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Impuestos en Ecuador

499 EURpor empleado/mes

Learn about tax regulations for employers and employees in Ecuador

Updated on April 23, 2025

Responsabilidades fiscales del Employer of Record

En Ecuador, los empleadores enfrentan diversas obligaciones fiscales, incluyendo la retención del impuesto sobre la renta, contribuciones a la seguridad social y otros gravámenes específicos.

Retención del Impuesto sobre la Renta

  • Tarifas: El impuesto sobre la renta se grava con tarifas progresivas del 5% al 37%. Los no residentes pagan una tarifa fija del 25%. Un ingreso anual hasta USD 11,310 está exento.
  • Retención: Los empleadores retienen el impuesto sobre la renta de los salarios de los empleados.
  • Reportes: Se deben presentar informes mensuales de retención del impuesto sobre la renta, detallando los ingresos gravables de los empleados y el impuesto deducido. Un informe anual de la retención del impuesto sobre la renta se presenta en enero.
  • Pago: Los impuestos retenidos mensualmente se pagan según los últimos dígitos del número de impuesto.
  • Declaración del empleado: Las personas que ganan más de USD 11,310 anualmente están obligadas a presentar una declaración de impuestos anual.

Contribuciones a la Seguridad Social

  • Administración: El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) gestiona el sistema de seguridad social.
  • Cobertura: El sistema cubre seguro de salud, seguro por accidentes laborales, discapacidad, vejez, pensiones de sobrevivientes y el fondo de reserva nacional.
  • Contribución del empleado: 9.45% de los ingresos gravables mensuales del empleado.
  • Contribución del empleador: 12.15% de la remuneración total del empleado.
  • Inscripción: Los empleados deben estar inscritos desde su primer día de trabajo.
  • Fecha límite de pago: Los procedimientos de cobro por parte del IESS para las contribuciones a la seguridad social están suspendidos hasta el 28 de febrero de 2025. Las contribuciones de noviembre y diciembre de 2024 pueden pagarse dentro de los 90 días posteriores a la fecha de vencimiento sin incurrir en responsabilidad del empleador, previa solicitud.

Otros impuestos y obligaciones

  • Impuesto de Capacitación y Educación: Los empleadores pagan el 0.5% de la nómina a un fondo nacional de capacitación y a un programa de crédito educativo.
  • Contribución Temporal de Seguridad: Las empresas que tuvieron ganancias sujetas a Impuesto a la Renta de Sociedades en 2022 deben pagar una contribución temporal del 3.25% antes del 31 de marzo, tanto en 2024 como en 2025.
  • Formulario 107: Los empleadores deben entregar el Formulario 107, que detalla la retención del impuesto sobre la renta del año fiscal anterior, a cada empleado antes del 31 de enero.

Información adicional

  • Ciclo de nómina: Semanal o mensual.
  • Formato de recibo de sueldo: Papel o digital.
  • Año fiscal: Año calendario (1 de enero al 31 de diciembre).
  • Moneda: Dólar estadounidense (USD).
  • Fecha límite para la declaración de impuestos de las empresas: Entre el 9 y el 28 de abril, después del año fiscal.

Por favor, tenga en cuenta que esta información está actualizada a partir del 5 de febrero de 2025 y podría estar sujeta a cambios. Es fundamental consultar fuentes oficiales o asesoría legal para obtener la información más actualizada y los requisitos específicos.

Deducciones fiscales de los empleados

En Ecuador, las deducciones fiscales de los empleados abarcan varias áreas, incluyendo el impuesto sobre la renta, las contribuciones a la seguridad social y deducciones específicas por ciertos gastos.

Impuesto sobre la Renta

  • Tarifas progresivas: El impuesto sobre la renta se grava a tarifas progresivas que van desde el 5% hasta el 37%. Un ingreso anual hasta USD 11,902 está exento de impuestos. Esta exención representa el ingreso mínimo gravable según la tabla progresiva actual del Impuesto a la Renta Personal (IRP).
  • Ingreso gravable: El ingreso gravable incluye todas las formas de remuneración, ya sea en efectivo o en especie, como asignaciones y servicios.
  • Deducciones: Las contribuciones a la seguridad social y los sueldos obligatorios de 13º y 14º mes son deducibles.
  • Imposición a no residentes: Los no residentes son gravados sobre ingresos de fuente ecuatoriana a una tasa fija del 25%. Reglas especiales pueden aplicar para no residentes que trabajan temporalmente para entidades extranjeras sin una sucursal local.

Contribuciones a la Seguridad Social

  • Deducible: Las contribuciones a la seguridad social hechas por los empleados son deducibles de su ingreso gravable. La información sobre el porcentaje o monto específico de la contribución puede obtenerse del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
  • Contribuciones del empleador: Los empleadores también realizan contribuciones a la seguridad social, cuya información detallada puede encontrarse en el sitio web del IESS u otros recursos oficiales.

Otras Deducciones y Consideraciones

  • Deducciones adicionales para empleadores: Los empleadores tienen derecho a deducciones adicionales para promover el empleo de jóvenes (de 18 a 29 años) y mujeres, iguales al 50% del salario del empleado. La deducción puede aumentar al 75% si la persona ha graduado de una institución de educación pública.
  • Residencia fiscal: La residencia fiscal se determina por presencia física en Ecuador. Los residentes son gravados sobre ingresos mundiales, mientras que los no residentes solo sobre ingresos de fuente ecuatoriana.
  • Jurisdicciones de paraísos fiscales: Ecuador mantiene una lista de jurisdicciones de paraísos fiscales, lo que impacta las tasas impositivas para ciertas corporaciones con conexiones a esas jurisdicciones. La información actualizada sobre jurisdicciones de paraísos fiscales está disponible en el Servicio de Rentas Internas (SRI).
  • Contribución temporal de seguridad: Actualmente, existen contribuciones fiscales temporales basadas en las ganancias del año fiscal 2022. Estas contribuciones podrían afectar las deducciones fiscales de los empleados, especialmente si parte de su compensación está vinculada a esquemas de participación en beneficios. Más detalles sobre estas contribuciones y su período de validez pueden obtenerse a través de las publicaciones o boletines oficiales del SRI.

Más Información

La información proporcionada aquí refleja el entendimiento actual a partir del 5 de febrero de 2025, y podría estar sujeta a cambios por actualizaciones legales e interpretaciones. Puedes encontrar más detalles e información actualizada en el sitio web oficial del Servicio de Rentas Internas (SRI) o consultar con un asesor fiscal calificado para orientación personalizada.

IVA

En Ecuador, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), conocido como Value Added Tax (VAT), se aplica a la mayoría de los bienes y servicios, así como a las importaciones.

Tarifas de IVA

  • Tarifa Estándar: A partir de hoy, 5 de febrero de 2025, la tarifa estándar de IVA es del 15%, un aumento temporal desde la tarifa anterior del 12%. Esta tarifa aumentada se implementó inicialmente el 1 de abril de 2024 y se ha extendido hasta fin de 2025.

  • Tarifas Reducidas: Una tarifa reducida del 8% se aplica a servicios turísticos específicos durante ciertos feriados. Además, una tarifa del 5% se aplica a transferencias de materiales de construcción.

  • Tarifa Cero (0%): Se aplica a bienes y servicios específicos, incluyendo alimentos básicos (como alimentos no procesados, leche, pan y aceite de cocina), medicamentos, libros, electricidad para uso residencial, exportaciones y ciertos servicios de transporte.

Registro de IVA

  • Umbral: No existe un umbral de registro. Todas las empresas e individuos que realicen actividades gravadas, incluyendo aquellos con establecimiento permanente en Ecuador, están obligados a registrarse para el IVA. Las empresas extranjeras sin establecimiento permanente no están obligadas a registrarse.

  • Proceso: El registro se realiza a través del Servicio de Rentas Internas (SRI) para obtener un número de identificación tributaria conocido como el Registro Único de Contribuyentes (RUC). El RUC consta de trece dígitos numéricos.

Presentación y Pago del IVA

  • Frecuencia: Las declaraciones de IVA se presentan mensualmente. Se requieren presentaciones semestrales adicionales para empresas con transacciones del 0% de IVA. La presentación en línea es obligatoria.

  • Plazos: Los plazos para presentar y pagar varían del 10 al 28 del mes siguiente al período de reporte, dependiendo del noveno dígito del RUC. En el pasado se han otorgado prórrogas, por lo que es importante mantenerse actualizado con los últimos anuncios de las autoridades fiscales ecuatorianas.

Otros Impuestos Indirectos

  • Impuesto a los Consumos Especiales (ICE): Gravado sobre bienes considerados de lujo o que tienen un impacto social negativo, como ciertas bebidas alcohólicas y cigarrillos. Las tarifas oscilan entre el 5% y el 75%.

  • Impuesto a la Salida de Capital (ISD): Un impuesto del 5% aplicado a remesas, transferencias y retiros realizados en el extranjero, con excepciones para ciertos sectores como la industria farmacéutica.

Bienes y Servicios Exentos

Algunos bienes y servicios están exentos de IVA, incluyendo:

  • Servicios de educación, religiosos y de salud.
  • Reorganizaciones empresariales, fusiones y transferencias de acciones.
  • Donaciones a organizaciones benéficas.
  • Alquiler de bienes raíces.

Servicios Digitales y IVA

Los servicios digitales están sujetos a la tarifa estándar de IVA. Los proveedores no residentes tienen la opción de registrarse en las autoridades fiscales ecuatorianas o el IVA puede ser recaudado mediante el mecanismo de inversión del sujeto pasivo.

Información Adicional

Esta información está actualizada a partir del 5 de febrero de 2025 y está sujeta a cambios. Siempre consulte con un profesional fiscal para las regulaciones más recientes. El enlace oficial del gobierno para información fiscal es Servicio de Rentas Internas (SRI).

Incentivos fiscales

Ecuador ofrece varios incentivos fiscales para atraer inversión y estimular el crecimiento económico. Estos incentivos se aplican a diversos sectores, incluyendo energía renovable, turismo y zonas de libre comercio. A partir del 5 de febrero de 2025, están disponibles los siguientes incentivos:

Residencia Fiscal Temporal para Personas Naturales

Este régimen permite a las personas que califican pagar impuestos sobre la renta solo por ingresos de fuente ecuatoriana durante hasta cinco años.

  • Elegibilidad: Personas que no hayan sido residentes fiscales en Ecuador anteriormente, incluyendo antes de la promulgación de la ley.
  • Calificación: Invertir al menos $150,000 en bienes raíces o actividades productivas en Ecuador durante un mínimo de cinco años, o demostrar ingresos de al menos $2,500 mensuales de fuentes no ecuatorianas y inscribirse en la seguridad social ecuatoriana (IESS).

Régimen de Zonas de Libre Comercio

Este régimen ofrece beneficios fiscales sustanciales para usuarios calificados que operan dentro de zonas de libre comercio designadas.

  • Impuesto sobre la Renta: 0% durante los primeros cinco años, seguido de una tasa del 15% posteriormente.
  • Exenciones: IVA, impuesto a las remesas, impuestos al comercio exterior y otros impuestos sobre transacciones dentro de las zonas.
  • Devoluciones de IVA: Disponibles para compras a proveedores fuera de las zonas de libre comercio en Ecuador.

Exenciones del Impuesto sobre la Renta para Inversiones Específicas

  • Energía Renovable: Las nuevas inversiones en proyectos de energía renovable (incluyendo producción de gas natural e hidrógeno verde, industrialización, transporte, suministro y comercialización) están exentas del impuesto sobre la renta por 10 años.
  • Turismo: Nuevas inversiones de al menos $100,000 en turismo están exentas del impuesto sobre la renta por siete años, con al menos un 10% destinado al turismo rural.

Régimen de Estabilidad Tributaria

Las empresas que acepten pagar dos puntos porcentuales por encima de la tasa estándar del impuesto sobre la renta reciben estabilidad tributaria respecto al régimen fiscal. Esto significa que están protegidas de futuros aumentos de impuestos durante un período determinado.

Régimen RIMPE

El régimen tributario simplificado para emprendedores y pequeñas empresas (RIMPE) ha sido revisado:

  • Ingresos Brutos Anuales Menores a $2,000: Exentos de RIMPE.
  • Ingresos Brutos Anuales Entre $2,000 y $20,000: Tasa máxima de $60.
  • Artesanos: Ahora sujetos al régimen fiscal estándar, ya no bajo RIMPE.

Deducciones Adicionales por Generación de Empleo

Los empleadores que contraten nuevos empleados entre 18 y 29 años pueden deducir un porcentaje adicional de los salarios de los empleados (sujeto a contribuciones a la seguridad social): El porcentaje varía desde el 20% para 12 nuevos contratados hasta el 90% para 500 o más nuevos contratados.

Información General sobre Impuestos Ecuatorianos

  • Impuesto sobre la Renta de Sociedades: Generalmente 25%.
  • Impuesto sobre la Renta de Personas Naturales: Tasas progresivas, hasta 25%.
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA): Actualmente 15% (a partir del 1 de abril de 2024). Una tasa reducida del 5% se aplica a transferencias locales de materiales de construcción.
  • Impuesto a las Remesas: 5% (a partir del 1 de abril de 2024).
  • Precios de Transferencia: Basados en las directrices de la OCDE, se requiere documentación. Los Acuerdos de Precios Anticipados (APA) están disponibles.
  • CFCs (Controlled Foreign Corporations): Los ingresos obtenidos por ciertas entidades extranjeras propiedad de residentes fiscales en Ecuador pueden estar sujetos a impuestos ecuatorianos.

Por favor, tenga en cuenta: Esta información está actualizada a partir del 5 de febrero de 2025 y está sujeta a cambios. Es fundamental consultar con un asesor fiscal para obtener la orientación más actualizada y personalizada.

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