En Nicaragua, los empleadores enfrentan varias obligaciones fiscales, incluyendo contribuciones a la seguridad social, retención de impuestos sobre la nómina y otros gravámenes.
Contribuciones del Empleador
- Seguridad Social:
- Los empleadores con 50 o menos empleados contribuyen con el 21.5% del salario bruto de cada empleado.
- Los empleadores con más de 50 empleados contribuyen con el 22.5% del salario bruto de cada empleado.
- Fondo de Capacitación (INATEC): Los empleadores contribuyen con el 2% de su nómina total mensualmente.
Retención de Impuestos sobre la Nómina
- Impuesto sobre la Renta: Los empleadores deben retener el impuesto sobre la renta de los salarios de los empleados mensualmente según una escala progresiva que varía del 0% al 30%.
- Seguridad Social: Los empleadores también retienen el 7% del salario bruto del empleado para su contribución a la seguridad social.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
- La tasa estándar del IVA en Nicaragua es del 15%.
- Los grandes contribuyentes deben pagar el IVA dentro de los primeros cinco días calendario del mes siguiente.
- Otros contribuyentes deben pagar dentro de los primeros 15 días calendario del mes siguiente.
Otras Obligaciones del Empleador
- Salario del decimotercer mes: Se requiere que los empleadores paguen a los empleados un mes adicional de salario en diciembre.
- Vacaciones: Los empleadores deben proporcionar tiempo de vacaciones pagadas a los empleados según la ley laboral nicaragüense.
Año Fiscal y Declaración
- El año fiscal en Nicaragua es el año calendario.
- Las declaraciones del impuesto sobre la renta corporativa deben presentarse dentro de los tres meses posteriores al cierre del año.
Consideraciones Adicionales
- Trabajadores Extranjeros: Se requieren permisos de trabajo para trabajadores extranjeros y deben estar vinculados a un patrocinador y rol específicos.
- Salario Mínimo: Las tasas de salario mínimo varían según el sector y se revisan anualmente.
Es crucial que los empleadores se mantengan al tanto de cualquier cambio en las leyes y regulaciones fiscales. Se recomienda encarecidamente consultar con un profesional fiscal para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales en Nicaragua.
En Nicaragua, los empleadores son responsables de retener y remitir varios impuestos en nombre de sus empleados.
Impuesto sobre la Renta de los Empleados (IR)
Los empleados en Nicaragua están sujetos a un impuesto sobre la renta progresivo basado en sus ingresos anuales. No se debe impuesto sobre los ingresos anuales de hasta C$100,000. Los ingresos por encima de ese umbral están gravados a tasas que van del 15% al 30%. Los empleadores retienen este impuesto mensualmente basado en los ingresos anuales proyectados del empleado.
- 0 - C$100,000: 0%
- C$100,000.01 - C$200,000: 15%
- C$200,000.01 - C$350,000: 20%
- C$350,000.01 - C$500,000: 25%
- Más de C$500,000.01: 30%
Impuesto de Seguridad Social del Empleado (INSS)
Los empleados contribuyen con el 7% de su salario mensual al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS). Esta contribución cubre pensiones, atención médica y otros beneficios de seguridad social. El empleador retiene esta cantidad y la remite al INSS.
Otras Deducciones
Aunque no son estrictamente impuestos, los empleadores también típicamente deducen lo siguiente:
- Décimo Tercer Mes: Una doceava parte del salario anual del empleado se acumula cada mes y se paga como un bono, típicamente en diciembre. Aunque se deduce mensualmente, no se remite al gobierno, sino que lo retiene el empleador.
- Asignación de Vacaciones: Similar al décimo tercer mes, la asignación de vacaciones se acumula y se paga al empleado cuando toma sus vacaciones.
Impuestos y Contribuciones del Empleador
Los empleadores en Nicaragua contribuyen al INSS a tasas que dependen del número de empleados.
Los empleadores también contribuyen al Instituto Nacional Tecnológico (INATEC) basado en los salarios de los empleados.
Presentación de Impuestos y Cumplimiento Normativo
Los empleadores son responsables de retener los impuestos y contribuciones de seguridad social de los empleados y remitirlos a las autoridades correspondientes. También deben presentar varias declaraciones de impuestos, incluidas declaraciones mensuales y anuales de impuestos sobre la nómina.
Responsabilidades de Presentación de Impuestos del Empleado
En general, los empleados no están obligados a presentar declaraciones de impuestos anuales si sus ingresos provienen exclusivamente del empleo y los impuestos han sido retenidos correctamente. Sin embargo, un empleado debe presentar si tiene:
- Más de dos empleadores y sus ingresos anuales totales superan C$100,000
- Utilizado deducciones fiscales permitidas o están reclamando créditos fiscales
Consideraciones Importantes
- Salario Mínimo: Nicaragua tiene salarios mínimos específicos por industria, y los empleadores deben asegurar el cumplimiento.
- Horas Extras: El pago por horas extras está regulado, con tasas específicas para el trabajo más allá de las horas estándar y los fines de semana o días festivos.
Esta información es actual al 5 de febrero de 2025 y puede estar sujeta a cambios. Se recomienda consultar con un asesor fiscal local para obtener la información más actualizada y asesoramiento personalizado.
En Nicaragua, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto al consumo aplicado a la mayoría de los bienes y servicios, importaciones y transacciones comerciales dentro del país.
Tasas de IVA y Exenciones
- Tasa Estándar: 15% aplicable a la mayoría de los bienes y servicios.
- Tasa Cero (0%): Se aplica a las exportaciones.
- Bienes y Servicios Exentos: El Ministerio de Hacienda mantiene una lista detallada que incluye bienes relacionados con estudios académicos, medicina y salud humana, ciertos productos agrícolas, servicios médicos, mercados financieros, eventos deportivos, bienes religiosos, alimentos básicos (por ejemplo, tortillas de maíz, arroz, frijoles), bienes usados (a menos que sean importados), petróleo crudo, transacciones inmobiliarias, seguros de vida y salud, transporte doméstico, ciertos servicios financieros, construcción de viviendas sociales y alquiler de alojamientos sin amueblar, equipos usados para la agricultura, riego, electricidad utilizada para riego, importaciones de bienes, maquinaria y equipos para uso mediático, libros, periódicos y revistas, medicamentos y vacunas, productos sanitarios y papel higiénico producidos localmente, fósforos, queroseno, butano, electricidad, productos veterinarios, insecticidas, fungicidas, fertilizantes y semillas. La lista está sujeta a cambios, como lo demuestran las actualizaciones de febrero de 2023.
Registro
- Registro Obligatorio: No se define un umbral específico de registro en los recursos fácilmente disponibles. Todos los negocios que realicen ventas, servicios e importaciones dentro de Nicaragua a través de un establecimiento permanente deben registrarse para el IVA. Aquellos involucrados en actividades de importación/exportación también están obligados a registrarse independientemente de su facturación.
- Registro Voluntario: Generalmente no está disponible para empresas extranjeras.
Presentación y Pago
- Declaraciones: Las declaraciones de IVA se presentan mensualmente.
- Pago: Generalmente se debe pagar en su totalidad el mismo día que la declaración. Sin embargo, los grandes contribuyentes (ingresos anuales superiores a NIO 160 millones) realizan un pago anticipado de IVA quincenal dentro de los primeros cinco días hábiles después del 15 de cada mes y un pago final antes del quinto día calendario del mes siguiente.
- Plazos: Las declaraciones suelen vencer el quinto día calendario del mes siguiente.
Otros Impuestos Indirectos
- Impuestos Selectivos al Consumo (ISC): Aplicados a bienes específicos con tasas que varían del 9% a más del 30% (por ejemplo, el petróleo tiene una tasa fija por galón según el tipo).
- Impuestos de Timbre (ITF): Se aplican a ciertos documentos, utilizando tasas fijas y ad valorem.
Si bien este resumen ofrece una visión general de las regulaciones del IVA en Nicaragua al día de hoy, 5 de febrero de 2025, las leyes y regulaciones tributarias están sujetas a cambios. Es esencial consultar con un asesor fiscal o referirse a fuentes gubernamentales oficiales para obtener la información más actualizada, especialmente antes de tomar decisiones comerciales.
Nicaragua ofrece varios incentivos fiscales, principalmente enfocados en impulsar sectores específicos como el turismo, la energía renovable y los negocios orientados a la exportación.
Incentivos para el Turismo
- Exención del Impuesto sobre la Renta: Los proyectos aprobados por el Comité de Incentivos Turísticos pueden recibir exenciones del impuesto sobre la renta por hasta 10 años desde el inicio de operaciones. Esto aplica a inversiones de USD 30,000 o más fuera de Managua y USD 100,000 o más dentro de Managua.
- Exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles: Estos desarrollos turísticos también pueden estar exentos de impuestos sobre bienes inmuebles por hasta 10 años.
- Exenciones de IVA y Otros Impuestos: Se ofrecen exenciones en compras locales e importaciones de bienes y servicios necesarios para la construcción, dotación y equipamiento de infraestructura turística. Esto incluye materiales de construcción, mobiliario, equipo y accesorios durante la fase de inversión.
Incentivos para la Energía Renovable
- Amplios Beneficios Fiscales: Una ley especial cubre el sector de la energía renovable, proporcionando exenciones y beneficios para el Impuesto sobre la Renta Corporativa (IR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA), aranceles aduaneros y los impuestos municipales.
Zonas Francas (ZF)
- Exención del Impuesto sobre la Renta: Las empresas que operan dentro de ZF pueden calificar para una exención del impuesto sobre la renta por 10 años, renovable por otros 10 años. Después del periodo de exención total, puede aplicarse una exención del 60%. Esto requiere la aprobación de la Comisión Nacional de Zonas Francas.
- Exenciones de Otros Impuestos: Las empresas de ZF están generalmente exentas del impuesto al capital, derechos de timbre, impuestos indirectos, impuestos especiales, impuestos a las exportaciones (sobre bienes producidos localmente), impuestos municipales y sobre la transferencia de propiedad e impuestos sobre ganancias de capital al vender propiedad dentro de la ZF al cierre.
- Importaciones Libres de Impuestos: Materias primas, maquinaria, equipos, repuestos y otras necesidades operativas están exentos de aranceles.
Incentivos para la Exportación
- Crédito Fiscal sobre el Impuesto a la Renta: Está disponible un crédito fiscal del 1.5% sobre el valor FOB de las exportaciones.
- Exención de IVA para el Procesamiento de Exportaciones: Las empresas que exportan al menos el 25% de su producción están exentas del IVA sobre la maquinaria, equipo, materias primas y suministros utilizados en el procesamiento de exportación.
Otros Incentivos Específicos por Sector
También existen incentivos para sectores como la silvicultura, minería, pesca y acuicultura. Estos a menudo incluyen exenciones o reducciones en el impuesto sobre la renta, impuestos sobre bienes inmuebles, aranceles de importación y otros impuestos. Los detalles pueden variar dependiendo de la actividad e inversión específica.
- Tasa del Impuesto sobre la Renta Corporativa: 30%
- No hay Crédito Fiscal Extranjero: Nicaragua no reconoce créditos fiscales extranjeros.
- Impuesto sobre Ganancias de Capital: 15%
- Compensación de Pérdidas: Las pérdidas pueden trasladarse durante tres años, pero no se pueden retrotraer.
Es importante tener en cuenta que las leyes y regulaciones fiscales están sujetas a cambios. Se recomienda consultar con un asesor fiscal o profesional legal para obtener la información y orientación más actualizada sobre circunstancias específicas.