Gestionar los derechos de licencia de los empleados es un aspecto crucial de cumplimiento y satisfacción laboral al operar en Granada. La legislación laboral del país detalla requisitos específicos respecto a varios tipos de licencia, asegurando que los empleados reciban el tiempo adecuado para descanso, enfermedad y eventos importantes de la vida. Comprender estas regulaciones es esencial para que los empleadores mantengan el cumplimiento legal y fomenten un ambiente de trabajo positivo.
Los empleadores en Granada deben adherirse a las disposiciones establecidas en la legislación laboral respecto a vacaciones anuales, días festivos, licencia por enfermedad y licencia parental. Estos derechos están diseñados para proteger el bienestar del empleado y proporcionar el apoyo necesario en diferentes circunstancias. Navegar estos requisitos con precisión es clave para operaciones fluidas y en cumplimiento.
Licencia Anual de Vacaciones
Los empleados en Granada tienen derecho a una licencia anual pagada basada en su antigüedad. El derecho mínimo aumenta con la duración del servicio.
- Menos de 1 año de servicio: El derecho se prorratea según el número de meses completados de servicio.
- De 1 a 5 años de servicio: Los empleados tienen derecho a un mínimo de dos semanas (14 días naturales) de licencia anual pagada por año.
- Más de 5 años de servicio: Los empleados tienen derecho a un mínimo de tres semanas (21 días naturales) de licencia anual pagada por año.
Por lo general, la licencia debe tomarse dentro de los seis meses siguientes a su vencimiento, a menos que se acuerde lo contrario. El pago por las vacaciones debe realizarse antes de que el empleado comience su licencia.
Días Festivos
Granada observa varios días festivos a lo largo del año. Los empleados generalmente tienen derecho a un día libre pagado en estos días. Si un empleado debe trabajar en un día festivo, normalmente tiene derecho a pago adicional, a menudo a doble de la tarifa regular.
Aquí están los días festivos previstos para 2026:
| Fecha | Día festivo |
|---|---|
| 1 de enero | Día de Año Nuevo |
| 7 de febrero | Día de la Independencia |
| 3 de abril | Viernes Santo |
| 6 de abril | Lunes de Pascua |
| 1 de mayo | Día del Trabajo |
| 25 de mayo | Lunes de Whit |
| 4 de junio | Corpus Christi |
| 3 de agosto | Día de la Emancipación |
| 10 de agosto | Lunes de Carnaval |
| 11 de agosto | Martes de Carnaval |
| 19 de octubre | Día de los Héroes Nacionales |
| 25 de octubre | Día de Acción de Gracias |
| 26 de octubre | Día libre por Acción de Gracias |
| 25 de diciembre | Navidad |
| 26 de diciembre | Día de San Esteban |
Nota: Si un día festivo cae en domingo, generalmente se observa el lunes siguiente como día festivo.
Licencia por Enfermedad
Los empleados en Granada tienen derecho a licencia por enfermedad pagada. La cantidad específica y las condiciones suelen estar reguladas por el contrato del empleado o acuerdo colectivo, pero la legislación laboral proporciona un marco.
- Derecho: Los empleados generalmente tienen derecho a una cantidad determinada de días de enfermedad pagados por año. Aunque los mínimos estatutarios específicos pueden variar o estar sujetos a interpretación y términos contractuales, es práctica común que los empleados acumulen días de enfermedad.
- Certificado Médico: Para ausencias que superen cierta duración (comúnmente dos o tres días consecutivos), los empleadores pueden requerir un certificado médico emitido por un médico registrado para verificar la enfermedad.
- Pago: La licencia por enfermedad suele pagarse a la tarifa habitual del empleado por los días a los que tiene derecho.
Licencia Parental
Las leyes laborales de Granada prevén licencias de maternidad, y pueden existir disposiciones también para paternidad y adopción, o estar cubiertas bajo contratos o políticas laborales específicas.
Licencia de Maternidad
Las empleadas tienen derecho a licencia de maternidad.
- Duración: La duración mínima legal de la licencia de maternidad suele ser de 12 semanas. Esta licencia puede tomarse antes y después del nacimiento del niño.
- Pago: Durante la licencia de maternidad, las empleadas suelen tener derecho a recibir prestaciones de maternidad, que pueden pagarse mediante aportes del empleador y prestaciones de la seguridad social. La cantidad exacta y la fuente del pago dependen de las contribuciones del empleado y de las políticas del empleador, pero la seguridad social juega un papel importante en brindar un ingreso sustituto durante este período.
- Elegibilidad: La elegibilidad generalmente requiere un cierto período de empleo continuo con el empleador y contribuciones al esquema de seguro nacional.
Licencia de Paternidad y Adopción
Aunque no siempre se definen explícitamente con mínimos legales tan extensos como la licencia de maternidad, las disposiciones para licencia de paternidad y adopción pueden incluirse en contratos de trabajo o políticas de la empresa. Los empleadores pueden ofrecer algunos días de licencia pagada o sin pago para los padres en torno al nacimiento o por adopción.
Otros Tipos de Licencia
Más allá de las categorías principales, los empleados pueden tener derecho a otros tipos de licencia según su contrato laboral, política empresarial o circunstancias específicas. Estos pueden incluir:
- Licencia por Duelo: Licencia concedida a empleados por el fallecimiento de un familiar cercano. La duración suele ser de unos pocos días.
- Licencia por Estudio: Licencia otorgada a empleados que continúan su formación o capacitación relevante para su trabajo o desarrollo profesional, a menudo sujeta a aprobación del empleador y condiciones específicas.
- Licencia Sabática: Períodos de licencia más largos, a menudo sin pago, concedidos a empleados tras una antigüedad significativa, típicamente para desarrollo personal o profesional, y generalmente a discreción según la política de la empresa.
- Licencia por Servicio de Jurado/Servicio Cívico: Licencia requerida para que los empleados cumplan con obligaciones cívicas como servir en un jurado.
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