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Jamaica

Políticas de Terminación y Despido

Conozca los procesos legales para la terminación y despido de empleados en Jamaica

Período de preaviso

En Jamaica, la Ley de Empleo (Pagos por Terminación y Redundancia) (ETRPA) regula los requisitos legales para los períodos de preaviso durante la terminación del empleo.

Períodos Mínimos de Preaviso

Según la ETRPA, los períodos mínimos de preaviso que un empleador debe proporcionar a un empleado al momento de la terminación se basan en la duración del servicio del empleado.

  • Para menos de 5 años de servicio, el preaviso mínimo es de dos semanas.
  • Para 5 años o más pero menos de 10 años, el preaviso mínimo es de cuatro semanas.
  • Para 10 años o más pero menos de 15 años, el preaviso mínimo es de seis semanas.
  • Para 15 años o más pero menos de 20 años, el preaviso mínimo es de ocho semanas.
  • Para más de 20 años de servicio, el preaviso mínimo es de doce semanas.

Es importante notar que estos son requisitos mínimos. Un contrato de trabajo puede estipular un período de preaviso más largo, el cual prevalecería sobre los mínimos establecidos en la ETRPA.

Excepciones a los Períodos de Preaviso

Hay excepciones limitadas en las que un empleador puede no estar obligado a proporcionar preaviso antes de la terminación. Estas excepciones típicamente involucran mala conducta grave por parte del empleado, como se detalla en la Sección 4 de la ETRPA.

Requisitos de Preaviso

La ETRPA requiere que el preaviso sea proporcionado por escrito a menos que se entregue en presencia de un testigo creíble. El preaviso debe especificar la fecha efectiva de la terminación, la cual debe estar entre 14 y 60 días a partir de la fecha del preaviso.

Indemnización por despido

En Jamaica, la indemnización por despido se conoce oficialmente como "pagos por redundancia" y está regulada por la Ley de Empleo (Terminación y Pagos por Redundancia) (ETRPA).

Elegibilidad para el Pago por Redundancia

Un empleado se vuelve elegible para los pagos por redundancia cuando su trabajo deja de existir, o el empleador ya no puede justificar su empleo. Esto podría deberse a razones como el cierre del negocio, cambios operativos dentro de la empresa o cambios en la tecnología que reducen la necesidad de ciertos roles.

Cálculo del Derecho

El cálculo del pago por redundancia en Jamaica se basa en la duración del servicio continuo del empleado.

Para Servicio de 2 a 10 años

Los empleados que han servido entre 2 a 10 años tienen derecho a 2 semanas de pago por cada año de servicio.

Para Servicio de más de 10 años

Los empleados que han servido por más de 10 años tienen derecho a 3 semanas de pago por cada año de servicio.

Puntos Clave a Considerar

  • Servicio continuo: El pago por redundancia se calcula en función de la duración del servicio continuo con el mismo empleador.
  • Período de pago: El cálculo se basa en el salario semanal promedio del empleado durante las últimas 13 semanas anteriores a la fecha de terminación.
  • Excepciones: Hay excepciones limitadas donde un empleado puede no tener derecho a pagos por redundancia, como la terminación debido a mala conducta grave.

Información Adicional

Los empleadores están obligados a proporcionar pagos por redundancia además de cualquier salario pendiente, pago de vacaciones y el pago de preaviso requerido. La ETRPA establece los requisitos legales mínimos para el pago por redundancia en Jamaica. Sin embargo, los acuerdos laborales individuales pueden ofrecer términos más favorables para los empleados.

Proceso de terminación

La terminación del empleo en Jamaica está principalmente regida por la Ley de Empleo (Pagos por Terminación y Redundancia) (ETRPA). El proceso puede categorizarse en diferentes tipos e involucra varios pasos.

Tipos de Terminación

  • Terminación por el Empleador (con aviso): Este es el tipo de terminación más común donde el empleador proporciona al empleado el período de aviso legalmente requerido.
  • Terminación por el Empleador (sin aviso): También conocida como despido sumario, solo se permite bajo circunstancias limitadas descritas en la Sección 4 de la ETRPA, como una falta grave del empleado.
  • Terminación por el Empleado: En este caso, el empleado renuncia, proporcionando el aviso requerido estipulado en su contrato de trabajo o, si no existe, un período de aviso razonable.
  • Despido Constructivo: Esto ocurre cuando el empleador crea condiciones de trabajo intolerables, forzando al empleado a renunciar. Estos casos a menudo involucran complejidades legales.

Pasos en la Terminación por el Empleador

  1. Documentar Razones: El empleador debe tener razones válidas para la terminación, alineadas con las disposiciones de la ETRPA. La documentación exhaustiva es crucial en caso de disputas futuras.
  2. Aviso por Escrito: Se debe proporcionar al empleado un aviso de terminación por escrito, indicando la razón de la terminación y la fecha efectiva de la misma. El período de aviso requerido depende de la duración del servicio.
  3. Pagos Finales: El empleador debe liquidar todos los pagos pendientes, incluyendo vacaciones acumuladas y cualquier pago por aviso aplicable en lugar del aviso.

Notas Importantes

  • Se recomienda encarecidamente a los empleadores tener políticas de terminación claramente definidas en sus manuales de la empresa, en línea con las leyes laborales jamaicanas.
  • Los empleados tienen derecho a impugnar una terminación que consideren ilegal. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Jamaica tiene mecanismos de resolución de disputas.
  • Se recomienda buscar asesoría legal de un especialista en derecho laboral, especialmente en casos de terminación complejos.
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