibles incentivos libres de impuestos, comenzando en 2025, con el objetivo de impulsar la inversión local y extranjera y seguir creciendo la economía. Estas zonas tendrán regulaciones adaptadas para ajustarse a las características específicas de cada área, con un enfoque en estimular el crecimiento. Algunas de las zonas propuestas incluyen regiones como Lethem, Linden, Regiones Dos y Seis, así como las Zonas de Desarrollo de Enmore y Wales.

Impuesto sobre la Renta Personal

  • Umbral Impositivo: El umbral del impuesto sobre la renta ha sido incrementado a GYD $130,000 mensuales, eximiendo a los trabajadores con ingresos más bajos del pago de impuestos sobre la renta.
  • Tasa Reducida de Impuesto sobre la Renta: La tasa de impuesto sobre la renta personal se ha reducido al 25% para ingresos por encima del umbral.
  • Exención Fiscal para Horas Extra y Segundo Empleo: Los primeros GYD $50,000 de ingresos mensuales por trabajo extra o un segundo empleo están exentos de impuestos.

Otros Incentivos

  • Energía Renovable: Varios incentivos apoyan el sector de energía renovable, incluyendo exenciones de aranceles y IVA en equipos como paneles solares, turbinas eólicas y alumbrado eficiente. Se ofrece una exención de impuestos corporativos de dos años para importadores de equipos de energía eólica y solar. Además, se permite la autogeneración de energía renovable, y se está desarrollando un mecanismo de alimentación a la red para permitir que individuos y empresas vendan el exceso de energía renovable a la red nacional.

  • Incentivos Fiscales Relacionados con la Educación: El gobierno ha introducido varias iniciativas para estudiantes actuales y futuros, incluyendo el aumento de la Beca Estudiantil "Porque Nos Importa", ofreciendo vales para uniformes y aplicando deducciones fiscales de hasta 10,000 GYD por mes por hijo para un padre.

  • Matrícula de la Universidad de Guyana: Se han eliminado las cuotas de matrícula para los estudiantes matriculados en la Universidad de Guyana a partir de enero de 2025.

Es importante consultar fuentes gubernamentales oficiales y asesores fiscales para obtener la información más actualizada, completa y personalizada. Las leyes y regulaciones fiscales pueden ser complejas y sujetas a cambios. Aunque se cree que esta información es vigente a partir del 5 de febrero de 2025, los detalles específicos pueden evolucionar.

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