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Jordania

Políticas de Terminación y Despido

Conozca los procesos legales para la terminación y despido de empleados en Jordania

Período de preaviso

En Jersey, la Ley de Empleo (Jersey) de 2003 establece los requisitos legales para los períodos de preaviso durante la terminación del empleo.

Períodos Mínimos de Preaviso

La ley exige un período mínimo de preaviso que un empleador debe proporcionar a un empleado al finalizar el empleo, basado en la duración del servicio del empleado.

  • Menos de 2 años de servicio: Preaviso mínimo de una semana.
  • Dos (2) años o más pero menos de 3 años: Preaviso mínimo de dos semanas.
  • Por cada año adicional de servicio (hasta un máximo de 12 años): Se debe agregar una semana adicional de preaviso.

Es importante notar que estos son requisitos legales mínimos. Un contrato de trabajo puede superar estos mínimos especificando un período de preaviso más largo.

Períodos Mínimos de Preaviso para Empleados

Los empleados también están obligados a proporcionar un período mínimo de preaviso cuando renuncian, aunque el plazo generalmente es más corto que para los empleadores.

  • Menos de 26 semanas de servicio: Preaviso mínimo de una semana.
  • 26 semanas o más pero menos de cinco años: Preaviso mínimo de dos semanas.
  • Cinco años o más de servicio: Preaviso mínimo de cuatro semanas.

Requisitos de Preaviso

La Ley de Empleo (Jersey) de 2003 requiere que el preaviso se proporcione por escrito, a menos que se entregue en presencia de un testigo creíble. El preaviso debe especificar la fecha efectiva de terminación, la cual debe estar entre 14 y 60 días a partir de la fecha del preaviso.

Excepciones a los Períodos de Preaviso

No hay mención legal en la Ley de Empleo de Jersey sobre excepciones al requisito del período de preaviso del empleador basado en la mala conducta del empleado. Sin embargo, el despido sin preaviso puede ser posible en circunstancias excepcionales que involucren una mala conducta grave del empleado, pero el empleador aún necesitaría demostrar una justificación legal sólida para evitar una posible reclamación por despido improcedente.

Indemnización por despido

En Jordania, la indemnización por despido se conoce como "compensación de fin de servicio" y está regulada por la Ley Laboral Jordana (Ley No. 8 de 1996).

Elegibilidad

Los empleados que no están cubiertos por el sistema de Seguridad Social tienen derecho a la indemnización por despido. Sin embargo, aquellos que están cubiertos por el sistema de Seguridad Social generalmente no tienen derecho a la indemnización por despido, ya que sus necesidades de jubilación están cubiertas por el sistema.

Cálculo

La indemnización por despido se calcula como un mes de salario por cada año de servicio. El salario final, que se utiliza como base para el cálculo de la indemnización, incluye el salario base y cualquier asignación regular.

Circunstancias en las que puede aplicarse la indemnización

La indemnización puede aplicarse en las siguientes situaciones:

  • Terminación por parte del empleador, excepto en casos de mala conducta grave, donde el empleador está obligado a pagar la indemnización.
  • Renuncia bajo circunstancias específicas, como cambios sustanciales en los términos del contrato de trabajo por parte del empleador, o el deterioro de la salud del empleado como resultado directo del trabajo.
  • Finalización de un contrato de duración determinada, a menos que haya un acuerdo para renovar.

Excepciones a la indemnización

La indemnización podría no ser aplicable en las siguientes situaciones:

  • Terminación del empleado debido a mala conducta grave.
  • Renuncia del empleado sin una razón válida.
  • Trabajadores empleados para una tarea específica o por una duración específica.

Las regulaciones sobre la indemnización por despido están detalladas en los Artículos 23, 28, 29 y 31 de la Ley Laboral Jordana (Ley No. 8 de 1996). El Perfil Nacional de la Ley Laboral de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para Jordania también proporciona información sobre este tema.

Proceso de terminación

La Ley Laboral Jordana (Ley No. 8 de 1996) regula la terminación de los contratos de trabajo. Hay dos tipos principales de terminación: Terminación Ordinaria (Con Aviso) y Terminación Extraordinaria (Sin Aviso).

Terminación Ordinaria (Con Aviso)

En una terminación ordinaria, tanto el empleador como el empleado deben proporcionar al menos un mes de aviso por escrito antes de la fecha deseada de terminación. El empleador puede permitir que el empleado trabaje durante el período de aviso o liberarlo mientras aún le paga su salario completo por el período. Sin embargo, durante los últimos siete días del período de aviso, se debe permitir al empleado trabajar.

Terminación Extraordinaria (Sin Aviso)

La Ley Laboral Jordana permite la terminación sin aviso bajo circunstancias específicas. La mala conducta grave por parte del empleado, como las que se describen en la Ley, puede resultar en un despido inmediato sin aviso. Los empleados pueden terminar el contrato sin aviso bajo situaciones específicas, como cambios significativos en el acuerdo de empleo por parte del empleador o condiciones de salud relacionadas con el trabajo. Sin embargo, pueden ser responsables de compensar al empleador si la terminación no se encuentra dentro de las razones descritas por la ley.

Notas Adicionales Importantes

Los Contratos de Plazo Fijo expiran automáticamente al final del término. Si se renuevan, se convierten en contratos indefinidos. Los empleadores pueden terminar a un empleado durante los Períodos de Prueba sin aviso ni compensación. Los empleadores y empleados siempre pueden acordar mutuamente terminar el contrato en cualquier momento.

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