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Licencia en Venezuela

Políticas de Vacaciones y Permisos

Conozca los derechos y las políticas sobre las licencias de los empleados en Venezuela.

Venezuela leave overview

Gestionar las licencias y derechos de vacaciones de los empleados es un aspecto fundamental de cumplimiento y satisfacción laboral al operar en Venezuela. Las leyes laborales del país, principalmente la Ley Orgánica del Trabajo para los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), establecen directrices claras respecto a los distintos tipos de licencia, incluyendo vacaciones anuales, feriados, licencias por enfermedad y licencias parentales. Entender estas regulaciones es esencial para que los empleadores cumplan con sus obligaciones legales y mantengan prácticas laborales justas.

La legislación venezolana prevee derechos mínimos específicos para los empleados respecto a tiempo libre pagado. Estas disposiciones están diseñadas para proteger los derechos de los trabajadores a descansar, recuperarse de enfermedades y atender asuntos personales y familiares. Los empleadores deben cumplir con estos requisitos legales, que abarcan desde la acumulación de días de vacaciones hasta la duración y el pago de licencias por eventos de vida como parto o enfermedad.

Licencia Anual de Vacaciones

Los empleados en Venezuela tienen derecho a vacaciones anuales pagadas tras completar un año completo de servicio continuo con un empleador. El derecho mínimo aumenta con la antigüedad.

  • Derecho Inicial: 15 días hábiles después de completar un año de servicio.
  • Acumulación: Por cada año adicional de servicio, los empleados tienen derecho a un día hábil adicional de vacaciones, hasta un máximo de 15 días hábiles adicionales. Esto significa que después de 16 años de servicio, el máximo de días de vacaciones anuales será de 30 días hábiles (15 iniciales + 15 adicionales).
  • Temporalidad: Las vacaciones deben tomarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que se acumulan.
  • Pago: Los empleados deben recibir el pago correspondiente a sus días de vacaciones, además de un bono vacacional equivalente al menos a 15 días de salario. Este bono aumenta en un día de salario por cada año adicional de servicio, hasta un máximo de 30 días de salario.

Aquí un resumen de la acumulación mínima de vacaciones anuales:

Años de Servicio Días hábiles mínimos de Vacaciones Bono Vacacional mínimo (Días de Salario)
1 15 15
2 16 16
3 17 17
... ... ...
16+ 30 30

Feriados Públicos

Venezuela celebra diversos feriados nacionales a lo largo del año. En general, los empleados tienen derecho a un día libre pagado en esas fechas. Si un empleado debe trabajar en un feriado, generalmente tiene derecho a una paga adicional o prima.

Aquí los feriados observados en Venezuela en 2026:

Fecha Feriado
1 de enero Año Nuevo
6 de enero Día de los Reyes Magos
16 de febrero Carnaval Lunes
17 de febrero Carnaval Martes
2 de abril Jueves Santo
3 de abril Viernes Santo
19 de abril Constitución de la República
1 de mayo Día del Trabajador
24 de junio Batalla de Carabobo
5 de julio Día de la Independencia
24 de julio Natalicio de Simón Bolívar
12 de octubre Día de la Resistencia Indígena
24 de diciembre Nochebuena
25 de diciembre Navidad
31 de diciembre Fin de Año

Nota: también pueden observarse feriados regionales o locales.

Licencias y Pago por Enfermedad

Los empleados en Venezuela que no puedan trabajar por enfermedad o lesión tienen derecho a licencia por enfermedad. Para ello, es necesario presentar un certificado médico.

  • Derecho: La duración de la licencia por enfermedad depende de la condición clínica y debe estar certificada por un médico.
  • Pago: Los primeros tres días de licencia por enfermedad usualmente son pagados por el empleador. A partir del cuarto día, el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) se responsabiliza de pagar un porcentaje del salario del empleado como subsidio, siempre que el trabajador esté registrado en el IVSS y tenga las contribuciones necesarias. La cuantía y duración del subsidio son determinadas por el IVSS según la condición médica y el historial de contribuciones del empleado.
  • Requisitos: Es necesario presentar un certificado médico válido emitido por un profesional registrado para justificar la licencia.

Licencia Parental (Maternidad, Paternidad, Adopción)

La ley venezolana ofrece derechos completos de licencia parental para madres, padres y padres adoptivos.

  • Licencia de Maternidad: Las empleadas embarazadas tienen derecho a 26 semanas de licencia de maternidad pagada. Esta licencia inicia aproximadamente seis semanas antes del parto esperado y continúa 20 semanas después del nacimiento. En casos de múltiples hijos o complicaciones pueden extenderse estos plazos. La licencia de maternidad es pagada por el IVSS.
  • Licencia de Paternidad: Los padres tienen derecho a 14 días hábiles consecutivos de licencia de paternidad pagada, posteriores al nacimiento del hijo. Esta licencia la paga el empleador.
  • Licencia de Adopción: Los empleados que adopten un menor de tres años también tienen derecho a licencia parental. Un progenitor (usualmente la madre o cuidador principal) tiene derecho a 26 semanas de licencia, similar a la de maternidad, pagada por el IVSS. El otro progenitor tiene derecho a 14 días hábiles consecutivos, similar a la licencia de paternidad, pagada por el empleador.

Otros Tipos de Licencia

Más allá de las categorías principales, la ley venezolana y la práctica común reconocen otros tipos de licencia, aunque los derechos pueden variar según acuerdos colectivos o políticas del empleador.

  • Licencia por Fallecimiento: Aunque la LOTTT no lo establece explícitamente en todos los casos, es práctica común y a menudo prevista en los convenios colectivos que los empleados reciban unos días de licencia pagada (normalmente 3 días hábiles) en caso de fallecimiento de un familiar cercano (cónyuge, hijo, padre, hermano).
  • Licencia por Matrimonio: Algunos convenios colectivos o políticas de la empresa conceden unos días de licencia pagada (a menudo 3 días hábiles) para su propio matrimonio.
  • Licencia por Estudios: La licencia por motivos educativos no es un derecho legal general, pero puede otorgarse a discreción del empleador o mediante acuerdos en negociaciones colectivas, especialmente para capacitación relacionada con el trabajo del empleado.
  • Licencia por Deber Cívico: Los empleados tienen derecho a licencia pagada para cumplir con deberes cívicos, como votar o servir en un jurado si es requerido.

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