Descubra las responsabilidades fiscales de empleadores y empleados en Granada
Los empleadores en Granada están obligados a contribuir al Esquema Nacional de Seguro (NIS) en nombre de sus empleados. La tasa de contribución del empleador al NIS es del 6% de las ganancias brutas asegurables del empleado. Las ganancias asegurables están limitadas a un máximo de XCD 5,000 por mes.
Los empleadores son responsables de deducir la parte de las contribuciones al NIS del empleado (5% de las ganancias asegurables) de su salario. Luego deben remitir tanto sus propias contribuciones como las del empleado al NIS. Las contribuciones al NIS se deben pagar mensualmente.
Los empleadores deben registrarse en el NIS y obtener un número de registro. Además, los empleadores deben mantener registros de nómina precisos para fines fiscales y de cumplimiento.
En Granada, el sistema de Pay-As-You-Earn (PAYE) está en operación, donde el impuesto sobre la renta se deduce directamente de tu salario por tu empleador a lo largo del año y se remite a la División de Ingresos Internos. El país utiliza un sistema de impuestos sobre la renta progresivo, lo que significa que los que ganan más ingresos pagan un porcentaje más alto en impuestos. Los tramos y tasas impositivas están sujetos a ajustes.
Los empleados contribuyen con el 5% de sus ingresos brutos asegurables al NIS. Los ingresos están limitados a un máximo de XCD 5,000 por mes. Tu empleador es responsable de deducir tus contribuciones al NIS directamente de tu salario.
Si tu empleador ofrece un plan de pensiones, las contribuciones pueden ser deducidas directamente de tu salario antes de impuestos. Las donaciones a ciertas organizaciones benéficas aprobadas pueden ser deducibles de impuestos bajo condiciones específicas.
Generalmente, los individuos están obligados a presentar una declaración anual de impuestos sobre la renta para calcular su responsabilidad final de impuestos sobre la renta. Incluso si todos los impuestos han sido pagados a través del sistema PAYE, presentar la declaración permite reclamar deducciones o reportar ingresos adicionales.
Granada opera un sistema de Impuesto al Valor Agregado (IVA) con una tasa estándar de IVA del 15% aplicada a la mayoría de los suministros de bienes y servicios dentro del país.
Ciertos servicios están exentos de IVA en Granada. Estos incluyen:
Las reglas de lugar de suministro determinan dónde se considera que se suministra un servicio a efectos del IVA, lo cual es importante para establecer si se debe cobrar el IVA de Granada.
La Ley de Incentivos Fiscales es la legislación principal que regula los incentivos fiscales para las empresas que califican en Granada. Los incentivos ofrecidos bajo esta ley incluyen:
Se pueden otorgar exenciones del impuesto sobre la renta de hasta 15 años a las empresas en sectores prioritarios.
Las empresas pueden ser elegibles para exenciones de derechos de importación sobre equipos, maquinaria y materias primas utilizadas en sus operaciones.
Pueden estar disponibles exenciones de la Tasa de Servicio de Aduanas.
Existen incentivos para el sector turístico, incluyendo exenciones fiscales y concesiones para el desarrollo y la renovación de hoteles.
Las empresas manufactureras pueden calificar para exenciones fiscales y exenciones de derechos de importación.
El sector agrícola puede beneficiarse de exenciones fiscales, concesiones de derechos de importación y otros incentivos.
Pueden estar disponibles deducciones fiscales relacionadas con los ingresos derivados de exportaciones.
Pueden ofrecerse incentivos fiscales para las empresas que invierten en la capacitación y desarrollo de empleados.
Las empresas interesadas en solicitar incentivos fiscales generalmente necesitan presentar una solicitud a la Corporación de Desarrollo de Inversiones de Granada (GIDC). La GIDC revisará la solicitud y determinará si la empresa califica para los incentivos.
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