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HondurasDetalles de Obligaciones Fiscales

Descubra las responsabilidades fiscales de empleadores y empleados en Honduras

Responsabilidades fiscales del empleador

En Honduras, los empleadores enfrentan varias obligaciones fiscales, incluidas las contribuciones por nómina, contribuciones a la seguridad social y retención del impuesto sobre la renta.

Impuestos y Contribuciones Patronales

  • Seguridad Social: Los empleadores contribuyen con el 7% del salario mensual del empleado para el bienestar estatal y el 1.5% para el Régimen de Aportaciones Privadas (RAP). También hay una contribución obligatoria al fondo de reserva laboral del 4%, con un límite en un salario mensual de HNL 50,568.75.
  • Impuesto sobre Nómina: Los empleadores con más de cinco empleados contribuyen con el 1% del total de la nómina al Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP).
  • 13º y 14º Mes de Salario: Los empleadores están obligados a pagar el equivalente a un mes de salario como bono en diciembre (13º salario) y en julio (14º salario).

Deducciones de Nómina para Empleados

  • Seguridad Social: Los empleados contribuyen con el 2.5% de su salario mensual para el bienestar estatal y el 1.5% para el régimen de aportación privada. Se deduce un adicional del 2.64% para la Contribución de Reserva Laboral.
  • Impuesto sobre la Renta: Los empleadores retienen el impuesto sobre la renta basado en una escala progresiva. Los tramos y tasas de impuesto sobre la renta actuales (a partir de febrero de 2025) son:
    • 0% para ingresos hasta HNL 217,493.16 (sin deducciones) o 257,493.16 (con deducciones)
    • 15% para ingresos por encima del umbral sin impuestos hasta HNL 242,439.28
    • 20% para ingresos entre HNL 242,439.29 y HNL 563,812.30.
    • 25% para ingresos que superen HNL 563,812.31

Impuesto sobre la Renta Corporativa

La tasa estándar del impuesto sobre la renta corporativa en Honduras es del 25%. Las compañías con ingresos gravables que superen HNL 1,000,000 están sujetas a una contribución solidaria adicional del 5%.

Otros Impuestos

  • Impuesto sobre Ventas (ISV): Se aplica un impuesto del 15% a la mayoría de bienes y servicios. Existen tasas específicas para ciertos bienes como alcohol y tabaco (18%).
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles: Impuesto anual cobrado por los gobiernos locales, con tasas que varían según la ubicación.

Plazos y Requisitos de Presentación de Impuestos

  • Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta: Se debe presentar antes del 30 de abril del año siguiente. Los estados financieros deben presentarse junto con la declaración (a partir de diciembre de 2024).
  • Declaración del Impuesto sobre Ventas: Se presenta mensualmente, con vencimiento el día 10 del mes siguiente.
  • Informe País por País (CbCR): Los grupos multinacionales con años fiscales de informe que comiencen el 1 de enero de 2025 o después, están sujetos a requisitos de notificación e informe de CbCR.

Es importante consultar con un asesor fiscal para obtener orientación personalizada. Las leyes y regulaciones fiscales pueden cambiar, por lo que es crucial mantenerse actualizado.

Deducciones fiscales del empleado

En Honduras, los empleadores son responsables de deducir varios impuestos de los salarios de los empleados y remitirlos al gobierno.

Deducciones de los Empleados

  • Impuesto sobre la Renta (ISR): Un impuesto progresivo basado en los ingresos.
    • 0% para ingresos mensuales hasta L19,920.
    • 15% para ingresos mensuales entre L19,920 y L28,625.
    • 20% para ingresos mensuales entre L28,625 y L62,151.
    • 25% para ingresos mensuales superiores a L62,151.
  • Seguridad Social:
    • Enfermedad y Maternidad: 2.5% del ingreso hasta L11,109.36.
    • Invalidez, Vejez y Muerte: 1% del ingreso hasta L11,336.00.
  • Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP): Una contribución calculada con base en los ingresos del empleado, con tasas específicas dependiendo del tamaño de la empresa y la industria.

Obligaciones del Empleador

  • Retención y Remisión: Los empleadores deben deducir las cantidades correctas de los salarios de los empleados y presentarlas al Servicio de Administración de Rentas de Honduras (SAR) antes del día 10 del mes siguiente.
  • Declaración Anual de Impuestos: Los empleadores deben presentar una declaración anual de impuestos sobre la renta, incluyendo los estados financieros, antes del 31 de diciembre de cada año. Para el año fiscal 2024, el plazo se extendió hasta finales de diciembre de 2024.
  • Tabla de Retenciones: Los empleadores deben utilizar la tabla de retenciones actualizada proporcionada por el SAR cada año para calcular las retenciones de los empleados. Para 2025, la base imponible anual es L217,493.16 (excluyendo deducciones) o L257,493.16 (incluyendo deducciones).
  • Presentación de Estados Financieros: Junto con la declaración anual de impuestos, se requiere que los empleadores presenten estados financieros al SAR con fines informativos.

Gastos Deducibles y Asignaciones

  • Gastos Médicos y Educativos: Los empleados pueden deducir hasta L40,000 anualmente por gastos médicos y educativos.
  • Gastos de Representación: Los empleados pueden deducir los gastos de representación documentados.
  • Donaciones: Las donaciones a instituciones educativas y benéficas locales son deducibles hasta un 10% de los ingresos netos imponibles.
  • Asignaciones Personales: No existen asignaciones personales en Honduras.

Información Adicional

  • Salario Mínimo: El salario mínimo para 2024 es de HNL 13,156.53. Al día de hoy, 5 de febrero de 2025, las cifras para 2025 pueden estar disponibles a través de canales oficiales del gobierno.
  • Exenciones Fiscales: Los empleados que ganan menos de L 209,369.62 anualmente están exentos de presentar una declaración de impuestos sobre la renta, aunque sus empleadores aun así deben retener y remitir impuestos.
  • Residencia: Las personas que residen en Honduras por más de tres meses en un año calendario se consideran residentes fiscales.
  • Año Fiscal: El año fiscal hondureño va del 1 de enero al 31 de diciembre.

Es crucial que tanto los empleadores como los empleados se mantengan actualizados sobre las regulaciones fiscales, ya que pueden cambiar periódicamente. La información proporcionada aquí es actual al 5 de febrero de 2025 y está sujeta a cambios. Se recomienda consultar con un asesor fiscal para obtener orientación personalizada.

IVA

En Honduras, el Impuesto sobre Ventas (ISV) es un impuesto al consumo aplicado a la mayoría de los bienes y servicios.

Tasas de ISV

  • Tasa Estándar: 15% se aplica a la mayoría de los bienes y servicios.
  • Tasa Superior: 18% se aplica a bienes específicos como bebidas alcohólicas, productos de tabaco y boletos de avión de primera clase.
  • Impuestos Adicionales: Un impuesto turístico del 4% puede aplicarse en ciertas situaciones.

Registro

  • Umbral: Las empresas con una facturación anual que exceda HNL 250,000 (aproximadamente USD 10,500 a partir de febrero de 2025) deben registrarse para el ISV. Las empresas no residentes que proporcionen bienes o servicios gravables dentro de Honduras, independientemente de su facturación, están obligadas a registrarse.
  • Proceso: El registro implica el envío del Formulario SAR-410 al Servicio de Administración de Rentas (SAR) de Honduras. El formulario requiere detalles como el nombre y la dirección del contribuyente, fecha de constitución, número de registro, ID fiscal del representante legal, información de los accionistas, actividad comercial principal, fecha anticipada de inicio de operaciones, fin del año fiscal, obligaciones fiscales, detalles del agente de retención, cualquier registro de esquema especial y exenciones fiscales con resoluciones de respaldo. Actualmente no está disponible el registro en línea. Aunque no es obligatorio tener un representante local, utilizar uno puede simplificar la navegación por los procedimientos.

Presentación y Pago

  • Frecuencia: Las declaraciones de ISV se presentan mensualmente.
  • Fecha Límite: Las declaraciones deben ser presentadas antes del día 10 del mes siguiente.
  • Pago: Los pagos de ISV se deben realizar junto con la presentación de la declaración.

Bienes y Servicios Exentos

Varios bienes y servicios están exentos del ISV, incluyendo:

  • Bienes y servicios exportados
  • Productos alimenticios esenciales (según lo definido por el Decreto 005-2014)
  • Medicamentos recetados y dispositivos médicos
  • Servicios de salud y educativos
  • La mayoría de los servicios financieros
  • Insumos agrícolas (por ejemplo, fertilizantes, pesticidas)
  • Combustibles específicos (por ejemplo, gasolina, queroseno, leña, carbón)
  • Libros, revistas y materiales educativos
  • Servicios de agua y electricidad
  • Transporte de pasajeros
  • Materias primas para la agricultura y agroindustria

Penalidades por Incumplimiento

No cumplir con las obligaciones del ISV puede resultar en varias penalidades:

  • Multas: Se aplican sanciones monetarias por presentación tardía e inexactitudes.
  • Cargos por Intereses: El ISV no pagado acumula intereses.
  • Suspensión del Registro: Un incumplimiento persistente puede llevar a la suspensión del registro de ISV de una empresa, prohibiendo cobrar o reclamar ISV hasta que se rectifiquen los problemas.
  • Acción Legal: En casos graves, se podría iniciar acción legal.

Notas Adicionales

  • Hasta la fecha, 5 de febrero de 2025, la facturación electrónica no es obligatoria en Honduras.

Es vital mantenerse actualizado sobre cualquier cambio en las regulaciones fiscales revisando fuentes oficiales como el Servicio de Administración de Rentas (SAR). Se recomienda encarecidamente consultar con profesionales de impuestos en Honduras para obtener asesoramiento personalizado, especialmente en relación con transacciones internacionales y provisión de servicios digitales.

Incentivos fiscales

Honduras ofrece varios incentivos fiscales, principalmente enfocados en atraer inversión extranjera y promover sectores específicos. Estos incentivos a menudo incluyen exenciones de varios impuestos y aranceles.

Incentivos Fiscales Corporativos

  • Zonas Francas (ZOLI): Las empresas que operan dentro de ZOLIs designadas generalmente están exentas del impuesto sobre la renta corporativa (ISR), impuesto sobre ventas, aranceles aduaneros y ciertos impuestos municipales. Esto se aplica a los ingresos generados por actividades de exportación. Las ventas en el mercado nacional hondureño pueden estar sujetas a regulaciones fiscales estándar.
  • Zonas de Procesamiento Industrial (ZIP): Similares a las ZOLIs, las ZIP ofrecen exenciones fiscales para actividades industriales enfocadas en la producción para exportación. Estos beneficios pueden incluir exenciones del ISR por hasta 20 años y exenciones de impuestos locales por hasta 10 años.
  • Régimen de Importación Temporal (RIT): El RIT permite importaciones libres de aranceles de materiales y bienes utilizados en la producción de exportaciones para empresas que no se encuentran en ZOLIs o ZIPs.
  • Ley de Incentivos al Turismo: Existen incentivos específicos para empresas en el sector turístico, aunque los detalles de estos incentivos pueden variar.
  • Ley de Energía Renovable: Las inversiones en proyectos de energía renovable, particularmente aquellos que generen 50MW o más, pueden ser elegibles para exenciones de impuestos por hasta 10 años.
  • Centros de Servicios: Honduras ofrece un régimen de incentivos para empresas de centros de servicios, incluyendo centros de llamadas y operaciones de subcontratación de procesos de negocio (BPO). Los beneficios pueden incluir exenciones fiscales en equipos importados y exenciones del impuesto sobre la renta sobre ingresos generados dentro de zonas francas.
  • Otros Incentivos Específicos por Sector: Pueden estar disponibles incentivos adicionales para empresas en sectores como agroindustria, manufactura, minería y turismo, aunque los detalles pueden requerir consulta con autoridades locales.
  • Incentivos Municipales: Los municipios individuales también pueden ofrecer sus propios incentivos fiscales específicos, por lo que es esencial verificar con las autoridades locales relevantes.

Incentivos Fiscales Individuales

  • Ingresos Exentos de Impuestos: A partir de 2023, los ingresos anuales por debajo de L199,039.47 están exentos del impuesto sobre la renta. Este umbral está sujeto a cambios y debe verificarse para el año fiscal actual.
  • Deducción de Gastos Médicos: Las personas pueden deducir hasta HNL 40,000 por gastos médicos calificados. Esta deducción no se incluye en el cálculo del ingreso anual gravable. Es posible que haya deducciones o créditos adicionales disponibles para personas mayores de 65 años.
  • Exenciones para el 13° y 14° Salario: Los salarios del 13° y 14° mes, pagados en junio y diciembre, respectivamente, están exentos hasta cierto límite, basado en múltiplos del salario mínimo.
  • Exención de Bonos de Vacaciones: Los bonos de vacaciones están exentos hasta el equivalente al salario de 30 días.

Procedimientos de Aplicación

Los procedimientos específicos de aplicación para cada incentivo pueden variar. Se recomienda consultar con las autoridades fiscales locales o un asesor fiscal calificado en Honduras para obtener información detallada sobre los criterios de elegibilidad y los requisitos de aplicación. Dado que las leyes y regulaciones fiscales pueden cambiar, es vital mantenerse al día con la información más reciente. Esta información es vigente al 5 de febrero de 2025.

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