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Impuestos en Chile

Obligaciones fiscales detalladas

Infórmese sobre las regulaciones fiscales para empleadores y empleados en Chile

Chile taxes overview

Navegar por las complejidades de la nómina y los impuestos laborales es un aspecto crítico para operar en cualquier país, y Chile presenta su propio marco específico que los empleadores deben entender. El sistema tributario chileno, supervisado principalmente por el Servicio de Impuestos Internos (SII), requiere un cumplimiento diligente por parte de entidades locales y extranjeras que emplean a individuos en el país. Los empleadores son responsables de calcular, retener y remitir varios impuestos y aportes de seguridad social en nombre de sus empleados.

Comprender estas obligaciones es esencial para garantizar el cumplimiento legal, evitar sanciones y mantener operaciones fluidas. Esto incluye entender las particularidades de los aportes a la seguridad social, la retención del impuesto a la renta, las deducciones disponibles para empleados y los procedimientos y plazos de reporte necesarios.

Obligaciones del Employer de Record y del impuesto a la nómina

Los empleadores en Chile son responsables de contribuir a varios fondos de seguridad social en nombre de sus empleados. Estas contribuciones cubren pensiones, seguros de salud, seguro de desempleo y seguros de accidentes laborales y enfermedades profesionales. La base de cálculo para estas contribuciones suele ser el salario mensual bruto, hasta un límite máximo legal (tope imponible), que se ajusta anualmente.

Las principales contribuciones del empleador incluyen:

  • Fondo de pensiones (AFP): Aunque la mayor parte de la contribución de pensión es cubierta por el empleado (alrededor del 10% más una comisión), los empleadores pueden tener un pequeño coste administrativo dependiendo de la AFP específica.
  • Seguros de salud (FONASA o ISAPRE): Los empleados contribuyen con un 7% de su salario bruto. Los empleadores generalmente no realizan una contribución separada por salud, pero deben asegurar que la contribución del empleado se retenga y pague correctamente.
  • Seguro de desempleo (Seguro de Cesantía): Es una contribución compartida. Para empleados con contratos indefinidos, el empleador aporta el 2.4% del salario mensual, y el empleado el 0.6%. Para contratos a plazo fijo, el empleador aporta el 3% y el empleado 0%.
  • Seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Mutual de Seguridad): La responsabilidad exclusiva de esta contribución recae en el empleador. La tasa varía según la actividad económica y el nivel de riesgo de la empresa, usualmente entre 0.95% y más del 3%.

Estas contribuciones se calculan mensualmente sobre la base del sueldo tributable del empleado hasta el límite máximo asegurado.

Requisitos de retención del impuesto a la renta

Los empleadores deben retener el Impuesto Único de Segunda Categoría de los sueldos mensuales de sus empleados. Este es un impuesto progresivo aplicado a los ingresos derivados del trabajo dependiente. El impuesto se calcula sobre el sueldo mensual bruto del empleado después de deducir las contribuciones obligatorias de seguridad social (pensiones, salud y seguro de desempleo).

Las tasas impositivas se aplican según tramos de ingreso, que se expresan en Unidades Tributarias Mensuales (UTM). El valor de la UTM se ajusta mensualmente según la inflación. La tabla de impuestos para 2026 (basada en la estructura actual y valores proyectados) seguiría generalmente un esquema progresivo:

Ingreso Tributario Mensual (en UTM) Tasa de Impuesto Deducción (en UTM)
Hasta 13.5 UTM 0% 0
> 13.5 UTM a 30 UTM 4% Cantidad fija
> 30 UTM a 50 UTM 8% Cantidad fija
> 50 UTM a 70 UTM 13.5% Cantidad fija
> 70 UTM a 90 UTM 23% Cantidad fija
> 90 UTM a 120 UTM 30.4% Cantidad fija
Sobre 120 UTM 40% Cantidad fija

Nota: Los umbrales exactos en UTM, las tasas y los montos de deducción están sujetos a ajustes anuales y publicación oficial para 2026.

Los empleadores deben calcular la cantidad correcta de impuesto en función del ingreso tributable mensual del empleado y la tarifa del tramo correspondiente, reteniendo esa cantidad del sueldo neto que se paga al trabajador.

Deducciones y asignaciones de los empleados

Los empleados en Chile pueden beneficiarse de ciertas deducciones y asignaciones que reducen su ingreso tributable para el cálculo del Impuesto Único de Segunda Categoría. Las principales deducciones son las contributivas obligatorias de seguridad social:

  • Fondo de pensiones (AFP): Aproximadamente el 10% del salario bruto más la comisión de la AFP.
  • Seguros de salud (FONASA o ISAPRE): 7% del salario bruto.
  • Seguro de desempleo (Seguro de Cesantía): 0.6% del salario bruto en contratos indefinidos.

Estas contribuciones obligatorias se descuentan del salario bruto antes de calcular la base imponible para el impuesto a la renta.

Otras posibles deducciones o beneficios tributarios para empleados pueden incluir:

  • Ahorros previsionales voluntarios (APV): Las contribuciones a planes de ahorro previsional voluntario pueden ser elegibles para beneficios fiscales, ya sea como deducción de la base imponible o crediticio fiscal, dependiendo del régimen elegido.
  • Deducción por intereses hipotecarios: Bajo ciertas condiciones, una parte de los intereses pagados en créditos hipotecarios por la vivienda principal puede ser deducible.
  • Gastos en educación: Existe un crédito fiscal para ciertos gastos educativos de hijos dependientes.

Los empleadores son responsables de aplicar correctamente las deducciones obligatorias antes de calcular la retención del impuesto sobre la renta. Los empleados suelen reclamar otras deducciones o créditos elegibles al presentar su declaración anual de impuesto a la renta personal, si corresponda.

Plazos de cumplimiento y reporte de impuestos

Los empleadores en Chile tienen obligaciones específicas de reporte mensual y anual relacionadas con la nómina y los impuestos. Cumplir con estos plazos es crucial para el cumplimiento.

Los requisitos principales y los plazos incluyen:

  • Pagos mensuales a la seguridad social y del impuesto: Los empleadores deben declarar y pagar la retención del Impuesto Único de Segunda Categoría y todas las contribuciones de seguridad social (aportaciones patronales y del trabajador) hasta el día 13 del mes siguiente al período de pago. Este plazo puede extenderse hasta el 20 si los pagos se realizan en línea.
  • Declaración mensual de la nómina (Formulario 1887): Los empleadores deben presentar una declaración mensual detallando los ingresos pagados y los impuestos retenidos por cada trabajador. Esto generalmente se realiza electrónicamente.
  • Declaración anual de renta (Formulario 1887): Un resumen anual de todos los ingresos pagados y los impuestos retenidos para los empleados durante el año calendario anterior debe enviarse al SII, usualmente en marzo del año siguiente. Este formulario es utilizado por los empleados para verificar su información de ingresos al presentar su declaración anual de impuestos personales.
  • Declaración anual del empleador (Formulario 1884): Este formulario ofrece un resumen de los gastos totales en pagos a la nómina y las contribuciones fiscales y de seguridad social relacionadas.

El incumplimiento de estos plazos o la declaración incorrecta puede derivar en sanciones, intereses y multas por parte de las autoridades tributarias e instituciones de seguridad social.

Consideraciones fiscales especiales para trabajadores y empresas extranjeras

Los trabajadores y empresas extranjeras que operan en Chile enfrentan consideraciones fiscales específicas.

Para trabajadores extranjeros:

  • Estado de residencia: El tratamiento fiscal depende en gran medida del estado de residencia del individuo en Chile. Los no residentes generalmente solo están gravados por sus ingresos de fuente chilena. Los residentes (personas que han permanecido en Chile más de 183 días en un período de 12 meses) tributan sobre sus ingresos mundiales, aunque los residentes recién establecidos pueden beneficiarse de una exención de tres años sobre ingresos de fuente extranjera.
  • Tasa de impuesto para no residentes: Los empleados no residentes que reciben ingresos de fuentes chilenas están generalmente sujetos a una tasa fija de retención del 35% sobre su ingreso bruto, sin los tramos progresivos del Impuesto Único de Segunda Categoría. Sin embargo, si el no residente obtiene una visa de trabajo y permanece por un período prolongado, puede convertirse en residente fiscal y sujetarse a las reglas fiscales estándar para residentes.
  • Seguridad social: Los trabajadores extranjeros están generalmente sujetos a las contribuciones a la seguridad social chilena, salvo que exista un acuerdo bilateral que exima o disponga otra forma de integración.

Para empresas extranjeras:

  • Establecimiento permanente (EP): La obligación tributaria de una empresa extranjera en Chile depende de si se considera que tiene un Establecimiento Permanente (EP) en el país. Si existe un EP, la empresa está sujeta al impuesto de renta corporativa sobre las ganancias atribuibles a ese EP.
  • Retenciones: Los pagos realizados por una entidad chilena (incluyendo un EP) a una empresa extranjera por servicios u otros ingresos pueden estar sujetos a retenciones en Chile, dependiendo de la naturaleza del pago y los tratados de doble imposición aplicables.
  • Obligaciones del empleador: Si una empresa extranjera emplea directamente a individuos en Chile, debe inscribirse como empleador y cumplir con todas las obligaciones laborales y tributarias de nómina chilenas, incluyendo la retención del impuesto a la renta y el pago de aportes a la seguridad social, igual que una empresa local. Utilizar un Employer of Record puede ayudar a las empresas extranjeras a gestionar estas complejas obligaciones locales sin constituir una entidad legal o un PE.

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