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DominicaDetalles de Obligaciones Fiscales

Descubra las responsabilidades fiscales de empleadores y empleados en Dominica

Responsabilidades fiscales del empleador

En Dominica, los empleadores enfrentan varias obligaciones fiscales, incluyendo impuestos sobre la nómina, contribuciones a la seguridad social y retenciones de impuestos sobre la renta.

Impuestos del Empleador

  • Seguridad Social Dominicana (DSS): Los empleadores contribuyen con el 7.5% del salario de los empleados al DSS.
  • Retención de Impuesto sobre la Renta: Los empleadores son responsables de retener el impuesto sobre la renta de los salarios de los empleados según un sistema de impuesto progresivo.
    • 16% sobre los primeros $20,000.00
    • 26% sobre los siguientes $30,000.00
    • 36% sobre cualquier cantidad superior a $50,000.00
  • Remisión PAYE: Las deducciones PAYE deben ser remitidas a la División de Impuestos Internos antes del 15 del mes siguiente.
  • Declaración Anual de Remuneración y PAYE: Se requiere que los empleadores presenten el Formulario T.D.5 anualmente, antes del 31 de marzo.
  • Otros Impuestos Retenidos: Los empleadores deben retener un impuesto del 15% sobre pagos a individuos no residentes por dividendos, intereses, regalías y otros ingresos especificados. Este impuesto debe ser pagado dentro de los 15 días después del final del mes en que fue deducido.

Impuestos del Empleado

  • Seguridad Social Dominicana (DSS): Los empleados contribuyen con el 6.25% de su salario al DSS.
  • Impuesto sobre la Renta: Los empleados están sujetos al impuesto sobre la renta, deducido en origen bajo el sistema PAYE.

Fechas y Plazos Importantes

  • 31 de marzo: Fecha límite para presentar la declaración anual de impuestos sobre la renta y para la declaración anual de remuneraciones (Formulario TD.5) y para otros ingresos (Formulario I.T.24). Esta también es la fecha límite para el primer pago anticipado (25%) del impuesto sobre la renta del año en curso.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

  • Tasa Estándar: 15%. Una tasa reducida del 10% se aplica a actividades hoteleras y de buceo.
  • Remisión: El IVA recaudado debe ser remitido antes del 20 del mes siguiente.

Otras Consideraciones

  • Salario Mínimo: 7.50 XCD (2.78 USD) por hora (a partir de 2025).
  • Paga del 13er Mes: No es obligatoria en Dominica.

Es importante tener en cuenta que esta información está actualizada al 5 de febrero de 2025 y puede estar sujeta a cambios. Se recomienda consultar con un asesor fiscal o directamente con la División de Impuestos Internos para obtener orientación más actualizada y específica.

Deducciones fiscales del empleado

Deducciones de Impuestos para Empleados

En Dominica, las deducciones de impuestos para empleados, conocidas como Pay As You Earn (PAYE), se retienen de los salarios de los empleados y se remiten a la Inland Revenue Division.

El sistema PAYE en Dominica opera con una estructura de tasas impositivas progresivas. Después de deducir la deducción estándar, los ingresos gravables están sujetos a las siguientes tasas:

  • 15%: sobre los primeros EC$20,000
  • 25%: sobre los siguientes EC$30,000 (ingresos entre EC$20,001 y EC$50,000)
  • 35%: sobre cualquier ingreso que exceda EC$50,000

A partir de 2021, la deducción estándar es de EC$416,220 anuales. Tenga en cuenta que esta cantidad está sujeta a ajustes según la tasa de inflación anual, por lo que se recomienda confirmar la cifra actual con fuentes oficiales. Ciertos pagos están exentos de impuestos sobre la renta, incluidos los bonos de Navidad, las indemnizaciones por despido y los pagos previos al aviso.

Contribuciones a la Seguridad Social

Los empleados también contribuyen a la seguridad social, que financia beneficios como pensiones, discapacidad y seguro de salud. Las contribuciones del empleado son las siguientes:

  • 2.87%: Pensión y Discapacidad
  • 3.04%: Seguro de Salud
  • 0.50%: Educación Técnica (INFOTEP)

Responsabilidades del Empleador

Los empleadores son responsables de deducir PAYE y las contribuciones a la seguridad social de los salarios de los empleados y remitirlas a la Inland Revenue Division. Estas deducciones deben presentarse antes del 15 del mes siguiente. Los empleadores también deben presentar declaraciones mensuales, incluso si no se dedujo ningún impuesto, junto con una declaración anual antes del 31 de enero del año siguiente. El incumplimiento resulta en sanciones, incluyendo una multa del 10% sobre el saldo de impuestos pendiente y un interés mensual del 1%. Se requieren formularios específicos, como el formulario de remisión T.D.3, para estas presentaciones.

Impuesto sobre Beneficios en Especie (FBT)

Los empleadores en Dominica están sujetos a un Impuesto sobre Beneficios en Especie (FBT) por ciertos beneficios no monetarios proporcionados a los empleados, como automóviles de la empresa, viviendas y membresías en clubes. Este impuesto se calcula al 27% del valor del beneficio y es pagadero mensualmente. Para los vehículos de la empresa, el cálculo del FBT varía según la propiedad y el uso:

  • Propiedad/Alquiler del empleador, uso en la oficina: 40% de depreciación/alquiler, combustible, seguro, etc.
  • Propiedad/Alquiler del empleador, uso fuera de la oficina: 20% de depreciación/alquiler, combustible, seguro, etc.
  • Propiedad del empleado, uso en la oficina: 20% de combustible, reparaciones, mantenimiento y seguro.
  • Propiedad del empleado, uso fuera de la oficina: 10% de combustible, reparaciones, mantenimiento y seguro.

Información Adicional

Dominica ofrece varias exenciones fiscales e incentivos para estimular el crecimiento económico y atraer inversión extranjera. Estos pueden incluir feriados fiscales para nuevos negocios, concesiones libres de aranceles para proyectos aprobados y exenciones sobre ciertos tipos de ingresos. Para obtener los detalles más actuales y completos sobre las regulaciones fiscales, se recomienda encarecidamente consultar fuentes oficiales como la Inland Revenue Division y la legislación pertinente. Esta información es vigente al 5 de febrero de 2025 y puede estar sujeta a cambios.

IVA

En Dominica, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto al consumo aplicado a la mayoría de los bienes y servicios con una tasa estándar del 15%.

Tasas de IVA

  • Tasa Estándar: 15% para la mayoría de los bienes y servicios.
  • Tasa Reducida: 10% para alojamiento en hoteles y actividades de buceo.
  • Tasa Cero: 0% para bienes específicos como exportaciones, suministros médicos y alimentos básicos (por ejemplo, arroz, harina, azúcar).

Bienes y Servicios Exentos

Ciertos bienes y servicios están completamente exentos de IVA, incluyendo:

  • Servicios financieros
  • Bienes inmuebles
  • Alquiler
  • Servicios médicos

Registro de IVA

Las empresas con suministros imponibles anuales que superen los $250,000 están obligadas a registrarse para el IVA. A partir del 1 de septiembre de 2016, el umbral para el registro de IVA se incrementó a esta cantidad desde los umbrales anteriores de $60,000 y $120,000.

Declaración y Pago del IVA

Las empresas registradas deben presentar declaraciones mensuales de IVA y realizar el pago antes del día 20 del mes siguiente. Las declaraciones deben detallar las ventas, compras y otra información relevante sujeta a IVA. La presentación es obligatoria incluso si no se adeuda impuesto por el período. Las sanciones por presentación tardía son de $100 por mes o por fracción de mes. El Contralor puede otorgar prórrogas previa solicitud por escrito si se demuestra una causa justificada. Tenga en cuenta que una prórroga no modifica el plazo para el pago del impuesto. Los consumidores deben solicitar un recibo por cada compra. Las empresas registradas deben recibir una factura fiscal por todas las compras a proveedores registrados. Todos los precios exhibidos deben incluir IVA (es decir, el precio final que paga el consumidor). Las empresas registradas deben exhibir prominentemente su certificado de registro de IVA.

Información Adicional

  • El IVA se introdujo en Dominica el 1 de marzo de 2006, reemplazando varios impuestos anteriores, incluidos el Impuesto al Consumo, el Impuesto sobre Ventas, el Impuesto sobre la Ocupación Hotelera y el Impuesto sobre el Entretenimiento.
  • El impuesto soportado se refiere al IVA pagado por las compras de bienes o servicios imponibles por una persona sujeta a impuestos.
  • El impuesto repercutido es el IVA cobrado por una empresa registrada sobre sus ventas imponibles.
  • Una actividad imponible es aquella llevada a cabo de manera regular o continua por cualquier persona en Dominica (o en parte en Dominica), ya sea con ánimo de lucro o no, que implique o tenga la intención de implicar el suministro de bienes o servicios a otra persona a cambio de una consideración.

Tenga en cuenta que esta información es vigente al día de hoy, 5 de febrero de 2025, y puede estar sujeta a cambios.

Incentivos fiscales

Dominica ofrece una variedad de incentivos fiscales diseñados para atraer inversión y estimular la actividad económica.

Incentivos Fiscales en Dominica

El sistema fiscal de Dominica ofrece varias ventajas para individuos y negocios:

  • Sin impuestos sobre:

    • Ganancias de capital
    • Herencias
    • Patrimonio
    • Donaciones
    • Ingresos del extranjero
    • Ingresos personales (para residentes)
  • Tratados de doble imposición: Dominica tiene acuerdos con los EE. UU. y CARICOM para evitar la doble imposición.

  • Repatriación de beneficios: No existen restricciones para repatriar beneficios ni capital importado.

Incentivos Fiscales Corporativos

Existen varios incentivos para las empresas que operan en Dominica:

  • Vacaciones fiscales: Las nuevas empresas y sectores específicos como el turismo, la agricultura y la energía renovable pueden calificar para vacaciones fiscales de hasta 20 años.
  • Exenciones de derechos de importación: Es posible que las empresas sean elegibles para exenciones completas de derechos de importación sobre equipo y materiales.
  • Bonificaciones por exportación: Existen concesiones fiscales o reembolsos basados en las ganancias de exportación.
  • Exenciones de IVA: Algunas inversiones de capital pueden estar exentas del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Solicitud de Incentivos

La Autoridad de Inversiones de Dominica (IDA) gestiona las solicitudes de incentivos fiscales. Las empresas presentan solicitudes a la IDA, que luego hace recomendaciones al gobierno. El proceso procura ser flexible y no discriminatorio, adaptándose a las necesidades específicas de cada proyecto, independientemente de su tamaño u origen (nacional o extranjero). Más información sobre el proceso de solicitud está disponible en el sitio web de la IDA.

Consideraciones Fiscales Adicionales para Individuos

Aunque los residentes generalmente están exentos del impuesto sobre la renta personal, existen ciertas deducciones disponibles para los gastos incurridos en la generación de ingresos gravables. Estas incluyen:

  • Asignación para residentes: $30,000.00
  • Deducción de intereses hipotecarios: Hasta $25,000.00
  • Donaciones a instituciones aprobadas
  • Alivio de préstamos estudiantiles: Hasta $5,000.00 por estudiante

Es importante señalar que estas deducciones están sujetas a criterios específicos, como ser total y exclusivamente incurridos para la producción de ingresos.

Ten en cuenta que esta información está actualizada al 5 de febrero de 2025 y puede estar sujeta a cambios. Se recomienda consultar con un asesor fiscal o con las autoridades pertinentes para obtener la información más actualizada y detalles específicos sobre la elegibilidad y los procedimientos de solicitud.

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