Gestionar las licencias y derechos de vacaciones de los empleados es un aspecto fundamental para asegurar el cumplimiento normativo y la satisfacción de los empleados cuando se opera en Chile. Entender los requisitos específicos establecidos por la legislación laboral chilena es esencial para las empresas que emplean personal local, ya sea mediante una presencia directa o a través de un Employer of Record. Estas regulaciones cubren diversos tipos de licencia, garantizando que los empleados reciban el tiempo libre requerido por ley para descanso, enfermedad, eventos familiares y observancias nacionales.
Navegar por las particularidades de la acumulación de vacaciones, los calendarios de días festivos, los procedimientos de licencia por enfermedad y los beneficios de licencia parental requiere atención cuidadosa a los detalles. La ley chilena proporciona directrices claras sobre los derechos mínimos, las obligaciones de pago y los procesos involucrados en la solicitud y aprobación de diferentes formas de licencia. Cumplir con estos estándares es clave para mantener el cumplimiento legal y fomentar una relación laboral positiva con los empleados en el país.
Licencia Anual de Vacaciones
En Chile, los empleados tienen derecho a una cantidad mínima de vacaciones anuales remuneradas, conocidas como "feriado anual". Este derecho se acumula con el tiempo y es un derecho fundamental para todos los trabajadores bajo contratos laborales estándar.
- Derecho Mínimo: Los empleados tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones anuales remuneradas por año después de completar un año de servicio con el mismo empleador.
- Acumulación: El derecho a las vacaciones se acumula proporcionalmente durante el primer año de servicio, pero solo puede tomarse una vez completado el año completo. Después del primer año, los 15 días hábiles se acumulan anualmente.
- Cálculo: Los días hábiles excluyen domingos y días festivos.
- Acumulación: Los empleados pueden acumular hasta dos períodos de vacaciones anuales (30 días hábiles). Los días de vacaciones que excedan este límite deben tomarse antes de que finalice el período en que se acumulen.
- Acuerdo: La fecha de las vacaciones debe acordarse entre el empleador y el empleado. Si no hay acuerdo, generalmente, el empleador tiene el derecho de determinar el período, siempre que esté dentro del marco legal y el empleado haya completado el período de servicio requerido.
- Pago: El empleado debe recibir su salario habitual durante el período de vacaciones. Además, puede estipularse un bono de vacaciones ("bono de vacaciones") en acuerdos colectivos o contratos individuales, aunque no es un requisito legal.
Los empleados que trabajan en regiones con acceso difícil o condiciones climáticas específicas (Regiones XI, XII y la Provincia de Palena en la Región X) tienen derecho a 20 días hábiles de vacaciones anuales por año.
Días Festivos
Chile celebra varios días festivos a lo largo del año. Los empleados generalmente tienen derecho a un día libre pagado en estas fechas. Si un empleado debe trabajar en un día festivo, usualmente tiene derecho a un pago adicional, a menudo doble de su salario regular, dependiendo del sector y las circunstancias específicas.
Aquí una lista de los feriados anticipados en Chile para 2026:
| Fecha | Nombre del Feriado |
|---|---|
| 1 de enero | Año Nuevo |
| 3 de abril | Viernes Santo |
| 4 de abril | Sábado Santo |
| 1 de mayo | Día del Trabajador |
| 21 de mayo | Día de la Armada |
| 21 de junio | Fiesta Nacional de los Pueblos Indígenas |
| 29 de junio | Día de San Pedro y San Pablo |
| 16 de julio | Nuestra Señora del Carmen |
| 15 de agosto | Asunción de la Virgen |
| 18 de septiembre | Día de la Independencia Nacional |
| 19 de septiembre | Día del Ejército |
| 12 de octubre | Día del Descubrimiento de Dos Mundos |
| 31 de octubre | Día de la Reforma |
| 1 de noviembre | Día de Todos los Santos |
| 8 de diciembre | Inmaculada Concepción |
| 25 de diciembre | Navidad |
Nota: Algunos feriados pueden trasladarse a lunes si caen en fin de semana, o el gobierno puede declarar días "puente" adicionales que no son laborables, aunque esto no está garantizado.
Licencia por Enfermedad
Los empleados en Chile tienen derecho a licencia por enfermedad cuando no pueden trabajar debido a una enfermedad o lesión. Esta licencia está respaldada por un certificado médico ("licencia médica").
- Certificación: La licencia médica debe ser certificada por un profesional de la salud registrado (médico, dentista o matrona). El certificado especifica la duración de la licencia.
- Pago: Durante la licencia por enfermedad, los empleados reciben un subsidio por incapacidad temporal ("subsidio por incapacidad laboral"). Este subsidio lo paga la aseguradora de salud del trabajador (FONASA, el sistema público, o una ISAPRE, un sistema privado) o la institución de seguridad social correspondiente, no directamente el empleador.
- Plazo de Espera: Generalmente, no hay período de espera para el pago del subsidio por licencias de más de 10 días. Para licencias de 10 días o menos, el subsidio se paga a partir del cuarto día, es decir, los primeros tres días son no remunerados, salvo acuerdo en contrario en convenio colectivo o contrato individual.
- Responsabilidad del Empleador: La principal responsabilidad del empleador es tramitar el certificado médico y enviarlo a la institución de salud o seguridad social correspondiente dentro del plazo requerido. Además, debe seguir pagando las cotizaciones previsionales durante el período de licencia.
- Duración: La duración de la licencia por enfermedad la determina el certificado médico. Existen límites en la duración máxima de licencias continuas o acumuladas que pueden ser subsidiadas, tras lo cual puede requerirse una evaluación de incapacidad.
Licencia Parental
La legislación chilena ofrece beneficios amplios de licencia parental, enfocados principalmente en la licencia de maternidad, pero también incluyendo licencia de paternidad y adopción.
- Licencia de Maternidad ("Descanso de Maternidad"):
- Consiste en 6 semanas (42 días) antes de la fecha prevista de parto y 12 semanas (84 días) después del nacimiento.
- La duración total es de 18 semanas (126 días).
- Durante este período, la empleada recibe un subsidio pagado por el sistema de seguridad social, calculado en función de su renta media.
- Permiso Postnatal Parental ("Permiso Postnatal Parental"):
- Es una extensión de la licencia de maternidad que puede tomarse después de las 12 semanas iniciales posnatal.
- La madre puede optar por:
- Tomar 12 semanas a tiempo completo, recibiendo un subsidio basado en su renta media completa (con tope).
- Tomar 18 semanas a tiempo parcial (trabajando medio día), recibiendo un subsidio por medio día no trabajado (con tope).
- Esta licencia puede transferirse parcial o completamente al padre.
- Licencia de Paternidad ("Permiso Paternal"):
- Los padres tienen derecho a 5 días hábiles de licencia pagada al nacimiento de un hijo. Esta licencia puede tomarse de forma continua desde el día del nacimiento o distribuirse durante el primer mes posterior al nacimiento.
- Esto es independiente de la posibilidad del padre de tomar la Licencia Postnatal Parental transferida por la madre.
- Licencia por Adopción:
- Los empleados que adoptan un niño menor de 18 años tienen derecho a licencia por adopción, equivalente a la licencia postnatal (12 semanas) y la licencia parental postnatal (12 o 18 semanas), desde la fecha en que el niño es entregado por orden judicial.
- Se aplican las mismas reglas de subsidio y transferencia que para padres biológicos.
- Licencia de Cuidado Infantil ("Permiso de Alimentación"):
- Las madres tienen derecho a dos horas diarias para alimentar a su hijo hasta que alcance los 2 años de edad. Este tiempo puede tomarse de diferentes formas (por ejemplo, una hora dos veces al día, dos horas seguidas o llegando más tarde/saliedo antes) por acuerdo con el empleador. Este derecho también puede transferirse al padre.
Otros Tipos de Licencia
Más allá de las categorías principales, la legislación laboral chilena y la práctica habitual reconocen otros tipos de licencia para circunstancias específicas.
- Licencia por Fallecimiento ("Permiso por Fallecimiento"):
- Los empleados tienen derecho a 7 días calendario de licencia pagada en caso de fallecimiento de un hijo o cónyuge.
- Tienen derecho a 3 días calendario de licencia pagada en caso de fallecimiento de un padre o hermano.
- Permiso por Unión Civil ("Permiso por Acuerdo de Unión Civil"):
- Los empleados tienen derecho a 5 días hábiles de licencia paga al formalizar una unión civil.
- Permiso de Estudio:
- Aunque no es un derecho legal para todos los empleados, en algunos casos puede concederse mediante acuerdos colectivos, contratos individuales o política del empleador.
- Permiso sabático:
- Similar al permiso de estudio, no es un derecho estatutario, pero puede ofrecerlo el empleador, particularmente en ámbitos académicos o de investigación, o negociarlo en convenios colectivos.
- Permiso Sindical ("Permiso Sindical"):
- Los dirigentes sindicales tienen derecho a un número determinado de horas de licencia pagada por semana o mes para desempeñar funciones sindicales, según lo estipulado por ley y convenios colectivos.
- Permiso por Jurado o Testimonio en Tribunales:
- Los empleados tienen derecho a tiempo libre pagado necesario para cumplir con obligaciones cívicas, como participar en un jurado o testificar en un tribunal.
Comprender e implementar correctamente estas diversas políticas de licencia es crucial para el cumplimiento y una gestión eficiente de la fuerza laboral en Chile.
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