Descubra las responsabilidades fiscales de empleadores y empleados en Belice
En Belice, los empleadores tienen la responsabilidad de contribuir a la Junta de Seguridad Social (SSB) en nombre de sus empleados. La tasa de contribución se calcula como un porcentaje del salario bruto del empleado. En la actualidad, la tasa de contribución del empleador es del 8.13% de los salarios brutos del empleado, con un tope máximo mensual de BZD $720.
Para comenzar a hacer contribuciones, los empleadores deben primero registrarse en la SSB y obtener un número de registro de empleador. Las contribuciones a la SSB se deben realizar mensualmente, y los pagos se pueden hacer en línea, en las oficinas de la SSB o a través de bancos autorizados.
Dependiendo del tamaño de la empresa, los empleadores también pueden estar obligados a contribuir al Fondo de Desarrollo de Habilidades.
Los empleadores están obligados a presentar informes mensuales a la SSB detallando los salarios y contribuciones de los empleados. Es importante tener en cuenta que el incumplimiento de las regulaciones de la SSB puede resultar en sanciones y cargos por intereses.
En Belice, el impuesto sobre la renta se calcula sobre los ingresos gravables de un empleado, que es el salario bruto menos las deducciones permitidas. Belice opera un sistema de impuesto sobre la renta progresivo, lo que significa que los ingresos gravables se dividen en tramos, cada uno gravado a una tasa diferente.
Los primeros BZD $26,000 (aproximadamente USD $13,000) de los ingresos de una persona están exentos del impuesto sobre la renta. Puede haber exenciones y alivios adicionales disponibles dependiendo de las circunstancias individuales. Por ejemplo, se especifican alivios para personas que ganan entre BZD $26,001 y BZD $29,000.
Los empleados en Belice están obligados a contribuir a la Junta de Seguridad Social (SSB). La tasa de contribución se calcula como un porcentaje del salario bruto de un empleado. Actualmente, la tasa de contribución del empleado es del 8% de los salarios brutos, hasta un máximo de BZD $720 por mes.
Los empleadores pueden estar obligados por ley o por política de la empresa a retener otras deducciones del cheque de pago de un empleado. Estas pueden incluir:
En Belice, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) tradicional es reemplazado por un Impuesto General a las Ventas (IGV) que opera de manera similar. La tasa estándar del IGV en Belice es del 12.5%. Las empresas con una facturación anual superior a BZD $75,000 están obligadas a registrarse para el IGV.
La mayoría de los servicios prestados en Belice están sujetos al IGV a la tasa estándar del 12.5%. Sin embargo, un número limitado de servicios están gravados a tasa cero para fines del IGV, lo que significa que no se cobra IGV sobre estos servicios, pero aún se puede reclamar el impuesto soportado. Ejemplos de tales servicios incluyen los servicios financieros y los servicios educativos. Ciertos servicios, como los servicios médicos y el alquiler de vivienda básica, están exentos del IGV por completo.
El lugar donde se suministra un servicio determina si se aplica el IGV beliceño. Si un servicio se realiza y consume físicamente dentro de Belice, generalmente está sujeto al IGV beliceño. Por el contrario, si un servicio se realiza principalmente fuera de Belice, puede no estar sujeto al IGV beliceño, incluso si el cliente se encuentra en Belice.
Los servicios importados a Belice pueden estar sujetos al IGV dependiendo de la naturaleza específica del servicio. Por otro lado, los servicios exportados desde Belice, donde el cliente se encuentra fuera de Belice, generalmente no están sujetos al IGV.
Las empresas registradas para el IGV deben presentar declaraciones de IGV periódicamente (generalmente mensuales o trimestrales). Estas declaraciones detallan el IGV cobrado en las ventas y el IGV pagado en las compras (impuesto soportado). Las empresas también están obligadas a mantener registros precisos de ventas, compras y cálculos del IGV.
En Belice, las empresas pueden beneficiarse de un régimen fiscal favorable. La tasa general del impuesto comercial es del 1.75% de los ingresos brutos, con excepciones para ciertas industrias. Las Compañías Internacionales de Negocios (IBCs) no están sujetas al impuesto corporativo ni al impuesto sobre las ganancias de capital. Además, no hay impuestos de herencia ni cargos de timbre.
Las empresas que operan en Zonas de Procesamiento de Exportación (EPZs) pueden disfrutar de exenciones del impuesto sobre las ganancias de capital, impuestos sobre la propiedad y la tierra, impuestos especiales, impuestos sobre ventas y consumo (GST), y derechos de importación y exportación. Estas zonas se centran principalmente en productos agrícolas no tradicionales y bienes manufacturados para exportación.
Las Zonas Francas Comerciales (CFZs) ofrecen exenciones del impuesto sobre la renta, el impuesto sobre el capital, el impuesto sobre las ganancias y cualquier nuevo impuesto corporativo durante los primeros 10 años de operación. Los dividendos pagados por una empresa CFZ están exentos durante los primeros 25 años de operación. Las empresas CFZ no están obligadas a tener licencias de importación o exportación y no hay restricciones sobre transacciones en moneda extranjera dentro de las CFZs.
Las Áreas de Procesamiento Designadas (DPAs) son áreas designadas aduaneras para industrias o proyectos específicos. Las exenciones y beneficios varían según la DPA específica. Estos pueden incluir exenciones de derechos de importación e impuestos, exenciones de impuestos sobre la propiedad y la tierra, exenciones de impuestos especiales y de consumo (GST) sobre insumos importados, la oportunidad de abrir cuentas bancarias en moneda extranjera, inspección aduanera en el área designada para mayor rapidez, y permisos de trabajo para hasta el 15% de los trabajadores (personal de alta dirección o técnico).
Las empresas pueden deducir contribuciones caritativas de un mínimo de $500 hasta $30,000 por año.
Otros incentivos fiscales incluyen vacaciones fiscales para ciertas industrias, asignaciones de inversión para inversiones específicas y depreciación acelerada para ciertos activos.
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