Navegar por las complejidades de la fiscalidad laboral es fundamental para las empresas que operan en Ecuador. El sistema fiscal del país, supervisado principalmente por el Servicio de Rentas Internas (SRI), implica diversas obligaciones para los empleadores y deducciones y requisitos de retención específicos para los empleados. Entender estas regulaciones es esencial para el cumplimiento normativo y una operación fluida de la nómina.
Los empleadores en Ecuador son responsables de contribuir al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) en nombre de sus empleados, además de retener el impuesto a la renta de los salarios de los empleados. Estas obligaciones se basan en tasas y umbrales establecidos, los cuales están sujetos a ajustes anuales. Cálculos adecuados, retenciones y remesas oportunas de estos impuestos y contribuciones son obligatorios.
Obligaciones de Seguridad Social del Employer y de Impuestos sobre la Nómina
Los empleadores en Ecuador deben registrarse en el IESS y realizar contribuciones mensuales por cada empleado. Estas contribuciones cubren varios beneficios, incluyendo seguro de salud, pensiones y desempleo. La contribución se divide entre el empleador y el empleado, siendo el empleador quien remite el monto total.
La principal obligación del empleador es la contribución al IESS. Las tasas se calculan en base al salario bruto del empleado.
| Contribuyente | Tasa de Contribución |
|---|---|
| Empleador | 11.15% |
| Empleado | 9.45% |
| Total | 20.60% |
No existen variaciones regionales significativas en estas tasas estándar de contribución al IESS en todo Ecuador. La base de cálculo generalmente es la remuneración total del empleado sujeto a contribuciones de seguridad social.
Requisitos de Retención del Impuesto a la Renta
Los empleadores están obligados a retener el impuesto a la renta (Impuesto a la Renta) de los salarios mensuales de sus empleados. Esta retención es un pago anticipado hacia la obligación anual del impuesto a la renta del empleado. El monto a retener depende del ingreso anual proyectado del empleado y de sus deducciones y asignaciones personales elegibles.
El cálculo del impuesto a la renta se basa en una escala progresiva. Para 2025, se espera que las escalas y tasas impositivas sean ajustadas en función de la Fracción Básica Desgravada. El impuesto anual se calcula aplicando la tasa marginal correspondiente a los ingresos que superen la fracción básica dentro de cada tramo, sumando el monto básico de impuesto de ese tramo.
Aunque los tramos exactos de 2025 serán publicados más cerca del cierre del año, la estructura generalmente sigue este formato (usando valores ilustrativos basados en la estructura actual, los valores reales de 2025 diferirán):
| Ingreso Imponible Anual (USD) | Impuesto Básico (USD) | Tasa Marginal de Impuesto |
|---|---|---|
| Hasta [Fracción 1] | 0 | 0% |
| Desde [Fracción 1] hasta [Fracción 2] | 0 | [Tasa 1]% |
| Desde [Fracción 2] hasta [Fracción 3] | [Impuesto Básico 1] | [Tasa 2]% |
| Desde [Fracción 3] hasta [Fracción 4] | [Impuesto Básico 2] | [Tasa 3]% |
| ... y así sucesivamente para tramos superiores | ... | ... |
Los empleadores deben proyectar el ingreso anual del empleado y las deducciones al inicio del año o al inicio del empleo para determinar el monto de retención mensual. Esta proyección generalmente se realiza mediante el Formulario 107.
Deducciones y Asignaciones Personales para los Empleados
Los empleados en Ecuador pueden reducir su ingreso imponible reclamando deducciones por ciertos gastos personales. Estas deducciones disminuyen la base sobre la que se calcula el impuesto a la renta, reduciendo así la obligación fiscal anual y la cantidad retenida mensualmente.
Los gastos personales elegibles generalmente incluyen categorías como:
- Vivienda: pagos de alquiler o intereses hipotecarios.
- Salud: gastos médicos, primas de seguros de salud.
- Educación: matrícula, útiles escolares para el empleado y dependientes.
- Alimentación: gastos básicos de alimentos.
- Vestimenta: gastos básicos en ropa.
Existe un límite anual en la cantidad total de gastos personales que se pueden deducir. Este límite suele expresarse como un múltiplo de la Fracción Básica Desgravada. Los empleados deben presentar documentación de respaldo para estos gastos a su empleador (para la proyección anual) y conservarla en caso de auditorías del SRI.
Plazos de Cumplimiento y Presentación de Información Tributaria
Los empleadores en Ecuador tienen plazos específicos para reportar y remitir los impuestos sobre la nómina y el impuesto a la renta retenido.
- Contribuciones mensuales al IESS: las fechas de vencimiento generalmente corresponden al número de RUC del empleador y caen durante la primera mitad del mes siguiente al período de pago.
- Retención mensual del Impuesto a la Renta (Formulario 107): los empleadores deben presentar una declaración mensual de retenciones y pagar los montos retenidos. La fecha límite también depende del RUC y cae en el mes siguiente al período de retención.
- Proyección anual del Impuesto a la Renta (Formulario 107): los empleadores deben obtener las proyecciones del impuesto a la renta de los empleados (Formulario 107) al inicio del año o del empleo. Un resumen anual de las retenciones (también Formulario 107) se proporciona a los empleados antes del 31 de enero del año siguiente para sus declaraciones personales.
- Declaraciones anuales informativas: los empleadores deben presentar varias declaraciones informativas anuales detallando la remuneración, las retenciones y las contribuciones de los empleados.
El cumplimiento de estos plazos es crucial para evitar sanciones e intereses.
Consideraciones fiscales especiales para Trabajadores Extranjeros y Empresas
Los trabajadores y empresas extranjeras que operan en Ecuador pueden enfrentar consideraciones fiscales específicas.
- Residencia fiscal: las obligaciones fiscales de los trabajadores extranjeros dependen de su condición de residencia en Ecuador. Las personas que residan en Ecuador por más de 183 días en un período de 12 meses generalmente se consideran residentes fiscales y tributan sobre sus ingresos en todo el mundo. Los no residentes suelen tributar solo por sus ingresos fuente en Ecuador.
- Tratados de doble imposición: Ecuador ha firmado tratados de doble imposición con varios países. Estos tratados pueden afectar el tratamiento fiscal de los ingresos de los residentes de esos países que trabajan en Ecuador, pudiendo ofrecer alivio contra la doble tributación.
- Empresas extranjeras: Las empresas extranjeras que emplean trabajadores en Ecuador, incluso sin una sucursal registrada, pueden establecer una presencia fiscal (establecimiento permanente) dependiendo de la naturaleza y duración de sus actividades, lo que activa obligaciones fiscales locales. Utilizar un Employer of Record puede ayudar a las empresas extranjeras a gestionar estas complejidades y garantizar el cumplimiento sin necesidad de establecer una entidad local.
- Requisitos específicos de visa: ciertos tipos de visa para trabajadores extranjeros pueden tener implicaciones o requisitos fiscales asociados.
Comprender estas particularidades es vital para que las entidades extranjeras y sus empleados aseguren el cumplimiento total de la legislación fiscal ecuatoriana.
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