Navegar por las complejidades de la nómina y el cumplimiento tributario es un aspecto crítico de la contratación de personas en cualquier jurisdicción. En Jamaica, el sistema fiscal involucra varias contribuciones y requisitos de retención que los empleadores deben entender y cumplir. Esto incluye obligaciones relacionadas con el impuesto sobre la renta, la seguridad social y otras deducciones estatutarias diseñadas para financiar programas y servicios nacionales.
Los empleadores que operan en Jamaica son responsables de calcular, deducir y remitir varios tipos de impuestos y contribuciones de la remuneración de sus empleados, así como de realizar sus propias contribuciones como Employer of Record. Mantenerse en conformidad con estas regulaciones es esencial para evitar sanciones y garantizar operaciones comerciales fluidas. A continuación se describen las principales obligaciones fiscales del empleador y del empleado aplicables en Jamaica para el año 2026.
Obligaciones del Employer of Record de Seguridad Social y Impuestos sobre la Nómina
Los empleadores en Jamaica deben contribuir a varios esquemas nacionales en función de las ganancias brutas de sus empleados. Estas contribuciones, junto con las cantidades retenidas a los empleados, deben ser remitidas a las autoridades correspondientes.
- National Insurance Scheme (NIS): Proporciona beneficios de seguridad social como pensiones, beneficios por lesiones laborales y de maternidad.
- Contribución del Employer of Record: 3% del salario bruto.
- Contribución del empleado: 3% del salario bruto.
- Máximo de ganancias asegurables: Existe un límite anual sobre las ganancias sujetas a contribuciones NIS. Las contribuciones se calculan hasta este límite.
- National Housing Trust (NHT): Financia el desarrollo de viviendas y proporciona financiamiento hipotecario a los aportantes.
- Contribución del Employer of Record: 3% del salario bruto.
- Contribución del empleado: 2% del salario bruto.
- Las contribuciones se basan en el salario bruto sin un límite.
- Human Employment and Resource Training (HEART) Trust/NTA: Apoya la formación vocacional y el desarrollo de habilidades.
- Contribución del Employer of Record: 3% del salario bruto.
- Contribución del empleado: 0% (Esta es una contribución únicamente del employer of record).
- Las contribuciones se basan en el salario bruto sin un límite.
- Impuesto de Educación: Contribuye a financiar el sistema educativo.
- Contribución del Employer of Record: 3.5% del salario bruto.
- Contribución del empleado: 2.25% del salario bruto.
- Las contribuciones se basan en el salario bruto sin un límite.
- National Budget Support (NBT): Medida temporal para apoyar el presupuesto nacional.
- Contribución del Employer of Record: 0% (Esta es una deducción exclusiva del empleado).
- Contribución del empleado: 1% del salario bruto.
- Las contribuciones se basan en el salario bruto sin un límite.
Los empleadores son responsables de calcular tanto su parte como la parte del empleado (cuando corresponda) de estas contribuciones y de remitir el monto total mensualmente.
Requisitos de Retención del Impuesto sobre la Renta
Los empleadores deben retener el impuesto sobre la renta de los salarios de sus empleados bajo el sistema Pay As You Earn (PAYE). La cantidad de impuesto retenido depende del salario bruto del empleado, el umbral libre de impuestos aplicable y las tasas impositivas.
El impuesto sobre la renta se calcula sobre los ingresos gravables del empleado, que generalmente es su salario bruto menos el umbral libre de impuestos anual.
Tasas de Impuesto sobre la Renta (PAYE)
Para el año 2026, las tasas de impuesto sobre la renta aplicables a las personas están estructuradas de la siguiente manera:
| Ingreso Gravable Anual (JMD) | Tasa de Impuesto |
|---|---|
| Hasta el Umbral Libre de Impuestos Anual | 0% |
| Por encima del Umbral Libre de Impuestos | 25% |
| Por encima de JMD 6,000,000 | 30% |
El umbral libre de impuestos anual es una cantidad específica de ingresos que no está sujeta a impuesto sobre la renta. Para 2026, este umbral es JMD 1,902,360.
Los empleadores deben calcular el ingreso gravable mensual (ingreso gravable anual dividido entre 12) y aplicar la(s) tasa(s) de impuesto relevantes para determinar la cantidad de PAYE que se debe retener en cada período de pago.
Deducciones y Bonificaciones Impositivas para Empleados
Los empleados en Jamaica se benefician de ciertas deducciones y bonificaciones que reducen su ingreso gravable. La principal bonificación es el umbral libre de impuestos anual mencionado anteriormente.
- Umbral Libre de Impuestos Anual: A partir de 2026, los primeros JMD 1,902,360 de los ingresos anuales de una persona están exentos de impuesto sobre la renta. Este umbral se prorratea para empleados que comienzan o dejan el empleo durante el año.
- Contribuciones a Pensiones Aprobadas: Las contribuciones realizadas por un empleado a un esquema de pensiones aprobado generalmente son deducibles de su ingreso bruto a efectos fiscales, hasta ciertos límites.
- Donaciones Caritativas Aprobadas: Las donaciones hechas a organizaciones benéficas aprobadas también pueden ser deducibles, sujetas a reglas y límites específicos.
Los empleadores deben tener en cuenta estas bonificaciones y deducciones al calcular el ingreso gravable del empleado para las retenciones de PAYE. Es posible que los empleados necesiten proporcionar documentación al empleador para solicitar ciertas deducciones (como contribuciones a pensiones).
Fechas Límite para el Cumplimiento Fiscal y Presentación de Informes
Los empleadores tienen fechas límite específicas para remitir los impuestos y contribuciones retenidos y para presentar declaraciones.
- Remesas Mensuales: Las deducciones y contribuciones de PAYE, NIS, NHT, HEART, Impuesto de Educación y NBT deben ser remities a las autoridades correspondientes antes del 14º día del mes siguiente al mes en que se realizaron los pagos a los empleados. Estos pagos generalmente se realizan mediante un sistema de pago consolidado o pagos separados a la Tax Administration Jamaica (TAJ) y otras agencias.
- Declaraciones Anuales: Los empleadores deben presentar declaraciones anuales resumiendo las remuneraciones totales pagadas a los empleados y los impuestos y contribuciones totales retenidos y remitidos durante el año fiscal (1 de enero a 31 de diciembre). La declaración anual principal (Formulario P24) suele ser dueby en 31 de marzo del año siguiente.
- Declaraciones de Impuesto sobre la Renta de los Empleados (IT05): Aunque los empleadores manejan la retención PAYE, los empleados individuales también deben presentar sus propias declaraciones de impuestos sobre la renta anualmente antes del 15 de marzo del año siguiente si tienen ingresos de fuentes diferentes a su empleo principal o desean reclamar ciertas deducciones o créditos no gestionados mediante PAYE. Los empleadores deben proporcionar a los empleados un Estado de Ingresos (Formulario P2A) antes del 15 de febrero para ayudarles en la presentación de sus declaraciones.
El incumplimiento de estos plazos puede resultar en penalizaciones y cargos por intereses.
Consideraciones Fiscales Especiales para Trabajadores Extranjeros y Empresas
Los trabajadores extranjeros y las empresas que operan en Jamaica pueden enfrentar reglas fiscales específicas.
- Personas No Residentes: Las personas que no se consideran residentes en Jamaica a efectos fiscales generalmente solo están sujetas a impuestos sobre los ingresos derivados de fuentes dentro de Jamaica. Las tasas impositivas y las bonificaciones aplicables a residentes pueden diferir para no residentes. Los empleadores que emplean a personas no residentes deben garantizar el tratamiento fiscal correcto y la retención.
- Empresas Extranjeras: Las empresas extranjeras que operan a través de una sucursal o establecimiento permanente en Jamaica están sujetas al impuesto de sociedades jamaicano sobre sus ganancias originadas en Jamaica. Las empresas sin establecimiento permanente pero que obtienen ingresos de Jamaica (por ejemplo, regalías, intereses, honorarios de gestión) pueden estar sujetas a retención en la fuente.
- Tratados de Doble Imposición: Jamaica ha suscrito Tratados de Doble Imposición (DTTs) con varios países. Estos tratados pueden afectar el tratamiento fiscal de los ingresos de los residentes de esos países, reduciendo potencialmente las tasas de retención o exenciones. Los empleadores y las empresas deben considerar las disposiciones de cualquier DTT aplicable.
- Requisitos de Registro: Las empresas extranjeras que establecen presencia o emplean personal en Jamaica deben cumplir con los requisitos de registro local en la Companies Office of Jamaica (COJ) y la Tax Administration Jamaica (TAJ).
Comprender estas consideraciones especiales es crucial para las entidades extranjeras para garantizar el cumplimiento de las leyes fiscales jamaicanas al contratar empleados o realizar negocios en el país.
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