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Licencia en Dominica

Políticas de Vacaciones y Permisos

Conozca los derechos y las políticas sobre las licencias de los empleados en Dominica.

Dominica leave overview

Gestionar el permiso y las licencias por vacaciones de los empleados es un aspecto crucial para el cumplimiento normativo y las relaciones laborales en las empresas que operan en Dominica. Entender las leyes laborales locales y las prácticas estándar asegura que los empleadores cumplan con sus obligaciones, al mismo tiempo que fomentan un ambiente de trabajo positivo. Estas políticas cubren diversos tipos de licencia, incluyendo vacaciones anuales, días festivos, licencia por enfermedad y licencia parental, cada uno con requisitos y derechos específicos que los empleadores deben respetar.

Navegar por estas regulaciones puede ser complejo, especialmente para las empresas internacionales que emplean personal en Dominica. La familiaridad con los mínimos legales y las disposiciones comunes es esencial para un procesamiento preciso de la nómina, la planificación de horarios y la gestión general de la fuerza laboral, garantizando el cumplimiento de las leyes que rigen las relaciones laborales en la isla.

Licencia anual por vacaciones

Los empleados en Dominica tienen derecho a una licencia anual pagada después de completar un cierto período de servicio con un empleador. El derecho mínimo generalmente se basa en la duración del empleo continuo.

  • Derecho Mínimo: Después de 12 meses de servicio contínuo, un empleado generalmente tiene derecho a un mínimo de dos semanas (14 días naturales) de vacaciones anuales pagadas.
  • Acumulación: La licencia se acumula normalmente en función de la duración del servicio. Aunque el mínimo legal es de dos semanas tras un año, algunos empleadores pueden ofrecer una licencia aumentada basada en la antigüedad o mediante acuerdos colectivos.
  • Pago: Los empleados deben recibir su salario regular durante el período de su licencia anual.
  • Momento: La programación de la licencia anual suele acordarse entre el empleador y el empleado, considerando las necesidades operativas del negocio.

Días festivos

Dominica observa varios días festivos a lo largo del año. Los empleados generalmente tienen derecho a un día libre pagado en estos días. Si un empleado debe trabajar en un día festivo, típicamente tiene derecho a un pago adicional, a menudo a una tarifa doble de su salario habitual.

A continuación, las fechas de los días festivos estándar en Dominica, con fechas típicas para 2026:

Día festivo Fecha (2026)
Año Nuevo 1 de enero
Lunes de Carnaval 16 de febrero
Martes de Carnaval 17 de febrero
Viernes Santo 3 de abril
Lunes de Pascua 6 de abril
Día del Trabajo 4 de mayo
Lunes de Whit 25 de mayo
Día de la Emancipación 3 de agosto
Día de la Independencia 3 de noviembre
Día Comunitario de Servicio 4 de noviembre
Navidad 25 de diciembre
Boxing Day 26 de diciembre

Nota: Las fechas de días festivos como Carnaval, Pascua y Whit Monday varían, ya que se basan en el calendario litúrgico.

Licencia por enfermedad

Los empleados en Dominica tienen derecho a una licencia por enfermedad pagada cuando no pueden trabajar debido a una enfermedad. Los derechos y requisitos específicos pueden variar, pero las leyes laborales generalmente proporcionan un marco.

  • Derecho: Los empleados generalmente tienen derecho a un número determinado de días de enfermedad pagados por año. La cantidad específica puede estar definida por acuerdos colectivos o políticas internas, pero debe cumplir o superar los mínimos legales.
  • Certificado médico: Los empleadores pueden requerir un certificado médico de un médico registrado, especialmente para ausencias que excedan un número determinado de días consecutivos (por ejemplo, dos o tres días).
  • Pago: La licencia por enfermedad suele pagarse a la tarifa regular del empleado por la duración autorizada.

Licencia parental

La ley dominicana establece derechos para los empleados que requieren licencia relacionada con el parto.

Licencia por maternidad

Las empleadas tienen derecho a una licencia por maternidad.

  • Duración: El derecho estándar suele ser de 12 semanas de licencia por maternidad.
  • Momento: Esta licencia generalmente puede tomarse antes y después del nacimiento del hijo.
  • Pago: A veces, parte de la licencia por maternidad se paga, mediante una combinación de contribución del empleador y beneficios de seguridad social. El porcentaje específico de salario pagado y la duración de la licencia pagada pueden variar.

Licencia por paternidad

Las disposiciones legales para la licencia por paternidad en Dominica no son tan extensas como las de maternidad. Aunque algunos empleadores pueden ofrecer unos días de licencia pagada o no pagada para nuevos padres como beneficio corporativo, en general no existe un derecho legal amplio a una licencia de paternidad extendida.

Licencia por adopción

Las disposiciones legales específicas para licencia por adopción puede que no estén claramente definidas igual que la licencia por maternidad. Las políticas respecto a la licencia para empleados que adoptan un hijo pueden depender de la discreción del empleador o estar guiadas por principios similares a la licencia por maternidad, aunque esto no es un requisito legal universal.

Otros tipos de licencia

Más allá de las categorías principales de vacaciones, días festivos, licencia por enfermedad y licencia parental, pueden estar disponibles otros tipos de licencia para los empleados, aunque suelen estar sujetas a políticas del empleador o a acuerdos colectivos en lugar de requisitos estrictamente legales.

  • Licencia por duelo: Muchos empleadores ofrecen un período corto de licencia pagada (p.ej., de 3 a 5 días) en caso de fallecimiento de un familiar cercano. Es una práctica común, aunque no siempre es un derecho legal para todos los empleados.
  • Licencia para estudios: La licencia con fines educativos generalmente no es un derecho constitucional, pero puede ser concedida por los empleadores para apoyar el desarrollo del empleado, a menudo bajo condiciones específicas respecto a la relevancia para el trabajo y la duración.
  • Licencia sabática: La licencia extendida para desarrollo personal o profesional, a menudo sin pago, no es un requisito legal y queda a discreción del empleador, usualmente reservada para empleados de larga antigüedad.
  • Licencia por servicio a la justicia/debido cívico: Aunque menos común en algunas jurisdicciones, puede requerirse licencia para cumplir con deberes cívicos como el servicio en un jurado, aunque las disposiciones específicas pueden variar.

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