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LibiaDetalles de Obligaciones Fiscales

Descubra las responsabilidades fiscales de empleadores y empleados en Libia

Responsabilidades fiscales del empleador

En Libia, los empleadores enfrentan varias obligaciones fiscales relacionadas con la nómina, la seguridad social y otros gravámenes.

Obligaciones del Empleador

  • Contribuciones a la Seguridad Social: Los empleadores contribuyen con el 10.5% del salario bruto de un empleado a la seguridad social. Las empresas extranjeras contribuyen con el 11.25%. Esto se paga además de la contribución del 3.75% del empleado.
  • Impuesto sobre Nómina: No existe un impuesto sobre la nómina separado en Libia. Sin embargo, el empleador es responsable de retener y remitir el impuesto sobre la renta del empleado, el impuesto de la Yihad y la contribución al Fondo de Unidad Social.
  • Impuesto de la Yihad: Se aplica un impuesto del 3% sobre los ingresos del empleado.
  • Fondo de Unidad Social: Se aplica un impuesto del 1% sobre el salario bruto mensual.
  • Retención del Impuesto sobre la Renta: Los empleadores retienen el impuesto sobre la renta de los salarios de los empleados según una estructura de tasa progresiva. Esto comienza en el 5% para ingresos de hasta LYD 12,000 y aumenta al 10% para ingresos que exceden LYD 12,000 por año. Existen exenciones anuales basadas en el estado civil y el número de dependientes.
  • Impuesto de Timbre: Se aplica un impuesto de timbre del 0.5% a todos los pagos de impuestos realizados a las autoridades fiscales. Impuestos de timbre adicionales que van del 1% al 3% se aplican a ciertos contratos de servicios o suministros.
  • Presentación y Remisión: La fecha de vencimiento para la remisión de impuestos es 60 días después del final del mes, más un período de gracia de 15 días. Las sanciones por pago tardío se acumulan al 1% por mes, hasta un máximo del 12%.

Obligaciones del Empleado

  • Seguridad Social: Los empleados contribuyen con el 3.75% de su salario bruto a la seguridad social.
  • Impuesto sobre la Renta: Los empleados pagan impuestos sobre la renta según las tasas progresivas mencionadas anteriormente (5% y 10%).
  • Impuesto de la Yihad: Se aplica un impuesto del 3% sobre los ingresos del empleado.
  • Fondo de Unidad Social: Los empleados contribuyen con el 1% de su salario bruto mensual al fondo.

Otra Información Fiscal Relevante

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA): Libia no tiene un sistema de impuesto al valor agregado.
  • Impuesto al Capital, Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto de Transferencia: Estos impuestos no existen en Libia.
  • Tratados Fiscales: Libia tiene varios tratados fiscales vigentes que pueden afectar las obligaciones fiscales de las empresas extranjeras que operan en el país.

Descargo de Responsabilidad: Esta información es solo para orientación general y está actualizada al 5 de febrero de 2025. Es esencial consultar con un profesional fiscal para obtener asesoramiento específico relacionado con su situación. Las leyes y regulaciones fiscales están sujetas a cambios.

Deducciones fiscales del empleado

En Libia, tanto los ciudadanos libios como los extranjeros están sujetos a impuestos sobre los ingresos laborales obtenidos dentro del país. Se consideran varias deducciones y contribuciones para calcular el salario neto final.

Tasas de Impuestos y Deducciones

  • Impuesto sobre la Renta Personal (PIT): Se aplica un sistema impositivo progresivo:
    • 5% para ingresos anuales de hasta LYD 12,000
    • 10% para ingresos anuales que exceden LYD 12,000
  • Impuesto Jihad: Calculado sobre los ingresos imponibles:
    • 1% sobre ingresos de hasta LYD 50 por mes
    • 2% sobre ingresos de hasta LYD 100 por mes
    • 3% sobre ingresos que exceden LYD 100 por mes
  • Impuesto Adicional para Nacionales Palestinos: 7% sobre los ingresos.
  • Contribución a la Seguridad Social:
    • Empleado: 3.75% del salario bruto
    • Empleador: 11.25% del salario bruto (Total 15%)
  • Contribución al Fondo de Unidad Social: 1% del salario bruto mensual.

Exenciones y Asignaciones

Las asignaciones personales son deducibles del ingreso imponible:

  • LYD 1,800 para individuos solteros
  • LYD 2,400 para individuos casados
  • LYD 300 por cada hijo dependiente menor de 18 años. Para que los expatriados puedan reclamar asignaciones por matrimonio o hijos, su familia debe residir en Libia.

Gastos Deducibles

Por lo general, se pueden deducir los siguientes gastos:

  • Primas de seguros de vida
  • Primas de seguros generales
  • Contribuciones a la seguridad social
  • Contribuciones a seguros médicos
  • Gastos directos relacionados con el trabajo
  • Multas disciplinarias

Administración y Declaración de Impuestos

  • Estado de Declaración: La declaración individual es obligatoria; no se permite la declaración conjunta.
  • Retención de Impuestos: Los empleadores retienen y remiten el impuesto sobre la renta, típicamente dentro de los 60 días posteriores al final del mes, con un período de gracia de 15 días.
  • Penalizaciones: Las penalizaciones por pago tardío son del 1% por mes, hasta un máximo del 12%.

Información General y Consideraciones

La información proporcionada se basa en las mejores fuentes disponibles al 5 de febrero de 2025 y está sujeta a cambios debido a posibles actualizaciones legales y regulatorias. Es crucial consultar a las autoridades fiscales libias oficiales o buscar asesoramiento fiscal profesional para obtener la información más actualizada y precisa. Este resumen no debe considerarse como asesoramiento financiero o legal. Siempre verifique los detalles con las autoridades pertinentes antes de tomar decisiones fiscales.

IVA

El sistema fiscal de Libia se centra principalmente en el impuesto sobre la renta de las empresas, sin impuesto al valor agregado (IVA) ni impuesto sobre bienes y servicios (GST) vigentes al 5 de febrero de 2025. Sin embargo, se ha anunciado un plan para introducir un IVA del 18% para 2026, reemplazando el actual impuesto del 10% sobre bienes y servicios. Este resumen detalla las regulaciones fiscales actuales para las empresas que operan en Libia.

Impuesto sobre la Renta Corporativa (CIT)

El impuesto sobre la renta corporativa en Libia está regido por la Ley N.º 7 de 2010. El año fiscal suele ser el año calendario, pero las empresas pueden utilizar el cierre de su año fiscal con la aprobación previa del Departamento de Impuestos.

  • Ingresos Gravables: El CIT se aplica sobre el ingreso neto generado dentro de Libia, abarcando las ganancias de actividades comerciales después de deducir gastos permitidos. Esto incluye ingresos derivados de activos ubicados en Libia o trabajos realizados en el país. Las sucursales de empresas extranjeras son gravadas de manera similar a las subsidiarias libias.
  • Tasas de Impuesto: La tasa de CIT varía dependiendo de la naturaleza del negocio y puede cambiar. Es esencial consultar fuentes oficiales actualizadas para conocer las tarifas actuales aplicables a los diferentes sectores.
  • Declaraciones y Pago de Impuestos: Las empresas deben presentar una declaración de impuestos anual dentro de los cuatro meses posteriores al cierre de su año fiscal o un mes después de la fecha de aprobación del informe de auditoría, lo que ocurra primero. Los pagos de CIT se realizan trimestralmente, típicamente el 10 de marzo, 10 de junio, 10 de septiembre y 10 de diciembre.
  • Penalidades: Las penalidades por pagos atrasados varían de 1% a un máximo del 12% del impuesto adeudado. Se imponen penalidades adicionales, incluidas multas, por incumplimiento, declaraciones falsas o evasión fiscal.

Otros Impuestos

  • Derechos de Aduana: Aunque los derechos de aduana fueron generalmente abolidos en 2005, todavía se aplican al tabaco y productos de tabaco. Se aplica una tarifa de servicio del 5% a la mayoría de las importaciones, junto con otros derechos e impuestos estimados en 0.5%. Existen exenciones, particularmente bajo la Ley de Inversiones y en el sector petrolero.
  • Impuesto Sobre la Nómina: Se aplica un impuesto sobre la nómina a los ingresos de los empleados. Las tasas y exenciones aplicables al impuesto sobre la nómina pueden variar, por lo que es importante referirse a las regulaciones actuales.
  • Contribuciones a la Seguridad Social: Tanto los empleadores como los empleados contribuyen a la seguridad social. Las tasas pueden diferir según si la empresa es una sucursal extranjera o una entidad libia. Los empleadores retienen las contribuciones de los empleados y las remiten mensualmente, dentro de los diez días del mes siguiente.
  • Impuesto de Timbre: Se aplica un impuesto de timbre sobre varios documentos y transacciones. Para contratos que involucren la prestación de servicios o suministros, el impuesto suele ser del 1% para contratos principales y del 0.1% para subcontratos.

Regulaciones de Importación/Exportación

Las actividades de importación y exportación generalmente no requieren autorización previa, excepto para bienes específicos regulados por la ley libia. Las empresas que participen en actividades de importación/exportación deben estar registradas en el Registro de Importadores y Exportadores. Existen procedimientos y requisitos de documentación específicos para diferentes tipos de bienes.

Retenciones de Impuestos

Libia no tiene un sistema general de retenciones de impuestos, pero se aplican ciertas retenciones específicas, como las relacionadas con impuestos sobre la nómina y contribuciones a la seguridad social.

Nota: Esta información es vigente a partir del 5 de febrero de 2025 y está sujeta a cambios. Siempre se recomienda consultar con un profesional de impuestos o referirse a fuentes gubernamentales oficiales para obtener la información más actualizada.

Incentivos fiscales

El sistema fiscal de Libia ofrece ciertos incentivos orientados principalmente hacia la inversión y el desarrollo económico. A día de hoy, 5 de febrero de 2025, la información es actual, pero las leyes fiscales están sujetas a cambios.

Incentivos Fiscales Corporativos

  • Exención del Impuesto sobre la Renta Corporativa (CIT): Los proyectos que califican bajo la Ley de Inversión están exentos del CIT durante cinco años, con posibilidad de extensión por tres años más. Los proyectos de infraestructura estratégicos también pueden calificar para exenciones. Actualmente, la tasa estándar del impuesto corporativo es del 24%, y se proyecta que se mantenga en este nivel en 2026.
  • Exenciones de Derechos de Aduana y Timbres: La Ley de Inversión ofrece exenciones de los derechos de aduana y de los derechos de timbre, especialmente para los subcontratistas de proyectos que califican. Están disponibles exenciones de derechos de aduana sobre equipos y materiales específicos para proyectos de campos petroleros y empresas de servicios relacionadas.
  • Exención sobre Beneficios Reinvertidos: Los beneficios reinvertidos en proyectos, así como los dividendos no transferidos al extranjero, están exentos de impuestos.
  • Zonas Económicas Especiales (SEZs): Libia está desarrollando SEZs para atraer inversión extranjera con incentivos como desgravaciones fiscales, regulaciones simplificadas y mejora en la infraestructura. Los detalles sobre estas zonas aún están por revelarse por completo.

Consideraciones Fiscales Individuales

  • Impuesto sobre Nómina: Se aplica un impuesto sobre nómina a los individuos con tasas del 5% sobre ingresos anuales imponibles hasta LYD 12,000 y del 10% sobre ingresos que superen LYD 12,000. Se aplican exenciones a ingresos inferiores a LYD 1,800 (soltero) o LYD 2,400 (casado sin hijos), más LYD 300 por cada hijo dependiente.
  • Contribución a la Seguridad Social: Los empleados contribuyen con el 3.75% a la seguridad social, mientras que los empleadores contribuyen con el 11.25%. Las contribuciones totales a la seguridad social suman el 15%. Existen acuerdos bilaterales con algunos países que permiten tasas reducidas para sus ciudadanos que trabajan en Libia. También se realiza una contribución del 1% del salario bruto al Fondo de Unidad Social.
  • Derecho de Timbre: Se aplica un derecho de timbre del 0.5% a los salarios netos.

Información General

  • Año Fiscal: El año calendario (1 de enero - 31 de diciembre) es el año fiscal estándar, aunque se pueden aprobar desviaciones.
  • Créditos Fiscales Extranjeros: Generalmente no están disponibles bajo la ley fiscal libia, excepto según lo dispuesto por tratados fiscales.
  • Procedimientos de Aplicación: Los procedimientos detallados para solicitar incentivos fiscales varían y generalmente son gestionados por las autoridades relevantes que supervisan la inversión y las industrias específicas.

Otros Impuestos en Libia

  • Impuesto al consumo: No hay impuesto al valor agregado (IVA) en Libia.
  • Impuesto sobre la propiedad: Libia no tiene impuestos específicos sobre la propiedad.
  • Impuesto Especial: No hay impuestos especiales presentes en el sistema fiscal actual.

Este resumen proporciona una comprensión general de los incentivos fiscales y las obligaciones en Libia. Consultar con profesionales en impuestos es crucial para situaciones específicas y obtener información actualizada, ya que las regulaciones pueden evolucionar.

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