Comprenda las regulaciones sobre vacaciones y otros tipos de licencias en Belice
En Belice, la Ley de Trabajo (Capítulo 297 de las Leyes de Belice, Edición Revisada 2011) regula los derechos relacionados con las vacaciones.
Según la Sección 126 de la Ley de Trabajo, los empleados tienen derecho a dos semanas (14 días laborables) de vacaciones pagadas por cada año completo de servicio. La elegibilidad para las vacaciones entra en vigor después de que un empleado haya completado un año de servicio continuo con un empleador. Las vacaciones se acumulan a lo largo del año laboral, y los empleados pueden comenzar a disfrutarlas una vez que sean elegibles. El momento de las vacaciones generalmente lo determinan los empleadores. Es recomendable que empleadores y empleados colaboren y programen el tiempo de vacaciones de manera que satisfaga las necesidades del negocio.
Los empleadores tienen la discreción de permitir que los empleados trasladen las vacaciones no utilizadas al año siguiente, a menudo con ciertas limitaciones sobre cuánto puede acumularse. Los empleados que no completen un año completo de servicio tienen derecho a vacaciones proporcionales basadas en la duración de su servicio.
Belice es conocido por su vibrante mezcla de días festivos nacionales, culturales y religiosos que se celebran a lo largo del año.
Los beliceños celebran varios días festivos nacionales cada año. Estos incluyen:
Belice también observa varios días festivos religiosos con fechas variables. Estos incluyen:
En Belice, la Ley de Trabajo es la legislación principal que rige los derechos de licencia.
Según la Sección 126 de la Ley de Trabajo, los empleados tienen derecho a dos semanas (14 días laborales) de vacaciones pagadas por cada año completo de servicio. Los empleados se vuelven elegibles para esta licencia después de un año de servicio continuo con el mismo empleador.
De acuerdo con la Sección 132 de la Ley de Trabajo, los empleados tienen derecho hasta 16 días de licencia por enfermedad pagada por año después de completar un año de servicio. Los empleadores pueden requerir un certificado médico para justificar las reclamaciones de licencia por enfermedad que superen los tres días consecutivos.
La Sección 137 de la Ley de Trabajo establece que las empleadas tienen derecho a 12 semanas (84 días) de licencia por maternidad pagada. Para calificar, generalmente necesitan haber completado al menos un año de servicio y haber contribuido a la Junta de Seguridad Social.
También existen otros tipos de licencia, como la licencia especial y la licencia casual. Los empleados pueden tener derecho a ausencias cortas por asuntos urgentes, como emergencias domésticas o para cumplir con obligaciones de sindicatos o servicio público. La duración se negocia entre el empleado y el empleador, y puede no ser remunerada. Algunos empleadores pueden ofrecer licencia casual por razones personales. Las políticas y derechos generalmente varían según el empleador.
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